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Anulada la protección medioambiental que impide el basurero nuclear en Villar de Cañas

Laguna del Hito

Alicia Avilés Pozo

  • El Gobierno castellano-manchego aprobó hace año y medio esta medida, que también fue suspendida cautelarmente por el Tribunal Supremo

Nueva vuelta de tuerca judicial contra la medida aprobada por el Gobierno de Castilla-La mancha para intentar frenar el emplazamiento del cementerio nuclear en la localidad conquense de Villar de Cañas. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha acordado suspender la ejecutividad de este decreto de la Consejería de Agricultura, mediante el que se amplió la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Laguna de El Hito y se realizó la propuesta a la Comisión Europea para su declaración como Lugar de Importancia Comunitaria. Al ser una zona próxima a la futura instalación del Almacén Centralizado de Residuos (ATC), la Junta pretendía con ello evitar su construcción.

La medida fue aprobada en julio de 2015, pocas semanas después de constituirse el Gobierno de Emiliano García-Page, y tiene como objetivo realizar actos en ese territorio que supongan una “transformación sensible” de la realidad física o biológica del entorno“, algo que haría que no fuera posible continuar con el proceso de construcción del almacén nuclear en Cuenca.

Posteriormente, en octubre de 2015 el Gobierno de la nación presentó un recurso contencioso-administrativo ante este mismo Tribunal contra este acuerdo del Consejo de Gobierno, que ahora el Alto Tribunal castellano-manchego resuelve.

Se trata de un nuevo varapalo judicial a esta protección medioambiental, puesto que el pasado 17 de enero también el Tribunal Supremo acordó la suspensión cautelar de este acuerdo al considerar que, en la ponderación de los intereses públicos y generales en conflicto, era “más atendible” proseguir las actuaciones para la instalación del ATC, que pretende una “pronta y correcta” gestión de los residuos radioactivos, que la aprobación inmediata de la ampliación de un espacio protegido para aves.

Sobre la duración del procedimiento

Desde el Gobierno castellano-manchego afirmaron, sobre esta última decisión del Supremo, que verían las implicaciones de la misma. De hecho, el consejero de Medio Ambiente, Francisco Martínez Arroyo, explicó que este procedimiento de protección ambiental finalizó en octubre de 2016, antes de que el Tribunal opinara sobre el recurso que presentó la Delegación del Gobierno.

No obstante, ahora el auto del Tribunal de Justicia castellano-manchego determina la suspensión tanto de la aprobación inicial de la media medioambiental como del decreto posterior de en octubre de 2016. Según estipula, las mismas consideraciones que llevan a decidir la procedencia de la suspensión de aquel acuerdo también sirven para extender la suspensión cautelar del decreto.

“La valoración del conflicto y la ponderación del perjuicio, no es meramente económica, sino que atiende a la seguridad nuclear”, argumenta. Y añade que la ejecutividad del decreto recurrido implica el “entorpecimiento a la gestión de los residuos radioactivos y, por consiguiente, el debilitamiento de la seguridad nuclear, con lo que se daña un servicio público de carácter esencia”.

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