El Constitucional da tres días a la Fiscalía para que se posicione en el litigio entre Teresa Rodríguez y el Parlamento andaluz
El Tribunal Constitucional (TC) ha notificado este miércoles al Parlamento andaluz y a los nueve diputados expulsados del grupo Adelante Andalucía la admisión a trámite del recurso de amparo interpuesto por Teresa Rodríguez y sus compañeros, reconociendo la “especial trascendencia constitucional” del litigio. La providencia, a la que ha tenido acceso este periódico, justifica la admisión a trámite en que “el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental en el que no hay doctrina de este tribunal” y “porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener consecuencia políticas generales”.
La expulsión de Teresa Rodríguez del grupo parlamentario que presidía hasta hace seis meses fue aprobada y ejecutada por la Mesa del Parlamento andaluz, apelando a una nueva definición de “tránsfuga” -por “criterios políticos”- que se introdujo en la última reforma del pacto nacional antitransfuguismo. Ese pacto, firmado por una mayoría de partidos en el Congreso, también contempla su extensión al resto de parlamentos autonómicos, siendo Andalucía el primero que lo ha adaptado a su reglamento interno (en una reforma exprés que se aprobó cinco meses después de la expulsión de Rodríguez).
La situación de los hoy diputados no adscritos, apartados del grupo Adelante Andalucía, marca un precedente que pudiera tener réplicas en otros parlamentos autonómicos, si también aplican el criterio de tránsfuga que aparece en el pacto nacional. De ahí que el Constitucional haya decidido admitir a trámite el recurso de amparo, no sólo para resolver si el Parlamento andaluz vulneró los derechos fundamentales de Rodríguez y sus compañeros -como denuncian los recurrentes-, sino para crear jurisprudencia al respecto para el conjunto del país.
El Alto Tribunal ya ha solicitado a la Mesa de la Cámara que “en el plazo de diez días” remita “testimonio de los expedientes correspondientes a los acuerdos del 18 de noviembre de 2020” y “25 de noviembre de 2020”, cuando se formaliza la expulsión definitiva de Rodríguez y el resto de diputados bajo la acusación de “tránsfugas. Además, en una pieza separada que valora la petición como ”medida cautelar“ del reingreso en su grupo parlamentario, el TC da tres días al Parlamento de Andalucía, al Ministerio Fiscal y a los solicitantes de amparo para que presenten alegaciones sobre la suspensión de la expulsión. Los afectados prevén remitir al Alto Tribunal las actas de deliberación reservadas de la Mesa, que recogen todas las advertencias del letrado mayor de la Cámara sobre la posible vulneración de los derechos de representación política de los expulsados.
La Fiscalía tendrá que dirimir en el litigio entre la Cámara legislativa andaluza y Teresa Rodríguez sobre la cuestión concreta de su posible reingreso al grupo parlamentario, algo que el Constitucional podría resolver antes de un mes, informan fuentes jurídicas.
La Sala Primera del Alto Tribunal acaba de admitir la “trascendencia constitucional” del recurso de amparo interpuesto por los nueve parlamentarios, que acusan a la Cámara andaluza de vulnerar su derecho fundamental a ejercer sus funciones representativas (artículo 23.2 de la Constitución) y, en consecuencia, su derecho de participación ciudadana en los asuntos públicos (art. 23.1).
La sentencia sobre el fondo del asunto tardará en llegar (quizá más de un año), pero los jueces deben resolver ahora una pieza separada de medidas cautelares en la que los afectados piden el reingreso en su grupo parlamentario, y antes deben estudiar el expediente y escuchar a las partes -los expulsados y el Parlamento andaluz- “con audiencia del Ministerio Fiscal, por un plazo común que no excederá de tres días y con el informe de las autoridades responsables de la ejecución”, según la ley orgánica que regula el TC.
La lucha entre Podemos, IU y los Anticapitalistas por el control de la marca Adelante Andalucía buscó primero un árbitro en el poder legislativo -el órgano de gobierno del Parlamento autonómico-, y ahora será un organismo jurídico quien dirima en este crispado conflicto político. La resolución de los jueces ya no sólo afectará a las fuerzas de izquierdas, enredadas en luchas intestinales, sino a la propia institución del Parlamento andaluz, que hace unos días se distinguió como la primera Cámara legislativa autonómica en adaptar a su reglamento el pacto nacional antitransfuguismo, que allanó la expulsión de Rodríguez.
Los magistrados han pedido el expediente administrativo de la expulsión, pero también las actas de deliberación reservadas de la Mesa de la Cámara -los días 28 de octubre, 5, 11 y 28 de noviembre- que recogen el tenso debate interno de sus miembros -PSOE, PP, Ciudadanos, Adelante Andalucía y Vox- y las reiteradas “serias dudas jurídicas” del letrado mayor, que advirtió en numerosas ocasiones sobre la posible vulneración de los derechos fundamentales de los diputados que iban a expulsar. Los afectados piden en su recurso que se incluyan estas actas para que los jueces del Constitucional tengan en cuenta todas las advertencias del letrado mayor del Parlamento, el informe jurídico contrario a la expulsión, incluso las reservas manifestadas por el vicepresidente tercero de la Cámara y miembro de Cs, que pidió que constara por escrito que su voto favorable se debía al “acatamiento de una directriz política de la dirección nacional de su partido que no compartía”.
Ambas partes presentarán alegaciones ante el Alto Tribunal. Las alegaciones del Parlamento andaluz tienen la curiosidad de estar firmadas por la Mesa de la Cámara (órgano político), pero redactada por sus servicios jurídicos, que en primera instancia se opusieron férreamente a consumar la expulsión de Rodríguez y el resto de diputados: “No existen precedentes en este Parlamento ni tampoco una práctica sólida en otras Asambleas legislativas ni una posición indubitada en la doctrina”, llegó a avisar el letrado mayor, Ángel Marrero, para terminar lanzando la advertencia más grave, al ver que sus señorías seguían adelante con la iniciativa: “Tratándose de una decisión que afecta a los derechos e intereses de los ocho diputados” expulsados de su grupo por tránsfugas, “puede constituir una decisión restrictiva de sus derechos fundamentales reconocidos en el artículo 23.2, en conexión con el artículo 23.1, ambos de la Constitución”.
Los jueces del TC han desestimado las medidas cautelarísimas solicitadas por los nueve diputados -hoy no adscritos-, que pedían su readmisión en el grupo Adelante con efecto inmediato, y sin audiencia de las partes; pero acuerdan abrir una pieza separada de medidas cautelares para resolver un posible reingreso en su grupo, una vez escuchadas las partes.
5