El fiscal recurre al Supremo la absolución en 'Taula' del 'yonqui del dinero' y de un histórico dirigente del PP valenciano
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El fiscal anticorrupción, Fernando Maldonado, ha recurrido la sentencia que absolvió el pasado 23 de junio a Marcos Benavent, autodenominado 'yonqui del dinero', y al exdirigente del PP valenciano Vicente Burgos en la pieza separada E del 'caso Taula', relativa a las supuestas irregularidades en contratos municipales de la presunta trama. El tribunal de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, según un auto dictado el pasado 2 de septiembre, acuerda tener preparado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal ante el Tribunal Supremo (TS).
El escrito de Anticorrupción, al que ha tenido acceso elDiario.es, cuestiona que la sentencia considere prescrito el presunto delito continuado de malversación de caudales públicos imputado a Benavent y a Burgos, que fueron absueltos junto con los empresarios Carlos Turró, Carlos Vicent Gil y Enrique Aleixandre.
Mientras que el tribunal concluyó que se formuló acusación contra el 'yonqui del dinero' y contra Vicente Burgos por una presunta malversación, sin que fueran imputados expresamente por ese delito hasta 2023 y por orden de la sección cuarta de la Audiencia de Valencia, el fiscal Maldonado sostiene que ambos acusados prestaron declaración en fase de instrucción por los hechos “encajables” en el delito de malversación, “por lo que la acusación ni ha prescrito ni puede considerarse sorpresiva”, afirma.
Una “denegación indebida” de una prueba clave
El escrito destaca las “contradicciones” entre las testificales de Marcos Benavent en la fase de instrucción (durante su etapa inicial de colaboración con Anticorrupción) y sus manifestaciones en el juicio oral, en sentido diametralmente contrario.
El fiscal solicitó al tribunal la audición de las declaraciones del 'yonqui del dinero' durante la fase de instrucción, una opción denegada por la sección quinta de la Audiencia de Valencia, aduciendo que no se ajustaba a la normativa y que la prueba no resultaba necesaria. El recurso arguye que la acusación pública sufrió una “denegación indebida de la práctica de prueba”.
Se trata, según indica Anticorrupción, de una “prueba esencial” para “destruir la presunción de inocencia de todos los acusados, dado que la ausencia de valoración de la declaración judicial del acusado Marcos Benavent afectó al conjunto de la valoración efectuada”. El fiscal ve, por lo tanto, una vulneración del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva.
El Ministerio Público también cuestiona que el tribunal descartara que Marcos Benavent fuera funcionario público, por lo que lo absolvió de los presuntos delitos continuados de prevaricación administrativa y cohecho.
Condena firme a ocho años de prisión
Por otro lado, el TS confirmó el pasado 26 de junio la condena a casi ocho años de prisión impuesta a Benavent por la Audiencia de Valencia como autor de los delitos de blanqueo y falsedad, en el marco de la pieza separada J del 'caso Taula'. El alto tribunal, tal como informó este diario, avaló la prueba fundamental del procedimiento: las grabaciones que efectuó subrepticiamente el 'yonqui del dinero' a sus correligionarios de la trama.
Benavent ingresó en la cárcel de Picassent el pasado mes de julio.
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