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Los perceptores de la RGI empezarán a realizar trabajos sociales en 2014

Eduardo Azumendi / Alberto Uriona

Vitoria-Gasteiz —

Los perceptores de Renta de Garantía de Ingresos (RGI), que ahora totalizan cerca de 62.000 personas en Euskadi, empezarán a realizar trabajos sociales a partir del próximo año. El consejero de Empleo y Políticas Sociales, Juan María Aburto, ha anunciado que se pondrán en marcha varios proyectos piloto de “trabajo en beneficio de la comunidad”. La Renta de Garantía de Ingresos (RGI) de Euskadi es uno de los subsidios de mayor cobertura de toda España y, lo que es más trascendente, es un derecho garantizado por ley a los ciudadanos sin recursos. En la actualidad, un perceptor que vive solo puede cobrar 650 euros al mes, que suben a 923 en el caso de tratarse de un matrimonio con dos hijos. A lo largo del año pasado, el Gobierno vasco gastó más de 400 millones de euros entre la RGI, las Ayudas de Emergencia Social y el Complemento de Vivienda (ayuda para el alquiler).

La posibilidad de que los perceptores de la RGI realicen trabajos comunitarios se recoge en la Ley que regula la RGI (modificada hace dos años), pero hasta ahora no se había puesto en marcha. La normativa establece que los perceptores de la RGI hagan “trabajos en beneficio de la comunidad” cuando de forma extraordinaria sean requeridos por la Administración, y con excepciones como sería el caso de los menores de 23 años que estén estudiando, de los titulares de invalidez absoluta, de los pensionistas que completan su pensión y de los que determine Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

El Departamento de Empleo ha elaborado un informe para definir este servicio, que recomienda poner en marcha en el primer semestre de 2014 experiencias piloto en los tres territorios. Aburto ha admitido que la generalización de estos trabajos en estos momentos no es factible, debido a las altas tasas de desempleo y el elevado número de demandantes de prestaciones. “Las prioridades de Lanbide están volcadas en la gestión adecuada de la RGI e incluir esto con carácter genérico sería difícilmente asumible sin que llegase a producir un colapso (en Lanbide)”, ha precisado.Ha advertido de que, según el ordenamiento jurídico, el término “trabajos en beneficio de la comunidad” es de “naturaleza estrictamente penal”, ya que está contemplado como penas sustitutivas de arrestos o multas.

Por ello, el estudio repasa otras definiciones, como “los trabajos de colaboración social”, que también rechaza porque su incumplimiento lleva aparejada sanción, o la de “actividades de interés general”, también descartada por su carácter voluntario.Sobre el tipo de labores, se plantea la participación social, la intervención social, la ecología, el ocio o la rehabilitación de espacios urbanos o edificios públicos, entre otros. Queda prácticamente descartada la emergencia y la protección social, ya que las situaciones de riesgo y meteorología adversa requieren una formación específica y personal estable.

El informe constata que en Euskadi hay recursos suficientes para ello.Además, no podrán tener un efecto sustitutivo de otros puestos de trabajo. Las entidades más idóneas para diseñar y ejecutarlas son, a su juicio, las enmarcadas en el tercer sector, el de los servicios sociales. En cuanto a su obligatoriedad, ha apuntado que el estudio plantea que, en todo caso, podría ser una obligación sólo para las personas perceptoras de RGI en cuyo convenio de inclusión activa se hubiera incluido esta posibilidad. Asimismo, se ha posicionado en contra de que las personas que complementan sus bajos salarios con la RGI tengan que participar en estas actividades.

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