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Los hechos probados de la condena a la violencia del 9 d'Octubre: un ataque neonazi para “asediar” a la izquierda

Agresiones ultras durante la marcha del 9 d'Octubre del 2017.

Lucas Marco

València —
23 de abril de 2024 22:23 h

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“Su propósito no era otro que asediar y enfrentarse a aquellos que acudieron a la manifestación” de la izquierda durante la tarde del 9 d'Octubre de 2017 en València, para “dificultar e impedir, incluso mediante la utilización de la violencia” su celebración, “como consecuencia de su radical discrepancia ideológica y de su hostilidad a todo aquello que representan” los convocantes. Se trata de los hechos probados de la reciente sentencia condenatoria dictada por la sección primera de la Audiencia Provincial de València, que establece la cronología y autoría de las agresiones ultras contra una jornada festiva y reivindicativa, celebrada ocho días después del referéndum independentista en Catalunya, que acabó en una ristra de palizas y amenazas protagonizadas por elementos de la extrema derecha neonazi, singularmente por exmiembros de la disuelta peña 'hooligan' Yomus.

Casi todos los ultras alcanzaron un pacto de conformidad con la Fiscalía y con las acusaciones populares y particulares, reconociendo los hechos y asumiendo penas mínimas que no implicaban su ingreso en prisión, además de medidas de alejamiento de las víctimas y el pago de indemnizaciones de 46.000 euros y de costas procesales por 49.000 euros. Tras la primera sesión del juicio, una decena de neonazis salieron de la Ciudad de la Justicia de València profiriendo amenazas contra una concentración antifascista.

De los dos acusados que no se conformaron, la sentencia absuelve a Pepe Herrero, una suerte de comunicador fallero que retransmitió los hechos y jaleó las agresiones. Su actuación, sostiene el fallo, “no es reprochable” desde el punto de vista penal.

La tradicional manifestación de la tarde del 9 d'Octubre, que fue objeto de las agresiones, se convoca “desde 1977”. Organizada por la Comissió 9 d'Octubre, que agrupa a partidos progresistas, sindicatos y entidades culturales, a la marcha se suman cada año colectivos de la izquierda independentista como Arran, Endavant o la CUP, entre otros.

La sentencia destaca el papel de Yomus, una peña oficialmente disuelta, en la convocatoria y en el despliegue de las agresiones. Se trata de una “grupo ultra” nacido en 1983 y formado inicialmente por “algunos” simpatizantes de la extrema derecha. Sin embargo, según la sentencia, en la temporada 1991/1992 “el grupo en su totalidad adopta” la “ideología nacionalista española” y anticatalanista.

El recorrido de la peña 'hooligan' acabó en 2013 con su disolución legal y con la fundación de la Curva Nord Mario Alberto Kempes, tras los contactos con la peña Gol Gran, ésta última “sin afinidad política”. Los Yomus mantuvieron “su actividad” en redes sociales hasta “precisamente” las agresiones de 2017, cuando la difusión en la red “cesó bruscamente”. Varios de los elementos de la peña han recalado en la llamada Curva de Mestalla 1919.

El fallo indica que en la Curva Nord figuraban jóvenes provenientes de los antiguos Yomus, que “se hacen notar activamente en la grada” y que lucen “tatuajes de ideología neonazi en su cuerpo”. “No esconden el saludo fascista en ciertas ocasiones, sobre todo en algunos momentos para celebrar y hacerse notar en el campo de fútbol o para provocar a los miembros de otras peñas opuestas ideológicamente a sus planteamientos”, apostilla.

“Clara simbología fascista y neonazi”

La sentencia repasa los “numerosos tatuajes” de “clara simbología fascista y neonazi” de muchos de los acusados. Casi media página dedica a los tatuajes de uno de los “líderes” de las agresiones, Vicente Javier Estruch Cortés, alias 'el Alfarrasí', con una condena firme anterior por un delito de lesiones. En los nudillo lleva tatuadas las letras AHTR (en referencia a la leyenda neonazi 'Adolf Hitler tenía razón') y en el muslo derecho una esvástica y los rostros del máximo líder nacionalsocialista y de su lugarteniente Rudolf Hess sobre la puerta de Brandenburgo, además de otras inscripciones en su piel como 'blancos y valencianos“ o 'Yomus'.

