La Audiencia de Valencia cuestiona la petición de auxilio de la jueza del 'caso Azud' a una cátedra sobre blanqueo
Duro golpe a una de las principales ramas de la investigación del 'caso Azud'. La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de la empresaria Mónica Montero contra el auto de la jueza instructora que solicitaba el auxilio judicial de la cátedra Deblanc de la Universitat de València, financiada por la Conselleria de Justicia, para el análisis de la 'operación colegios', una de las principales subtramas del 'caso Azud'. Se trata de una posibilidad de que dispone el juez para aligerar el tedioso trabajo de análisis de la voluminosa documentación administrativa por parte de los investigadores y que también ha ejercido la Agencia Valenciana Antifraude —por ejemplo, en el 'caso Erial'—.
La investigación sostiene que el empresario Jaime Febrer, presunto corruptor de la trama del 'caso Azud', constituyó la empresa Mediterránea de Actuaciones Integradas (MIA) con el único fin de obtener la cesión por parte del Ayuntamiento de Valencia de parcelas para uso residencial a cambio de pagar la deuda contraída por la indemnización que correspondía a diez congregaciones religiosas (a raíz de que el PGOU de 1988 aprobara la restricción de aprovechamiento urbanístico, lo que afectó a varias parcelas donde había centros docentes de esas entidades).
En un auto del pasado 18 de mayo, la titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Valencia solicitó el auxilio judicial de la cátedra Deblanc para la elaboración de un informe sobre la adecuación y la valoración del registro en la contabilidad del Ayuntamiento de Valencia de la deuda contraída.
La defensa de Mónica Montoro recurrió la resolución aduciendo que la decisión de la instructora “da por sentado que se ha cometido un delito, que existe una trama corrupta y que se ha provocado un perjuicio, lo que por sí implica condicionar las conclusiones del informe pericial”. Además, recuerda que la jueza denegó la personación como acusación particular del Ayuntamiento de Valencia, solicitada por el anterior consistorio gobernado por Joan Ribó, al no constar el perjuicio ocasionado.
Con estos antecedentes, la defensa de la empresaria cuestionaba la necesidad del auxilio judicial. Así, la sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso y ha revocado el auto de la instructora, al considerar que no aporta indicios y simplemente “usa la mera cita de una supuesta trama corrupta”, por lo que “ofrece visos de pretensión prospectiva”.
La Audiencia Provincial de Valencia reprocha que la instructora “no pretende corroborar un ilícito incipiente sino tratar de descubrir si lo pudo haber y con ello apuntalar otro posible ilícito, no justificado, sobre la decisión de venta de las parcelas para pago de deuda”. También critica el informe del fiscal anticorrupción para oponerse al recurso, al cual tildaba de “precipitado” porque “cuestiona hechos sin saber si concurren”. El auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, lamenta que el Ministerio Público “es consciente de que la pericial no sabe qué resultado podrá ofrecer”. En definitiva, agrega la sección tercera de la Audiencia de Valencia, Anticorrupción “no sabe si hay delito”.
Un “tiempo considerable” de instrucción
El auto recuerda que el procedimiento, iniciado en 2017, ha estado “en marcha durante un tiempo considerable”. “Y si bien puede que haya delito”, agrega, la investigación “en este caso requiere la adecuada argumentación sobre los indicios de la operativa seguida si lo que se pretende es ahondar para corroborar, no para descubrir”.
La Audiencia de Valencia también advierte de que la diligencia de investigación podría resultar perjudicial para el derecho de defensa de los investigados y conllevar, por tanto, un posible riesgo de nulidad durante la fase del juicio oral.
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