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Los imputados por el derribo del Irurak Bat de Getxo alimentan la tesis de que es una conspiración de la Ertzaintza

Gonzalo Susaeta, a la izquierdade la imagen, durante su participación en el 'caso De Miguel'

Iker Rioja Andueza

Vitoria —
11 de febrero de 2026 21:46 h

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El bufete Cuatrecasas promociona a Gonzalo Susaeta como un abogado de referencia “en los sumarios más relevantes del País Vasco en los últimos años”. Es un experto en delitos económicos y de corrupción, subraya. Durante más de una década defendió al ex 'número dos' del PNV de Álava, Alfredo de Miguel, que terminó condenado a doce años de prisión. Desde el inicio, fundamentó su estrategia de defensa en tratar de anular pruebas describiendo supuestos excesos de la Ertzaintza, del juez instructor y de la Fiscalía que nunca quedaron acreditados. Llegó a decir que todo era tan “paranormal” que podría ser investigado por Iker Jiménez en 'Cuarto Milenio'.

Lustros después, Susaeta es el letrado de uno de los imputados en la investigación penal abierta en el Tribunal de Instancia de Getxo a cuenta del derribo del edificio protegido Irurak Bat de la calle de San Nicolás, donde iban a levantarse viviendas de lujo, el arquitecto José Ramón Foraster. Y ha planteado un duro escrito de 22 páginas al nuevo instructor de este asunto tras la salida de Neus Galobardes, Marcos Amor, en el que alienta la tesis de que todo es una conspiración de la Ertzaintza, que aparentemente realiza actuaciones “extrajudiciales”.

Del “no hay precintos, hay mutaciones, hay evidencias de papel que se han podido alterar, introducir o suprimir y tenemos constatación, que no indicio, de que durante siete meses todas y cada una de las evidencias estuvieron fuera del procedimiento, del control y custodia del secretario judicial” con el que redondeó su intervención en el 'caso De Miguel', donde su cliente recibió una severa condena, al “cuerpo policial que actúa paralela o autónomamente fuera de lo ordenado por el juzgado” en Getxo. Susaeta, con estos términos, busca devolver el caso a comienzos de 2026, es decir, anular los registros que realizó la Policía en dependencias municipales y en variadas empresas y que los dispositivos electrónicos aprehendidos no sean clonados y revisados.

La Fiscalía y otras acusaciones, como el PP, ya se han opuesto. El ministerio fiscal ve “ingenuo” plantear que se pueda llevar a término una investigación esperando solamente lo que voluntariamente puedan aportar los imputados. El escrito de los 'populares' ironiza que si nada tienen que ocultar daría igual analizar esos móviles, correos electrónicos y demás materiales incautados: “Quien nada teme, nada debe”. El volcado de ese material aún no se ha realizado a la espera de que se resuelvan estas peticiones, según fuentes judiciales.

Susaeta, que pide no llamar “palacete” al edificio Irurak Bat, aprecia una investigación “prospectiva”, a la que llama en inglés “fishing expedition” por parte de una unidad de la Ertzaintza no es especializada -según su criterio- en las materias objeto de discusión y que va por libre. Asegura que no hay “rastro” de quién encargó a los agentes una ampliación de su atestado, en referencia al informe emitido a comienzos de enero con nuevos indicios de criminalidad y que motivó los registros.

“Decidió seguir 'autónomamente', en una suerte de investigación extrajudicial, sin amparo legal alguno. [...] Esto no solamente implica la infracción de normas procesales, quebrantando el derecho a un proceso con unas mínimas normas y garantías, sino que determina notoria indefensión. Señaladamente porque -según se puede fácilmente comprobar con la lectura de los dos atestados 'reampliatorios' de 12 y 22 de enero-, la Policía autonómica no solamente se puso a solicitar y recabar de otras Policías, instituciones y organismos diversa información o documentos con posterioridad a la emisión y entrega de su informe de septiembre de 2025, sino que... comenzó a tomar declaraciones testificales a diversas personas, sin intervención judicial y -aún más importante- a espaldas de los ya investigados, personados ya en las presentes actuaciones”, describe.

Y continúa: “Malo es que, mediando procedimiento judicial, un cuerpo policial actúe paralela o autónomamente, fuera de lo ordenado por el Juzgado, pero peor aún es que se impida a los investigados una mínima intervención y posibilidad de contradicción en testificales y una mínima información sobre lo que se está investigando y de qué forma, qué documentos se piden y a quién, etc. Empero y para más INRI, SS la instructora [por Galobardes] no solo no reprende dicho proceder, no solo no ordena el cese de las intervenciones autónomas y la devolución de los atestados 'reampliatorios', sino que los valida indirecta o tácitamente, aceptando adoptar dos medidas drásticas y restrictivas de derechos fundamentales como son [las] entradas y registro e incautación/copiado de dispositivos tecnológicos”.

La defensa de Foraster se queja también de cómo se hicieron esos concretos registros por parte de la Ertzaintza. Cree que no se acotó el tipo de material que se quería obtener de los dispositivos electrónicos. “No un copiado selectivo de documentos, mensajes y/o correos relacionados con lo que hemos señalado en el párrafo anterior, sino la aprehensión del celular, con orden a los investigados de que faciliten el PIN y facultad a los agentes de cambiarlo”, protesta Susaeta. Y añade que su cliente, antes de entregar el dispositivo, pudo borrar algunos datos. “Nosotros pudimos lograr la desinstalación del programa de correo [del móvil], pero no tuvieron esa suerte los otros investigados”, expone.

En la causa hay imputados tres exconcejales del PNV. Uno de ellos, Iñigo Urkitza, ha fichado como abogado a Javier Beramendi, reconocido penalista vasco y también partícipe en el 'caso De Miguel', en su caso al lado de otro de los encarcelados por corrupción, Xabier Sánchez Robles. En su caso, ha formulado un recurso de 16 folios. También pide la nulidad de las actuaciones.

“Téngase en cuenta que entre las autorizaciones establecidas en la resolución se encuentra la incautación no solo de los teléfonos móviles de uso laboral, sino también los personales. En una terminal telefónica se pueden almacenar multitud de datos, referentes a un largo periodo de tiempo. Sin ánimo de ser exhaustivos se señalan algunos: listado telefónico, contactos de WhatsApp y de otras mensajerías similares, contactos con los que se ha mantenido comunicación telefónica o por mensajería instantánea (con indicación de días, hora y duración de las llamadas), acceso a correos electrónicos conservados en el dispositivo, mensajes de sms, acceso al historial de Google Maps, acceso al historial de YouTube, fotografías, videos, descargas realizadas, datos sobre la salud, historial de acceso a internet, información económica y bancaria, datos sobre la ubicación del dispositivo en un momento determinado, etc.”, argumenta el abogado.

El defensor Jon Kepa Huertas, al cargo de las defensas de las funcionarias municipales imputadas, tira de argumentos similares. “Los agentes de la Ertzaintza, en una posición que constitucionalmente no les corresponde, e irrogándose funciones de expertos en materia urbanística, pretenden resolver de un plumazo aquello que había sido requerido por parte del ministerio fiscal y comienzan su atestado con una calificación jurídica del nivel de protección del edificio demolido, incurriendo en errores de bulto”, sostiene. En su caso, se refire al último informe policial como “sospechosa ampliación”. Y avisa de que sus tres patrocinadas fueron imputadas después de los registros, de modo que sufrieron los registros e incautaciones antes de tener esa condición.

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