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La reforma del aborto de Gallardón supone 30 años de retroceso

El presidente de la Cámara Baja, Jesús Posada, conversa con el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. / Efe

Patricia Rafael

“Tengo grabado en la memoria el caso de una mujer con graves daños en la vagina por haber tratado de provocarse un aborto”. La ginecóloga Pilar Martínez Ten, experta en diagnóstico prenatal, recuerda este caso ocurrido hace casi 30 años durante su residencia y alerta de que de seguir adelante la reforma de la actual ley de interrupción voluntaria del embarazo, anunciada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, estas situaciones podrían volver a repetirse. Entre los cambios avanzados está la eliminación del aborto libre dentro de las primeras 14 semanas de gestación o el supuesto por malformación fetal.

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo fue aprobada a finales de 2009 por la mayoría de grupos parlamentarios (PSOE, IU, ERC, BNG, PNV, NaBai y dos diputados de CiU). En contra se situaron el PP, UPyD, UPN, Coalición Canaria y siete diputados de CiU. Apenas tres años después de su entrada en vigor, el Gobierno de Mariano Rajoy prepara una nueva reforma porque, como aseguró el martes en el Congreso el ministro de Justicia, el PP “se siente mandatado por el pueblo español” al incluir la reforma legislativa en su programa electoral.

Estos son los puntos más significativos de la actual ley y las consecuencias de los posibles cambios que ha ido anunciando Ruiz-Gallardón en medios de comunicación y comparecencias públicas:

1. Interrupción del embarazo en las primeras 14 semanas

1. Interrupción del embarazo en las primeras 14 semanas

La actual ley permite la interrupción voluntaria del embarazo dentro de las primeras 14 semanas de gestación siempre y cuando la mujer haya sido informada de las prestaciones existentes de ayuda a la maternidad y cuando haya transcurrido un periodo de al menos tres días entre la petición y la intervención. No es necesario que ningún certificado médico acredite riesgo de salud para la mujer, como sí ocurría con la legislación anterior. Una ley de plazos es la que existe en la mayoría de países europeos, que oscila entre las 12 semanas que prevén las legislaciones alemana, italiana o francesa y las 24 de la holandesa.

El 89,58% de los 118.359 abortos realizados en España en 2011 se produjeron dentro de las primeras 14 semanas de gestación, según los últimos datos recogidos por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. El 65,56% se realizaron dentro de las ocho primeras.

El ministro de Justicia ya anunció hace un año en una entrevista en el diario La Razón que eliminaría la ley de plazos en la futura reforma para regresar a una legislación de supuestos. Según la ginecóloga Isabel Serrano, portavoz de la Plataforma Nosotras Decidimos y de la Federación de Planificación Familiar Estatal, este cambio supondría “volver a decir que las mujeres no tenemos capacidad de decisión y que sólo alguien ajeno a nosotras puede decir qué podemos o no hacer”. Esta doctora alerta además de la pérdida del acceso en igualdad que ha supuesto la ley de plazos: “Ahora, todas las mujeres, cualesquiera sea su nivel adquisitivo, pueden acceder a la prestación de forma gratuita, pero cambiará si volvemos a los supuestos y a una legislación que no establezca este derecho”.

2. Malformaciones fetales

2. Malformaciones fetalesPasado el plazo de las 14 semanas, una mujer puede ahora interrumpir voluntariamente su embarazo si antes de las 22 semanas se detectan graves anomalías en el feto y así lo acreditan dos dictámenes médicos. Pasado ese plazo, un comité clínico debe acreditar que existen anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave o incurable. Son la minoría de las intervenciones. El 2,73% se produce antes de las 22 semanas de gestación y un 0,3%, pasado ese tiempo.

Se trata de uno de los cambios más polémicos anunciados por Gallardón, que en la misma entrevista rechazó el aborto por malformación fetal. Los expertos rechazan el concepto de aborto eugenésico utilizado por el ministro. “La RAE define la eugenesia como el perfeccionamiento de la raza humana y en ningún caso la actual ley contempla esto”, explica la doctora Martínez Ten.

