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El Valencia CF cifra en 14,8 millones y en un plazo de 12 meses la demolición de Mestalla y la urbanización del entorno

El estadio de Mestalla.

Carlos Navarro Castelló

València —
16 de julio de 2026 23:01 h

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El derribo del mítico estadio de Mestalla ya consta de un presupuesto actualizado y se deberá ejecutar o garantizar de forma obligada antes de que las parcelas se pongan a nombre del futuro comprador de los terrenos. El Valencia CF ha iniciado el proceso de venta de los terrenos mediante una subasta por la que espera obtener del orden de 150 millones de euros, un proceso que se espera que finalice a final de año o principios de 2027 a más tardar.

Por un lado, el presupuesto de la demolición así como de las obras complementarias de urbanización del entorno figuran en el borrador del programa de actuación integrada (PAI) que el club remitió al Ayuntamiento en noviembre de 2025 por medio del que solicitó convertirse en gestor del desarrollo y en futuro agente urbanizador como propietario de más de un 60% del suelo. Como avanzó este periódico, el Ayuntamiento admitió a trámite esta petición y otorgó al Valencia CF un plazo de tres meses para presentar un proyecto de urbanización definitivo.

Según el documento al que ha tenido acceso elDiario.es, las obras de derribo incluidas en el epígrafe “presupuesto de obras ejecución por contrata” tendrán un coste de 11,2 millones a los que habrá que sumar otros 3,6 millones de gastos asociados a la urbanización del entorno. En total, 14,8 millones de euros, una cifra actualizada a finales del pasado año (ver cuadro). El plazo previsto de ejecución de los trabajos es de 12 meses.

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El borrador del PAI establece que “las obras de demolición del actual estadio de Mestalla correrán a cargo del titular de la parcela y su coste no podrá ser repercutido como carga de la actuación sobre los restantes propietarios de la actuación integrada”.

También correrán a cargo del agente urbanizador cuando sea legalmente designado y su coste no podrá ser repercutido como carga de la actuación sobre los restantes propietarios de la actuación integrada diferentes actuaciones de mejora del entorno. En concreto, se deberá reservar “una superficie de 1.200 metros cuadrados en la actual mediana central de aparcamiento viario de la avenida de Aragón con el fin de diseñar, proyectar y ejecutar un nuevo espacio para el uso y tránsito peatonal en el barrio de Mestalla, con el ajardinamiento, acabados, pavimentos y mobiliario urbano adaptados al entorno”.

En esta misma línea, según el mismo documento, “dado el carácter monumental del árbol situado en la mediana central de la avenida de Aragón, próximo al cruce con la av. Blasco Ibáñez, con el objeto de potenciar su presencia, a la vez que se mejora su protección y sus condiciones de mantenimiento, se proyectará y ejecutará un acondicionamiento de la zona donde se ubica el mismo, que se integrará en la futura urbanización zona A 'Antiguo Mestalla'”.

Además, el club deberá realizar un “diseño, proyecto y ejecución de la conexión, incluso ampliación, del carril bici para eliminar la discontinuidad del recorrido en el ámbito de actuación, en concreto entre la calle Micer Mascó y la avenida de Aragón”. Con el objeto de integrar la plaza del Valencia Club de Fútbol en la futura urbanización, “se proyectará y ejecutará una reurbanización de este enclave, dotándolo de acabados, pavimentos y mobiliario urbano adaptados al entorno”. Por otra parte, “con el fin de garantizar la sostenibilidad de la actuación urbanizadora, por parte del Ayuntamiento de València se realizará a tal efecto un seguimiento del proyecto de ejecución que finalmente se redacte”.

El ámbito de las obras de urbanización del programa comprenderá los siguientes terrenos dotacionales públicos circundantes con una superficie total de 69.765 metros cuadrados: “La avenida de Suecia en su totalidad, entre la calle Amadeo de Saboya y la avenida de Blasco Ibáñez; la plaza Valencia Club de Fútbol y el inicio de la calle Micer Mascó; el jardín situado entre la prolongación de la calle Artes Gráficas y la prolongación de la calle Alfonso de Córdoba; la calzada oeste de la avenida de Aragón, entre la prolongación de la calle Artes Gráficas y la calle Dr. Joan Reglà”.

