La defensa del exjefe de Emergencias de Mazón cuestiona a la jueza que la víctima 234 fuera a consecuencia de la dana
La defensa del exsecretario autonómico de Emergencias investigado en la causa de la dana, Emilio Argüeso, cuestiona en un escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, la decisión de la jueza instructora del pasado 30 de octubre de incluir como víctima 234 de la dana a un hombre fallecido casi dos meses después de la catástrofe en un hospital tras sufrir una infección bacteriana.
El abogado José María Bueno Manzanares considera en un recurso al auto de la instructora que “tratar como víctima de una presunta omisión de protección civil a quien falleció 28 días después en un centro hospitalario por una bacteriemia endógena no tratada adecuadamente en el ámbito ambulatorio excede el marco del juicio de imputación de esta causa”.
La magistrada justificó la inclusión de la nueva víctima, de 73 años, por la herida en el pie que sufrió el hombre durante la inundación de su vivienda en Paiporta, que pudo ser la vía de entrada en su organismo de la infección que acabó con su vida el 18 de noviembre de 2024.
El escrito de la defensa de Argüeso considera que el dictamen del Instituto de Medicina Legal (IML) “descarta de forma categórica” la existencia de un nexo causal directo y achaca la muerte de J. C. H. a una “severa deficiencia en la asistencia sanitaria” al haber recibido antes de su ingreso en Urgencias altas ambulatorias y hospitalarias “sin haber diagnosticado ni atajado convenientes estadios primarios de la infección”.
Una “deficiente praxis diagnóstica”
El recurso detalla que dos semanas después de la tragedia de la dana al paciente se le atendió “únicamente de forma telefónica” en el ambulatorio de Paiporta, localidad de la comarca de l'Horta Sud que fue completamente arrasada por el desbordamiento del barranco del Poyo.
La defensa del antiguo alto cargo del Consell de Carlos Mazón establece una “reiterada desatención médica” y una “deficiente praxis diagnóstica” como “causa directa, eficiente y exclusiva del desenlace fatal”.
“La complicación infecciosa sobrevenida casi un mes después de la inundación se encuadra en la evolución natural de las patologías crónicas del paciente, cuya agravación y desenlace fatal responden a la falta de contención médica oportuna y no al riesgo originario creado por la avenida de agua del 29 de octubre”, afirma el escrito.
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