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Puigdemont, Comín y Ponsatí han perdido su inmunidad, ¿y ahora qué?

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí en el Parlamento Europeo

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

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El Parlamento Europeo ha retirado este martes la inmunidad a Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Toni Comín, ¿y ahora qué? Pues, de momento pasan dos cosas: siguen siendo eurodiputados y se reactiva el proceso de la euroorden congelado con su acceso al escaño.

En efecto, después de la aprobación en el pleno del levantamiento de la inmunidad, los tres siguen siendo eurodiputados.

¿Y qué va a pasar? Que los eurodiputados recurran ante la Justicia europea, cosa anunciada y confirmada este martes en una rueda de prensa por el propio Puigdemont, con un recurso de cautelares y otro sobre la cuestión de fondo. “Es un día triste para el Parlamento Europeo. Hemos perdido nuestra inmunidad, pero el Parlamento ha perdido mucho más que eso y también la democracia europea. Este es un caso claro de persecución política”, ha afirmado Puigdemont: “Mis colegas y yo estaremos a disposición del juez belga, pero presentaremos un recurso contra la decisión de Parlamento Europeo ante el TJUE”.

En ese recurso, podrán aducir que el proceso no ha sido imparcial, y para ello seguramente aportarán declaraciones de eurodiputados populares y de Ciudadanos, así como del ponente del caso, el ultraconservador búlgaro, Angel Dzhambazki, quien participó en la primera visita de dirigentes de Vox al Parlamento Europeo, el día en que el secretario general del partido de extrema derecha, Javier Ortega Smith, gritó: “Puigdemont, a prisión”.

El informe aprobado este martes sobre la inmunidad prevé que ésta sea levantada solo para la reactivación de la euroorden. Es decir, es un levantamiento acotado a dar respuesta a la propia petición del Tribunal Supremo. Así, no prevé ningún enjuiciamiento y se limita al caso de la euroorden, abierto y congelado en la Justicia belga tras tomar posesión del escaño, según recoge el informe elaborado por el ponente.

“Se decidió solicitar al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad de Carles Puigdemont i Casamajó 'a fin de que pueda continuar la ejecución de las órdenes europeas de detención y entrega que han sido dictadas', e informar de ello a la autoridad de ejecución en Bélgica”. Esta frase del informe señala el ámbito de aplicación del levantamiento de inmunidad votado en el pleno del Parlamento Europeo.

Es decir, la petición del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena al Parlamento Europeo versa sobre la orden de detención que quedó congelada en Bélgica cuando asumieron el acta de eurodiputados, y, por otro lado, no especifica que sirva para enjuiciarles, al tiempo que les permite viajar a Estrasburgo si hay plenos en la sede francesa.

¿Y qué puede ocurrir cuando se reactive el caso de la euroorden ante la Justicia belga? A partir de ahí, el caso volvería a pasar a las manos del juez belga Jan Coopens, quien en primera instancia ya falló a favor del ex conseller Lluís Puig. Fallo ratificado en segunda instancia por la justicia belga por considerar que el Supremo no es el tribunal competente para el caso.

La sentencia de la Sala de Apelaciones belga concluyó: “Dado por un lado que Lluís Puig i Gordi no era diputado de ningún parlamento [estatal] y en principio debería ser juzgado por un tribunal catalán y, por otro lado, dado que el Tribunal Supremo español [estatal] se ha declarado repetidamente competente para juzgar a todos los coacusados sobre la base de la estrecha conexión entre los delitos imputados a cada uno de ellos sin que exista una base legal explícita para ampliar esta competencia, se constata que hay motivos fundados para creer que la ejecución de la orden de detención europea perjudicaría los derechos fundamentales del implicado”.

Eso sí, mientras esté activa la orden de detención europea, nada garantiza a los tres que en otro país, como Francia –salvo para el caso de ir a los plenos de Estrasburgo–, el juez de turno no resolviera en sentido opuesto y procediera a extraditarlos. Es decir, el levantamiento de la inmunidad y la reactivación de la euroorden puede afectar a la libertad de movimientos de los tres eurodiputados.

