Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El PSOE convierte su Comité Federal en un acto de aclamación a Pedro Sánchez
Las generaciones sin 'colchón' inmobiliario ni ahorros
Opinión - El extraño regreso de unas manos muy sucias. Por Pere Rusiñol

Indemnización para todos los interinos, pero no para los funcionarios

Garbiñe Biurrun, presidenta de la sala de lo Social del TSJPV

Iker Rioja Andueza

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha fijado en dos sentencias conocidas esta misma semana la equiparación plena a efectos de indemnizaciones por despido de los trabajadores interinos y temporales con respecto a los indefinidos, siguiendo la jurisprudencia europea tras la demanda de una trabajadora almeriense del Ministerio de Defensa. Una de las resoluciones judiciales atiende la reclamación de una empleada del sector público, de Sanidad, y la otra es un caso de la empresa privada. Algunas voces, encabezadas por el sindicato ELA, alertan ya de una revolución para los funcionarios vascos, muchos de los cuales (un 34% en la Administración, por ejemplo) son interinos. De hecho, en España, más de la mitad de los temporales trabajan para el sector público. Pero, de momento, tendrán que esperar.

El Ejecutivo autonómico trabaja ya en un informe jurídico sobre los efectos reales del nuevo marco laboral en su plantilla, que ronda las 70.000 personas. En todo caso, la primera conclusión es clara y firme: la afección de la sentencia europea y de los fallos judiciales nacionales que le han seguido es “prácticamente ninguna” pese a que ELA advirtiera de que el Gobierno tenía que preparar ya hasta 160 millones para hacer frente a las nuevas indemnizaciones reconocidas. Las sentencias son jurisprudencia en materia laboral, es decir, afectan exclusivamente a contratos laborales de interinidad y, en su caso, también a los temporales, trabajen en el sector privado o en la Administración. Pero en ninguna circunstancia se refiere a funcionarios interinos.

La “complejidad jurídica” del asunto, en palabras del consejero vasco de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka, reside en que “el personal laboral” en la Administración es “una minoría” frente al “personal estatutario” o funcionario. Sólo un pronunciamiento de la jurisdicción contencioso-administrativa similar al de la sala de lo Social del Superior podría equiparar a ambos colectivos, y de momento no ha llegado. “No afecta en absoluto a los funcionarios. La jurisprudencia europea no aborda la situación de los funcionarios interinos, sólo la de los empleados públicos interinos”, puntualiza también a eldiarionorte.es la juez Garbiñe Biurrun, ponente de ambas sentencias y máxima responsable de la jurisdicción laboral en la Justicia vasca.

El matiz es muy importante. Y la consecuencia también: según esta interpretación, ni los temporales de Osakidetza ni de Educación podrán reclamar una indemnización por despido como sus compañeros fijos, por poner sólo dos ejemplos. Tampoco los 1.657 sustitutos en Lakua de una plantilla total de 4.888 personas.

Fuentes del Gobierno recalcan que “el problema es muy limitado”. En Educación, por ejemplo, apenas afectaría a una pequeña parte del personal de servicios publificados en su día como las ikastolas o algún centro de música. Las secciones más problemáticas podrían ser Lanbide –creada en 2011 y con sus orientadores en el alero con la nueva estructura aprobada ya- o el servicio de estadística Eustat.

Otra cosa es el llamado ‘sector público’, las sociedades que no son Administración pero que sí forman parte de su entramado. Ahí sí proliferan los contratos laborales y, por lo tanto, también los contratos laborales temporales. “Spri, Ejie, EiTB, … Ahí sí podríamos tener casos, aunque es prácticamente imposible tener un listado de todo el sector público vasco”, inciden desde el Ejecutivo. La sentencia del Superior, de hecho, se refiere precisamente a una contratada de este ámbito, en concreto de la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitaria, dependiente de Sanidad pero no equiparable a Osakidetza.

Los sindicatos piden una reforma laboral

ELA y LAB han insistido tras conocer esta sentencia que es necesaria una profunda reforma laboral que equipare ‘de iure’ a temporales e indefinidos y, en su opinión, también a funcionarios interinos y laborales interinos. “A partir de ahora cuando rescindan el contrato de interinidad saben que tienen que pagar una indemnización”, ha dicho el secretario general de ELA, Adolfo ‘Txiki’ Muñoz, sobre las Administraciones públicas. Su sindicato estima que sólo Osakidetza gastará cada año 40 millones de euros en abonar las indemnizaciones de los funcionarios que entran y salen del sistema para cubrir vacantes.

Al margen de la incidencia del fallo en el sector público, las empresas también viven un momento de “incertidumbre” por los efectos de un cambio en las indemnizaciones por despido. “Cada día se extinguen miles de contratos temporales”, recuerda la juez Biurrun. Y añade: “Nadie litigaba porque creían que el cero de indemnización era lo correcto. O los 12 días Ahora es de esperar que muchos reclamen esos 20 días”.

El plazo de prescripción de reclamación de cantidades es de un año en la jurisdicción social y tanto Biurrun como los sindicatos anticipan un “aluvión” de reclamaciones. Por ello, la patronal Confebask ha recomendado a las empresas que provisionen ya las cantidades de dinero necesarias para hacer frente a reclamaciones tanto futuras como de personal despedido en los últimos meses.

Etiquetas
stats