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El juzgado de València especializado en estafas bancarias es el que menos derechos concede a los consumidores

Ciudad de la Justicia de València.

Sergi Pitarch

Valencia —

Miles de valencianos están pendientes de iniciar un procedimiento contra sus bancos para recuperar los gastos hipotecarios que pagaron cuando firmaron su hipoteca. El Tribunal Supremo les había dado la razón en 2015 -con una sentencia contra el BBVA-, pero desde esa fecha las entidades bancarias han puesto todas las trabas posibles para no reconocer este derecho. Los juzgados han dado respuestas de todo tipo a las reclamaciones.

Así, mientras el Alto Tribunal y la Audiencia de Valencia han fallado a favor de los consumidores y han atendido todas sus demandas en este concepto -incluido el impuesto de actos jurídicos documentados-, el juzgado de València especializado en estafas bancarias está siendo mucho más conservador y sólo está obligando a devolver los gastos “menores” de notaría, tasación, registro o gestoría, según varias sentencias conseguidas por el bufete valenciano Pedrós Abogados.

Así, una sentencia reciente del abogado Javier Andani del juzgado de primera instancia número 22 de València ha ganado a Bankia los gastos de formalización hipoteca, incluido el impuesto de actos jurídicos documentados. En 2016 la Audiencia de Valencia ya había reconocido hasta en tres sentencias estos derechos, apoyándose en el fallo inicial de 2015 del Tribunal Supremo, que considera nula esta cláusula que obligaba al consumidor a correr con los gastos hipotecarios. 

Por su parte, el juzgado de primera instancia número 25 Bis de València -el especializado en estafas bancarias- ha empezado a fallar sus primeras demandas sobre gastos hipotecarios. Así, dos de las magistradas que integran este juzgado han sentenciado que las entidades bancarias deben devolver algunos gastos, pero no el impuesto de actos jurídicos documentados. Así, en una hipoteca media, la devolución de todos los gastos hipotecarios pueden suponer entre 3.000 y 4.000 euros, mientras que sin impuesto el dinero a devolver es inferior a los 600 euros. 

Alberto Aznar, letrado de Pedrós Abogados y especialista en derecho de los consumidores, asegura que estos fallos del juzgado valenciano especializado en estafas bancarias están generando “incertidumbre e inseguridad jurídica” porque la Audiencia Provincial ya había marcado el camino para conceder a los consumidores la devolución de todos los gastos. “Parece una estrategia que intenta desincentivar la presentación de demandas judiciales, porque para recuperar cantidades menores los clientes pueden desistir ya que les puede costar más el proceso judicial que lo que pueden recuperar”, explica este letrado especializado en este tipo de demandas.

Las demandas de gastos hipotecarios puestas hasta el 31 mayo 2017 van a juzgados de instancia “ordinarios”, que como la Audiencia están concediendo la devolución del impuesto. Mientras que  las presentadas después del 1 junio 2017 van a uno de los 54 juzgados especializados en estafas bancarias de toda España.

En el caso de València y según la última sentencia del 17 de octubre, el juzgado especializado no concede la devolución del impuesto ni la tasación. En estos casos, obligan al consumidor a acudir a la Audiencia de València para conseguir recuperar el impuesto, aunque sus gastos judiciales se incrementarán.

En el caso del juzgado de primera instancia número 25 Bis de València está sustentando la denegación de la devolución del impuesto en sentencias de la Audiencia Provincial de Asturias, la Audiencia Provincial de Pontevedra y la “doctrina de la nulidad parcial” del Código Federal Alemán.

Otro de los handicaps del juzgado de València especializado en estafas bancarias es su colapso ya que desde que entró en vigor el pasado 1 de junio lleva presentadas casi 3.000 demandas.

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