Javier Cervera Sales, condenado a un año y cinco meses y presidente en la fecha de los hechos de la Curva Nord Mario Alberto Kempes, se dedicó los días previos a las agresiones a convocar a un “numeroso grupo” que partió desde los alrededores del estadio de Mestalla. Sobre las 17.30 los ultras accedieron a la plaza de San Agustín “en aparente formación, con cánticos, gritos y, en algunos casos, brazo en alto haciendo el saludo romano”.

El grupo, formado por medio centenar de ultras y “todos ellos puestos de mutuo acuerdo”, procedieron a agredir a los manifestantes de izquierdas ante un reducido despliegue policial. De hecho, el responsable de los grupos de extrema derecha de la Brigada Provincial de Información reconoció durante su declaración en el juicio que la Policía no detectó el “salto cualitativo” de violencia que se produjo aquella jornada respecto a años anteriores.

Varios de los condenados cuentan con antecedentes penales o condenas firmes y formaron parte de candidaturas electorales de grupúsculos como Falange Española de las JONS o Coalició Valenciana. Una vez ocupada la plaza de San Agustín, tradicional punto de partida de las manifestaciones convocadas en València, se produjeron las primeras agresiones. En ese momento, sólo algunos agentes de la Policía Local estaban presentes en la zona y los neonazis pudieron campar a sus anchas y romper los cordones de seguridad.

Agresores sin identificar

'El Alfarrasí' inició las agresiones propinándole a uno de los manifestantes un puñetazo en el lado izquierdo de la cabeza, a la altura de la sien, y otro golpe en las costillas. A otra de las víctimas, el condenado Florin Robert Drus le propinó un puñetazo en la boca. Una pareja de jóvenes fue salvajemente agredida por 11 de los condenados mientras una cámara de La Sexta retransmitía en directo las palizas.

Vicente D., un joven antifascista, trató de evitar —en solitario— la brutal agresión a la pareja, “consiguiendo que los agredidos pudieran ponerse en pie y huir”. El joven relató en el juicio su peligrosa experiencia: se enfrentó él solo a 15 atacantes, según la sentencia. “Se abalanzaron sobre él, lo arrinconaron y agredieron” mientras Vicente D. trataba de “repeler la agresión y protegerse del numeroso grupo” sólo “con sus manos y piernas, pero sin poder evitar resultar lesionado” leve.

También fue agredido por la turba neonazi un fotoperiodista “en ejercicio de su profesión”. Los condenados “le lanzaron una mesa y un cartel de menú de la terraza de un bar” y le propinaron “puñetazos y puntapiés”. No todos los agresores pudieron ser identificados. Las Unidades de Intervención de la Policía Nacional (UIP) no llegaron hasta las 17.45, según indica la sentencia.

Una vez la UIP pudo controlar la situación formando un cordón policial para proteger a los manifestantes, cientos de ultras continuaron el asedio en la calle de Colón, mientras la manifestación avanzaba a duras penas y en un ambiente de máxima tensión. Un mujer “que no ha podido ser identificada” atacó a un periodista lanzándole “a la cara un líquido caliente que llevaba en un vaso”. Al mismo informador, otro ultra que portaba “una horca de madera de grandes dimensiones” le golpeó la mano para evitar que grabara con su móvil.

Una tarde de “tensión y violencia”

El despliegue de la ultraderecha impidió “el desarrollo de la manifestación en condiciones de normalidad” con varios intentos de agresiones “que tuvieron que ser repelidas por la intervención de las unidades policiales”, indica la sentencia.

En la plaza de la Puerta del Mar, el abogado ultra Luis Miguel Jiménez García se dedicó a insultar a manifestantes al grito de “zorra que eres una guarra”. El hombre fue investigado en la causa pero se le consideró inimputable por las “graves afecciones mentales que sufre”.

La violencia de la extrema derecha propició una menor participación en la tradicional marcha del 9 d'Octubre. “La afluencia de gente fue muy inferior a la prevista por los convocantes en cuanto que los hechos de tensión y violencia ocurridos en la plaza y sus alrededores hicieron desistir a muchas personas de su intento de participar en la manifestación”, reza el fallo. Además, la marcha no pudo finalizar en la plaza de Alfons el Magnànim al estar ocupada por ultras y tuvo que desplazarse improvisadamente a la plaza de América, ante el peligro de nuevas agresiones.

La sentencia también recuerda que un grupo numeroso de manifestantes tuvo que ser “escoltado por agentes de ella UIP”, una vez acabada la marcha, “ante la posibilidad” de sufrir más agresiones.

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