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Fumata blanca en los horarios comerciales: así quedan los festivos de apertura en territorio valenciano

Imagen de archivo de una clienta en un centro comercial

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El próximo domingo 25 de febrero las grandes superficies comerciales no podrán abrir sus puertas como consecuencia de la nueva Ley de Comercio aprobada este semana en las Corts con el voto a favor de PSPV y Compromís, la abstención de Podemos y Cs y el voto en contra del PP.

Tras casi dos años de debate, desencuentros y negociaciones, la aprobación de la nueva norma plasma el acuerdo alcanzado entre los diferentes sectores comerciales, pequeño comercio y grandes superficies fundamentalmente, el pasado mes de diciembre en el marco del Observatorio de Comercio de la Comunitat.

En concreto, este pacto establece una reducción de 63 a 38 los festivos aperturables en las cinco Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) de València ciudad y en la totalidad de la ciudad de Alicante, en el periodo comprendido entre el Domingo de Ramos y el domingo posterior al Lunes de Pascua y entre el 15 de junio y el 5 de enero. No obstante, habrá excepciones y el 24 de junio los comercios no abrirán en Alicante como tampoco lo harán el 19 de marzo y 15 de agosto en València.

En cambio, podrán abrir 40 días en el mismo periodo (en Semana Santa y entre el 15 de junio y el 5 de enero) las localidades que tienen una ZGAT todo el año como son Finestrat, Torrevieja, L'Alfàs del Pi, Benissa, Orihuela costa y Pilar de la Horadada costa (en Alicante) y Alborache en Valencia, mientras que lo harán 28 días en Semana santa y entre el 15 de junio y 15 de septiembre las localidades que tienen declarada una ZGAT parcial como son Altea, Benidorm, Benicàssim, Santa Pola, Segorbe, Ondara o Calpe, entre otros.

El resto de municipios de la Comunitat que carecen de Zonas de Gran Afluencia Turística podrán abrir hasta 11 festivos que se decidirán en función de diferentes criterios: cuando haya acumulación de festivos; los primeros domingos de las rebajas (tras el 6 de enero y el primero de julio); el domingo de Ramos, el Viernes santo, el Jueves santo cuando sea festivo estatal o autonómico y el Domingo de Pascua; y los domingos entre el 26 de diciembre y el cinco de enero.

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