Argumentos de la defensa. Fuentes del equipo de Puigdemont, Comín y Ponsatí cuestionan que se haya designado un solo ponente para los tres eurodiputados porque el reglamento recoge que debe haber uno “para cada expediente de inmunidad”, así como las implicaciones políticas y jurídicas que conlleva que sea un diputado que comparta grupo con Vox –pero también con los flamencos nacionalistas de la N-VA, aliados políticos de los independentistas en Bélgica–.

El argumento que han utilizado los tres eurodiputados en el proceso del suplicatiorio es que son víctimas de una persecución política. Así, la base de la defensa del equipo jurídico de Puigdemont, Comín y Ponsatí ha sido argumentar que se quiere impedir que ejerzan de eurodiputados a consecuencia de ello. También han puesto sobre la mesa que el Tribunal Supremo “no es un órgano competente” en todo ello –al igual que dictaminó la Justicia belga–, y que no se puede acusar a los tres eurodiputados de hechos que en otros países de Europa no existen o no son delito, y recuerdan que hay precedentes en este punto.

¿Y qué puede hacer la Justicia española? Ir también a Luxemburgo. El juez instructor de la causa del procés, el magistrado Pablo Llarena, ha preguntado a la Fiscalía, el resto de acusaciones y a las defensas si debe acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para impedir que Bélgica rechace la extradición de Puigdemont tal y como hizo con la del exconseller Lluís Puig.

La razón de la petición de Llarena está en la negativa de la Justicia belga de extraditar al exconseller de Cultura catalán, Lluís Puig. Los jueces belgas, asumiendo por primera vez una de la tesis de las defensas de los líderes del procés, concluyeron que el Supremo se atribuyó la competencia para juzgar el proceso soberanista sin una base jurídica “explícita”. “Sin un texto legal explícito al efecto, el Tribunal Supremo no se puede considerar como el órgano judicial establecido por la ley” para juzgar el procés, rezó la sentencia del pasado mes de enero por el que la Justicia belga confirmó la negativa a la extradición de Puig.

El mero envío de la cuestión prejudicial al TJUE obligaría a los jueces belgas a paralizar el caso de la extradición de Puigdemont hasta que el tribunal con sede en Luxemburgo se pronunciara. El procedimiento sobre la entrega del expresident también está en suspenso, y se reactivará después de que el Parlamento Europeo ha retirado este martes la inmunidad.

Las extradiciones de los dirigentes independentistas en el extranjero se le atragantan al Tribunal Supremo desde el inicio del caso del procés. La negativa más sonada fue la de los jueces alemanes, que en 2018 rechazaron la entrega de Puigdemont al descartar que los hechos del otoño soberanista catalán constituyeran el delito de rebelión ni el de sedición. Los jueces de Schleswig-Holstein sí autorizaron la entrega del expresident por malversación, pero Llarena la rechazó.

La primera euroorden del procés fue enviada por la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela en noviembre, al inicio de la causa, y fue retirada por Llarena un mes después precisamente para evitar que Bélgica limitara la acusación por rebelión. La segunda, ya cursada por Llarena, fue rechaza por la Justicia belga por un error formal del magistrado español. La tercera euroorden fue enviada después de la sentencia del procés del Tribunal Supremo que condenó por sedición a los líderes independentistas, y por el momento solo se ha resuelto la que afecta al exconseller Puig porque, al no ser eurodiputado, no está protegido por la inmunidad.

Al TJUE ya acudió el tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena para preguntar si el exvicepresident y líder de ERC, Oriol Junqueras, tenía inmunidad desde que fue escogido eurodiputado antes de ser condenado a 13 años de prisión por sedición y malversación. La repuesta del TJUE fue positiva y no sirvió de nada al líder de ERC porque el Supremo ya lo había condenado antes de que la decisión de la Justicia europea, pero sí permitió a Puigdemont, Comín y Ponsatí ejercer con plenitud como eurodiputados.

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