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Juzgado un exconcejal del PP de Calp por vaciar un nicho para enterrar a la abuela de un alto funcionario

La lápida del nicho abierta en el cementerio de Calp.

Arturo Ruiz

Dénia —

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La pasada fue una pésima semana para el pasado más o menos reciente del PP de Calp, con una doble cita con los banquillos de la Audiencia de Alicante. Primero se supo que por fin se ha fijado fecha para juzgar la trama de Aguas de Calpe, en la que está imputado un exconcejal popular, Juan Roselló, y ahora que este miércoles 14 de febrero será juzgado otro antiguo regidor del mismo partido, Bernardo Moll, por el caso del cementerio, en el que también se halla implicado el jefe de Recursos Humanos del consistorio, Antonio Cabrera.

Los hechos acaecieron en la necrópolis entre abril de 2018 y marzo de 2019 y tanto al antiguo concejal como al funcionario el Ministerio Público les acusa de un presunto delito de prevaricación “en concurso medial con el delito contra la memoria de los muertos”, lo que les implicaría para cada uno la imposición de una pena de 13 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Además, al antiguo regidor del PP también le pide la pena de un año de prisión por un presunto delito de acoso laboral contra la funcionaria que se oponía a las actuaciones de los dos acusados y a la que además Moll debería indemnizar con 30.000 euros. 

Interés sobre un nicho

Todo comenzó cuando según el escrito del Ministerio Público “la familia del acusado Antonio Cabrera se interesó por el estado de un nicho ubicado dentro del cementerio de Calp, ya que se encontraba situado justo al lado de otro donde descansaban los restos de su difunto abuelo”. La razón de ese interés era que la abuela, Francisca, “estaba enferma, temían su fallecimiento en fechas próximas y deseaban enterrarla allí”. 

Tal interés -sigue la fiscal- le fue comunicado a Bernardo Moll por ser en esa época el edil del Cementerio. Y a su vez Moll pidió información sobre el citado nicho a la funcionaria responsable, que acabaría siendo la perjudicada en toda esta historia. Esta última, tras las averiguaciones oportunas, concluyó que el sepulcro no podía ser adjudicado a la familia de Antonio Cabrera al encontrarse ocupado por los restos de Herman August Wilhelm Klatt desde su fallecimiento en 1973, y gozaba del derecho a usarlo “a perpetuidad”, esto es, durante 99 años. Tanto la funcionaria perjudicada como su superiora jerárquica le comunicaron la negativa a Moll. 

Pero el concejal no se conformó. La fiscal añade que “no obstante lo anterior y siendo ya inminente el fallecimiento de la abuela del acusado Antonio Cabrera, el coacusado Bernardo Moll volvió a insistir a la perjudicada en que intentara por todos los medios atribuir el uso del nicho a la familia de Cabrera con el fin de poder enterrar en él los restos de su abuela al lado de donde descansaban los de su abuelo”. La funcionaria interpelada volvió a contestar que esto no era posible. 

“Hay que hacerlo sí o sí”

Moll siguió insistiendo. Según la fiscal, “de forma persistente e insidiosa requirió a la perjudicada para que hiciera lo que fuera necesario para tal concesión, forzándola a actuar contra su voluntad e incluso contra la legalidad con expresiones tales como había que hacerlo sí o sí, que diera una orden verbal y mirara para otro lado o que no había que ponerle puertas al campo. 

A pesar de las “presiones recibidas” la funcionaria perjudicada “se mantuvo firme en su negativa a dar las instrucciones para el vaciado del citado nicho y su otorgamiento a la familia del acusado Antonio Cabrera”. Y eso provocó cuando ya había fallecido la abuela de Cabrera, que “entre los días 22 y 23 de enero de 2019 los dos acusados idearan de consuno la manera de lograr su objetivo prescindiendo de la perjudicada”. 

Cabrera, “prevaliéndose de su cargo de jefe de Recursos Humanos y extralimitándose del mismo procedió a redactar una providencia que en realidad correspondía a un expediente administrativo sin relación con los hechos en la que ordenó que se proceda a la exhumación y reducción de restos de Herman August Wilhelm Klatt para su traslado al nicho común”. Como ordenante aparecía el propio Moll en su calidad de edil del Cementerio y como destinatarios, lógicamente, los sepultureros. Por si fuera poco, Moll firmó esa providencia en presencia de la funcionaria perjudicada. 

“Restos calavéricos en una bolsa”

Los sepultureros cumplieron las órdenes “desconociendo la ilegalidad del mandato”. Y así, “quitaron la lápida del nicho de Klatt, rompieron la pared del yeso que lo cerraba, sacaron el féretro que contenía su cuerpo, lo abrieron e introdujeron los restos cadavéricos del fallecido en una bolsa que luego llevaron a un nicho común del mismo recinto, tirando finalmente el féretro del difunto a un contenedor”. Y, “cumpliendo las instrucciones de ambos acusados, procedieron tan solo una horas después de esa exhumación a enterrar el cuerpo de la abuela del acusado de Antonio Cabrera en el nicho de Herman Klatt ya vaciado”. 

Y aquí viene la parte más contundente del relato de la fiscalía, que considera que los dos acusados ordenaron ambas operaciones (la exhumación de Klatt y la inhumación posterior de la abuela de Cabrera en la misma sepultura) «con plena consciencia de la ilicitud de los actos que realizaban al ser sobradamente conocedores de que no estaban amparados por la normativa vigente, con total inobservancia de los presupuestos legales para la ejecución de tales prácticas funerarias, sin seguir los protocolos en materia de exhumación ni adoptar las medidas necesarias para garantizar la salud pública y la debida consideración y respeto que merecen los restos humanos y con el más absoluto desprecio hacia la memoria del difunto Herman August Wilhelm Klatt y los derechos funerarios de sus pacientes y familiares». 

La Fiscalía subraya que, al contrario de lo que afirmó en un principio el ayuntamiento calpino, cuyo alcalde en aquella época era el actual portavoz popular, César Sánchez, no se intentó localizar con anterioridad a los familiares de Klatt “despojando al fallecido de su nicho y de su féretro de forma urgente, clandestina y subrepticia, vilipendiando su derecho a descansar en ellos y logrando así su objetivo final que era enterrar en él a la abuela del acusado Antonio Cabrera de forma igualmente ilegítima”. 

“Que vaya a contar gaviotas”

El escrito de la fiscal recuerda que una vez “perpetrados los hechos, los mismos transcendieron a los medios de comunicación”. La Fiscalía subraya que aquella publicación “provocó el enfado del acusado Bernardo Moll contra la perjudicada, a quien culpaba de dicha filtración” y contra la que comenzó a realizar “de forma reiterada y pública declaraciones claramente hostiles y menospreciativas frente a terceros”. 

Así, Moll amenazó a la funcionaria con “echarla de su cargo o con degradarla laboralmente con expresiones tales como que a la tía esa a ver cómo la puedo putear, que si no podía echarla a ver si podía mandarla a la terraza de arriba del ayuntamiento a contar gaviotas o que ojalá continúe de baja mucho más tiempo”. 

El regidor popular vertió esas acusaciones a compañeros de trabajo de la perjudicada “con el fin de humillarla públicamente”. Todo ello, “sumado a las presiones previamente recibidas por Moll para lograr el vaciado del nicho, provocó en la perjudicada una situación de gran estrés y afectación sicológica que desembocó en una hipertensión arterial por la que tuvo que acudir al centro de salud y solicitar la baja laboral”.

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