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La Audiencia Nacional exime al CNI de responsabilidad por dejar sin plaza a un aspirante que superó las pruebas

La sede de la Audiencia Nacional.

Marcos Pinheiro

Eduardo Blanco Buzón superó las exigentes pruebas para convertirse en analista del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Estuvo años esperando para incorporarse mientras desde la institución recibía promesas constantes: llegaron a enseñarle el que iba a ser su despacho. Pero jamás accedió a ese puesto de trabajo. La Audiencia Nacional abrió una investigación a raíz de la querella que presentó este aspirante a entrar en el cuerpo español de inteligencia y en la que reclamaba 120.000 euros de indemnización por el perjuicio causado. La sentencia acaba de eximir al CNI de cualquier responsabilidad.

El proceso que investigaba la Audiencia Nacional se celebró en 2011: 43 opositores superaron las pruebas para ser técnicos superiores de Inteligencia Generalista, Grupo A (en la actualidad ese puesto se denomina Oficial Superior de Inteligencia, Subgrupo A1). Aprobaron esos 43, pero en un primer momento solo 24 consiguieron una plaza. Los 19 restantes quedaron a la espera de que una ampliación del presupuestos del centro permitiese su contratación. Así se lo dijo el propio CNI. Uno de esos aspirantes que se quedó en espera es Eduardo Blanco.

Blanco fue superando todas las fases durante cuatro meses, incluidas las pruebas de campo y la investigación de seguridad que le hizo el CNI. Concluido ese periodo, que se prolongó durante unos seis meses, le comunicaron que había aprobado “emplazándole a su inmediato ingreso cuando la dotación presupuestaria diera lugar a nuevas plazas”, probablemente a lo largo de 2012. Esa promesa se prolongó durante años.

Cuando llegó 2015, sin embargo, el CNI le comunicó que su aprobado había caducado en 2013, por lo que ya no podía optar a su plaza. Nadie le había informado de que su aprobado tenía una validez de solo dos años. Le emplazaron a presentarse de nuevo a otro proceso de selección en 2016 si quería recuperar el derecho a esa plaza: lo hizo, pero en esta ocasión no superó la primera fase. Blanco se decidió a denunciar los hechos en 2018 ante la Audiencia Nacional.

Ahora ese tribunal ha resuelto que el CNI queda exento de toda responsabilidad. Los jueces de la sección séptima de la sala de lo Contencioso-Administrativo creen que el aspirante “se generó unas subjetivas expectativas” de las que no tiene culpa la administración. Y de hecho, los magistrados usan como argumento que Blanco se volviese a presentar a las pruebas. “De hecho, cuando se le comunicó que el proceso de selección de 2011 había expirado y debería presentarse a otro nuevo, el recurrente advirtió que esas expectativas no eran reales y aceptó presentarse de nuevo a las pruebas”, dice el tribunal.

La sentencia concluye que “resulta indiferente que el recurrente conociera o no que existía un plazo de dos años para mantener la validez de las pruebas” porque aceptó presentarse en 2016 a un proceso selectivo “sin que con anterioridad accionase contra la Administración por mantenerle en expectativa”. Es decir, al presentarse de nuevo a esas pruebas anuló la posibilidad de reclamar una indemnización a la administración.

Los jueces asumen de esta manera la versión del CNI: el aprobado de 2011 y el suspenso de 2016, a pesar de que el centro no ha aportado ninguna documentación a la causa. No hay papel alguno donde se refleje, por ejemplo, el resultado en el que quedó Blanco en la última convocatoria.

Blanco defendió en su querella que los responsables del CNI le presentaron esas pruebas de 2016 como un mero trámite: concurriría a ese proceso en una “lista prioritaria”, según le comunicaron verbalmente algunos miembros del CNI con los que tenía contacto, a los que había conocido en 2011.

De hecho, este aspirante tiene una resolución del Consejo de Estado que le da la razón. Cuando les planteó su situación antes de acudir a los tribunales, este organismo concluyó que “era comprensible” que no iniciase ningún procedimiento antes de esperar al resultado de la prueba de 2016, porque en ella albergaba “la expectativa” de acceder al CNI.

Promesas constantes del CNI

Este aspirante también aportó junto con la querella abundante documentación que probaba una comunicación constante con responsables del CNI después de superar las pruebas y en el periodo en el que se encontraba a la espera de incorporarse. En ninguna de ellas se informó a Blanco de que su plaza tenía fecha de caducidad y le animaban a formarse con cursos para llegar mejor preparado a su puesto de trabajo: “Espero que sigamos cooperando y pronto podamos verte trabajando en el Centro”, le escribió A. M., la jefa de Gabinete de Félix Sanz Roldán, director del CNI desde 2009.

De hecho, en 2013, el año en que supuestamente caducó su aprobado, el CNI invitó a Blanco a un seminario sobre servicios de inteligencia. Él, por su parte, siguió interesándose por su plaza en el Centro, también a través del Ministerio de Presidencia, del que dependían los servicios de inteligencia. En una comunicación de febrero de 2014, ese Ministerio le informa de que aún no hay vacantes y de que le avisarán cuando pueda incorporarse. Ninguna referencia a que su aprobado ya había caducado.

Tampoco lo mencionó el propio Sanz Roldán en las comunicaciones que mantuvo con un diplomático amigo de Blanco que se interesó por su situación. “En cuanto se produzca alguna novedad al respecto, el Departamento de Selección contactará con Eduardo de forma inmediata”, dijo el director del CNI en una carta de febrero de 2015.

La Audiencia Nacional no hace mención en su sentencia a esas cartas ni a su contenido, pese a que Sanz Roldán era el competente en materia de personal. Y cierra el caso.

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