La especialista en diagnóstico prenatal señala que cuando se habla de “malformaciones incompatibles con la vida se trata de anomalías como la anencefalia [ausencia de cerebro] o la trisonomía del cromosoma 18, que causa graves problemas en muchos órganos”. En otros casos, señala, se han diagnosticado graves enfermedades, que incluyen ceguera, incapacidad para el habla o la motricidad. “Para las familias son situaciones muy duras y dolorosas porque estos son embarazos deseados, con un diagnóstico que nunca esperan y por ello tienen que tener la opción de seguir adelante o no con la gestación”, afirma la ginecóloga.

Para Martínez Ten, eliminar este supuesto hará que las mujeres que tengan posibilidades económicas se marchen a otros países, como ocurría con la ley de 1985, que no permitía el aborto por malformación más allá de las 22 semanas. “Corremos el riesgo que las que no puedan permitírselo acudan a otros métodos con los peligros para la salud que ello acarrea”, afirma.

3. Consentimiento paterno para las chicas de 16 y 17 años

3. Consentimiento paterno para las chicas de 16 y 17 añosLa actual legislación establece que las chicas de 16 y 17 que deciden someterse a un aborto deben informar al menos a uno de sus tutores, a no ser que aleguen un conflicto grave que motive una situación de desarraigo o desamparo. Según un estudio realizado en 2011 por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), el 87% (de una muestra de 1.186) de las chicas que acudieron a abortar a los centros lo hicieron acompañadas de sus tutores legales. El resto, 151, alegó razones como riesgo de sufrir malos tratos, padres abiertamente contrarios al aborto provocado o chicas que estaban emancipadas y cuyos padres vivían en otros países.

El programa del PP, y así lo ha asegurado el ministro, prevé la eliminación de este supuesto. “Nos encontraremos, como ocurría antes, con situaciones en las que, por ejemplo, el embarazo de la chica es fruto de la violación de un miembro de la familia y tenga que decírselo a sus padres o tutores”, afirma Serrano.

4. Prevención de embarazos no deseados y educación en salud sexual

4. Prevención de embarazos no deseados y educación en salud sexualBajo el epígrafe “De la Salud Sexual y Reproductiva”, el título primero de la actual legislación establece medidas públicas de prevención y educación sexual, tanto en el ámbito educativo como en la formación de los profesionales de la salud, así como la garantía en el acceso a métodos anticonceptivos.

“El Gobierno parece que no tiene absolutamente nada que decir a un aspecto tan importante como es la prevención de los embarazos no deseados”, afirma Serrano. Si nos guiamos por las enmiendas parciales presentadas por el PP hace dos años a la actual ley, todo hace pensar que esta parte de prevención desaparecerá de la futura reforma. Entonces, el partido que dirige Mariano Rajoy justificó la eliminación del título primero por considerar “no adecuada su existencia en una ley cuyo objeto principal es establecer el aborto libre dentro de las primeras catorce semanas de gestación”.

5. Despenalización del aborto

5. Despenalización del abortoLa entrada en vigor de la actual ley derogó el artículo 417 bis del Código Penal que contemplaba la penalización del aborto excepto en tres supuestos (como recogía la legislación aprobada en 1985). La vuelta a una normativa de supuestos, “y de despenalización parcial del aborto”, como pedía el PP en sus enmiendas, podría suponer incluir de nuevo el delito de aborto en el Código Penal.

Si bien el ministro de Justicia señaló el martes en el Congreso que ninguna mujer iría a la cárcel con la nueva legislación, ello no quita que un juez las cite a declarar, ya sea como testigos o imputadas, como ya ocurrió con el conocido caso Isadora en 2007. Entonces, 28 mujeres fueron llamadas a declarar como testigos –a algunas fueron a buscarlas sus propios domicilios– en el caso que un juzgado abrió contra la clínica madrileña por supuestas irregularidades administrativas y abortos ilegales tras la denuncia de un asociación ultracatólica. El caso, sobreseído año y medio después por falta de pruebas, fue el detonante para la elaboración de la ley de plazos.

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