Ámbito de actuación del proyecto de urbanización.

Primero el derribo y después la venta efectiva de los terrenos

Por otra parte, tal y como reflejan las fichas urbanísticas aprobadas por el pleno del Ayuntamiento en julio de 2024, el club no podrá hacer efectiva a efectos de cambio de nombre la transacción de los terrenos si no ha finalizado antes las obras del nuevo estadio, la urbanización de su entorno, así como el derribo de Mestalla o, en su caso, deposita una garantía equivalente al coste de la demolición.

De esta manera el Ayuntamiento se aseguró de que el club no pudiera vender los terrenos sin terminar el nuevo estadio y sin ejecutar el derribo de Mestalla.

En concreto, las fichas establecen que una vez aprobado el programa de actuación integrada y presentado por el urbanizador el proyecto de reparcelación (situación que está ahora en trámite), serán requisitos necesarios para la aprobación e inscripción en el Registro de la Propiedad del proyecto de reparcelación de los terrenos de Mestalla “que las obras de construcción del Nuevo Estadio hayan finalizado y éste se encuentre en condiciones de ser puesto en funcionamiento, así como que se hayan ejecutado las obras de urbanización del entorno del Nuevo Estadio”.

Además, se exige que “la demolición del actual estadio de Mestalla esté efectivamente ejecutada o, en su defecto, que se haya obtenido licencia de demolición para ello y constituida garantía económica por la totalidad del importe de las obras de demolición, de acuerdo con el presupuesto incluido en el proyecto de demolición para el que se haya obtenido la licencia”.

Seis edificios residenciales y la duda del hotel icónico

Según el plano de detalle, al que ha tenido acceso elDiario.es (ver imagen), los seis edificios residenciales, con entre 15 y 29 plantas de altura, darán a la avenida de Aragón y a la calle Joan Reglá y se levantarán sobre la zona comercial. En concreto, en la esquina de Joan Reglá con avenida de Aragón se levantarán tres torres de entre 16 y 22 plantas sobre una galería comercial de dos plantas; en la parte recayente en la avenida de Aragón habrá dos edificios de entre 19 y 22 plantas y una tercera en la parte más cercana a Blasco Ibáñez con entre 15 y 29 plantas, todo sobre otra galería comercial de dos plantas.

En la esquina de Joan Reglá con avenida de Suecia habrá un equipamiento público con una superficie de 1.307 metros cuadrados, en la avenida de Suecia, más hacia Blasco Ibáñez, habrá un centro de salud con la misma superficie y en el actual aparcamiento entre el fondo norte de Mestalla y Blasco Ibáñez (tras el edificio de la Confederación Hidrográfica del Júcar) un colegio con una superficie de 7.198 metros cuadrados. La parte central de la parcela, será un jardín de 24.728 metros cuadrados.

El ámbito de actuación incluye también la parcela del antiguo edificio municipal recayente a la avenida de Aragón en la que se suponía que se debía levantar un hotel icónico, según el plano, de hasta 20 alturas, con una edificabilidad de 16.445 metros cuadrados. Sin embargo, como informó este diario, la empresa HCG Levante, nueva propietaria de los terrenos, se desvinculó de la obligación de llevarlo adelante, según trasladó en un escrito de alegaciones aportado al juzgado, en respuesta a una demanda interpuesta por Libertad VCF contra la aprobación de las fichas urbanísticas.

La empresa añade que tras la caducidad de la ATE “con la extinción de la condición de promotor del Valencia C.F. decaen también los compromisos asumidos” por la actual propietaria de la parcela. Es por esta razón que, “en la actualidad, sobre la mercantil HCG Levante recae simplemente la obligación de edificación en la parcela, no la obligación de edificar un hotel icónico”. Con este planteamiento, añade la mercantil, “en dicha parcela puede construirse previa solicitud de licencia en el plazo indicado en la ficha de gestión, cualquier edificación expresamente permitida o compatible por el planeamiento urbanístico de aplicación (PGOU)”.

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