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El Constitucional avala que las pruebas al final de Primaria en Catalunya se ofrezcan también en castellano

El conseller de Educación, Josep Bargalló

Pau Rodríguez / Gonzalo Cortizo

Nuevo episodio en el conflicto judicial por la inmersión lingüística en Catalunya. El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles que las pruebas externas pensadas para el final de la etapa de Primaria se tienen ofrecer en castellano y no sólo en catalán. Sin embargo, el calendario de estos exámenes está suspendido desde 2016 por parte del Gobierno del PP, que los sustituyó por unas pruebas muestrales, con lo que desde la Generalitat defienden que la sentencia no les afecta.

La resolución del Alto Tribunal -que ha sido unánime, según ha podido confirmar eldiario.es- desestima el conflicto de competencias planteado por el Departamento de Educación de la Generalitat en relación al Real Decreto 1058/2015. El Constitucional considera ajustado a ley el artículo 7.4, que recoge que la evaluación de las competencias, prevista dentro de estas pruebas, se ha de poder realizar “en lengua castellana o en la lengua cooficial correspondiente a elección de los padres”. Es decir, que los alumnos han de poder pedir el examen en castellano.

El decreto recurrido por la Generalitat fue uno de los primeros que firmó Íñigo Méndez de Vigo cuando sustituyó a José Ignacio Wert al frente del Ministerio de Educación en 2015. El texto sirvió para enterrar definitivamente la idea de Wert de realizar reválidas al final de cada etapa, y convirtió esas pruebas en orientativas de cara a que cada Administración autonómica pudiese usar la información obtenida para planes de mejora en los centros públicos.

La cuestión es que un año después, el PP volvió a publicar un decreto con el que suspendía la aplicación de las pruebas (previstas para 2016-2017) a la espera de que se aprobase el Pacto por la Educación. Hasta entonces las sustituía por una evaluación de diagnóstico muestral, es decir, que la pueden realizar solo un grupo representativo de escolares. Por todo ello, la Generalitat asegura que la sentencia no va atener ningún efecto sobre los escolares catalanes.

De hecho, la Generalitat viene realizando pruebas externas en Cuarto y Sexto de Primaria y Cuarto de la ESO desde 2009, para evaluar las competencias de lengua y matemáticas. Por eso impugnó los puntos 4 y 7 del decreto del PP, al entender que era competencia suya diseñar la configuración y aplicación de las pruebas. Entre lo que recogían los puntos impugnados está la lengua, pero principalmente los criterios de evaluación. De hecho, desde la Generalitat siempre han defendido que llevan a cabo sus propias pruebas que no tiene que ver con las dispuestas por el Gobierno en la legislación estatal.

Este es sólo un capítulo más en la histórica pugna competencial entre el Gobierno y la Generalitat a cuenta de la educación, resuelto a menudo en el Tribunal Constitucional. Sin ir más lejos, el pasado mes de abril el Alto Tribunal tumbó hasta diez artículos de la Ley de Educación de Catalunya (LEC), aprobada en 2009. En ese caso no se hizo referencia al modelo lingüístico de la Generalitat, según el cual las clases se dan en catalán, pero sobre ello también se ha pronunciado anteriormente el Constitucional, dejando claro, en su sentencia de 2010 sobre el Estatut, que el hecho de considerar el catalán como lengua vehicular no puede suponer la exclusión de facto del castellano como la lengua de uso en clase.

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