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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

Los juzgados de familia y el testimonio de los niños

La Guardia Civil  contiene a varias personas que se concentran contra el hombre detenido por matar a su hijo en Sueca, Valencia, en 2022.
24 de diciembre de 2023 21:29 h

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El Síndrome de Alienación Parental (SAP) fue la forma que encontró un psiquiatra norteamericano, tachado de pederasta, para anular la voz y el testimonio de la infancia cuando este se produce en contra del hombre progenitor. Richard Gadner –cuyo controvertido legado es considerado como pseudocientífico por no contar con el consenso científico necesario y no reunir los criterios metodológicos necesarios para ser aceptado y aceptable– presupone que cuando las niñas y niños declaran contra sus padres refiriendo agresiones sexuales y/o maltrato físico y emocional es porque están bajo la manipulación de su madre. El SAP viene a ser algo así como el bulo de las denuncias falsas en violencia de género. Podríamos decir que Gadner fue el creador del mayor bulo existente para desactivar la protección a la infancia: los niños siempre mienten, no hay que creerles. 

Me atrevo a afirmar con toda convicción que el SAP es contrario a los derechos de la infancia y de la adolescencia y que contraviene la propia Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Tanto la OMS como la Asociación Americana de Psiquiatría o la española asociación de neurosiquiatría dan la espalda a su utilización, no lo reconocen. Y el propio CGPJ se opone desde 2016 a que se utilice. Por tanto, quienes defienden y utilizan ese falso síndrome (o lo camuflan bajo otros términos que tienen el mismo fin) están vulnerando los derechos de niñas, niños y adolescentes y son cómplices del posible encubrimiento de sus maltratadores y pederastas. No es cierto que los niños siempre mientan, la llamada “falsedad inherente en los niños” es parte de las creencias patriarcales sobre la infancia que favorecen la negación de los abusos sexuales junto a otras creencias erróneas como la de que “los niños y las niñas no tienen sexualidad”. Les recomiendo para saber más de esto el libro 'La sociedad del abuso' de Mireia Darder.

Es bueno señalar que la teoría pseudociéntifica de Gardner es de 1982, fecha en la que ni se había aprobado la Convención de los Derechos del Niño, pero tampoco la Ley de Protección Jurídica de la infancia de 1991 que posteriormente ha sido modificada en 2015 y en 2021 para ir adecuándola, cada vez más, al marco de derechos de la infancia y de la adolescencia. Un marco que todavía está pendiente de ser desarrollado e implementado por los operadores de Servicios Sociales y, por supuesto, por los operadores jurídicos cuando con sus decisiones reflejan que siguen anclados en la idea del derecho romano del pater familias que interpreta que el interés del niño es preservar el vínculo paterno filial entre padre e hijo/a, aunque este sea el ejecutor del maltrato hacia la madre o hacia la propia persona menor de edad. 

A fecha de hoy, cada vez es mayor y más numerosa la producción académica y científica que califica la teoría de Gadner como falsa y que alerta sobre el peligro que representa para la integridad y la vida de las niñas y niños su uso en los tribunales de familia que deciden sobre las medidas de guarda y custodia. Decisiones que están dando pie a que centenares de niñas y niños estén conviniendo en contra de su voluntad con un padre que, según sus testimonios, les está provocando daños no solo físico o psicológico sino también sexual. Sin embargo, nuestros tribunales van por libre. De hecho, el pasado mes de mayo el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) interpeló específicamente a España por la aplicación que hacen nuestros tribunales del falso síndrome de alienación parental contra las madres.

Inexplicablemente, no son pocas las decisiones en las que los tribunales no escuchan a las niñas y niños, no dan credibilidad a los informes psicológicos, reinterpretan las periciales a favor del progenitor varón y terminan castigando a la madre con medidas que van en contra del interés superior del menor, tal y como recogen los instrumentos internacionales y también nuestro derecho interno. Decisiones que obligan al niño a vivir con quien pide no vivir. 

Estos días han salido a la luz cuáles fueron las últimas horas del niño de 11 años asesinado por su padre en Sueca. El pequeño fue a celebrar su cumpleaños con su padre por decisión judicial, y había pedido a su madre en un mensaje de móvil que fuera a buscarle tras una discusión con aquel. Cuando ella se dirigía a por él le llamó al móvil y alguien lo descolgó y pudo escuchar cómo su expareja acuchillaba a su hijo al otro lado del teléfono mientras gritaba “mamá”. El asesino fue el que descolgó el teléfono para que ella lo escuchara todo. 

Un juzgado de familia, a pesar de existir una orden de alejamiento por malos tratos, determinó la custodia compartida. Todo el mundo pone el foco en la descoordinación entre los juzgados, algo sobre lo que se viene llamando la atención una y otra vez desde el CGPJ. Pero la práctica de muchas abogadas y abogados que llevan estos casos es que a veces la descoordinación es tal, pero muchas otras sencillamente es no querer saber e, incluso, negar la existencia de esas decisiones que dicen que hay violencia machista del hombre hacia la mujer. 

Les sobrecogería saber los casos de niñas y niños que actualmente están sufriendo situaciones indescriptibles porque los juzgados de familia se niegan y resisten a aplicar, ya no solo la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género, sino la llamada Lopivi, la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Este escenario que ignora y desprotege a la infancia, que viene a ser el habitual en los juzgados de familia mientras no se demuestre que están aplicando la Lopivi, ha sido puesto en cuestión esta semana por una sentencia de un juzgado de Barcelona que tomo su decisión tras escuchar a otro niño de 11 años que expresó con total claridad que quería vivir con su madre. Decisión que la jueza, aplicando la normativa de derechos de la infancia, tomo en cuenta, pero fue más allá. Advirtió a la parte defensora de progenitor varón de que no usase el SAP bajo apercibimiento de la multa correspondiente. Y para rematar la buena práctica, hizo algo que ojalá se replique en todos los juzgados, explicó la decisión al niño con un lenguaje accesible y dirigiéndose a él. 

Ya es hora de que los tribunales de familia encajen tres verdades: los niños y niñas no mienten, las mujeres que se separan no son malas y los hombres que no tratan bien a las mujeres no son buenos padres. La violencia machista contra la infancia también existe, y puede que nos sirva llamarla violencia vicaria para identificarla y comprender su génesis, pero es bueno que empecemos a buscar formas de dejar de seguir invisibilizando a las niñas y niños. Son ellos, en sus cuerpos y en sus vidas, los que están sufriendo. Necesitan protección porque son víctimas de las violencias machistas. Solo a los guardianes del patriarcado y negacionistas de la violencia de género les interesa que pensemos lo contrario, que los niños son mentirosos y las madres manipuladoras. Si los juzgados de familia no son parte de esa guardia pretoriana necesitamos que apliquen la Lopivi y escuchen a las niñas y niños con rigor. Es su derecho, están en juego sus vidas. Es nuestro derecho como sociedad, que se proteja lo que más queremos: nuestra infancia.

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