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El Defensor del Pueblo Andaluz constata “severas lagunas” en la asistencia sanitaria a los presos

Vista del exterior del centro penitenciario de Córdoba

Javier Ramajo

Ni barrotes ni rejas. Las Unidades de Custodia Hospitalarias (UCH) que acogen los ingresos de pacientes procedentes de centros penitenciarios están plenamente integradas en los centros sanitarios públicos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pesar de tener un acceso restringido. Al enfermo se le ofrece la asistencia médica que necesita, bajo el despliegue paralelo de ciertas medidas de seguridad y custodia, hasta que recibe el alta y regresa a prisión. Pero el Defensor del Pueblo Andaluz ha advertido de “severas lagunas” en este tipo de asistencia médica hasta el punto de definir al preso en el hospital como el “enfermo que deambula bajo dos sistemas sanitarios”.

Se trata de “un diseño duplicado” en la asistencia sanitaria, por parte de la Administración Penitenciaria (dependiente del Ministerio del Interior) y el SAS (dependiente de la Junta), que desarrollan sus competencias y responsabilidades respectivas. Según un informe específico sobre la cuestión,“este diseño dual y caduco en la asistencia sanitaria termina provocando una ruptura en la atención integral del enfermo” que ha “desvirtuado los convenios hacia fórmulas que se han mostrado insuficientes por sus contenidos, inestables en su vigencia y superadas por las previsiones normativas”.

Las “lagunas” en la asistencia sanitaria de estos enfermos recogidas en el Informe Especial elaborado por el Defensor “no pueden superarse confiando en las iniciativas y compromisos de los profesionales implicados”, lamenta el estudio, que presentará Jesús Maeztu esta semana en comisión parlamentaria. “El principal origen de estas deficiencias es el modelo organizativo” que “ha mostrado su agotamiento”, insiste. El Defensor considera que el sistema sanitario público “debe asumir la integralidad y universalidad que lo caracteriza”. Desde la Junta de Andalucía afirman que “no se está planteando nada actualmente sobre transferencia de competencias en materia de sanidad penitenciaria”, aseguran fuentes de la Consejería de Salud a eldiario.es/andalucía. “No hay sobre la mesa nada planteado ahora mismo”, añaden. Desde el Ministerio del Interior no se han pronunciado al respecto.

El mantenimiento y dotación material de estas unidades dependen de la Administración Penitenciaria (Estado) y las atenciones sanitarias se ofrecen por los hospitales del SAS y su propio personal (Junta). Según denuncia el Defensor, “esa dualidad en las obediencias funcionariales no es pacífica” y la superación de “tal fractura asistencial pasa por el concepto de la estrategia de la integración de la sanidad penitenciaria, prevista legalmente por varios cauces”. En ese sentido, recuerda incluso que “está formalmente llamada a desaparecer” ya que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, establece que “los servicios sanitarios dependientes de Instituciones Penitenciarias serán transferidos a las comunidades autónomas para su plena integración en los correspondientes servicios autonómicos de salud”. En 2004 se agotó el plazo fijado, permaneciendo dicha diversidad de dependencias funcionariales.

Potenciar el modelo presencial en las cárceles

Por su parte, Andalucía acordó mediante un convenio-marco en 1992 la coordinación de las diversas políticas autonómicas en los centros penitenciarios en diversos ámbitos, entre ellos el sanitario. Dicho acuerdo fue renovado durante doce años hasta 2012, que expiró, y tuvo una nueva versión renovada en agosto de 2013 que igualmente concluyó su vigencia en diciembre de ese año. Desde entonces no existe convenio en vigor que facilite la coordinación entre ambas administraciones.

Pese a que “la estancia en prisión no es, ni en nuestro ordenamiento jurídico ni en su fundamento constitucional, un elemento restrictivo o minorado de las garantías de acceso de las prestaciones sanitarias”, el informe entiende que “la persona enferma en prisión es un paciente, no un duplicado de interno enfermo y paciente preso”. En la práctica, la normativa penitenciaria asigna el nivel de atención primaria a cargo de medios propios con un equipo sanitario integrado en cada centro y la atención especializada se ofrece a cargo del Sistema Nacional de Salud y mediante convenios específicos con las comunidades autónomas.

El Defensor reivindica “un modelo presencial en el centro penitenciario como criterio que debería potenciarse en todas aquellas prácticas médicas que lo permitan”, lo cual contribuiría a la disminución de pérdida de citas y ayudaría a “salvar la discontinuidad asistencial entre atención primaria y especializada, que es el principal escollo al que se enfrenta la sanidad penitenciaria”.

Entre otras “deficiencias” que advierte el informe está la “pequeña” capacidad de plazas de ingreso de las UCH. “El número de usuarios y la duración de las estancias son cada vez más reducidos ya que la intervención asistencial de carácter hospitalario se desarrolla bajo criterios de programación, procurando la mínima duración y priorizando la estancia del recluso en su centro de referencia”, señala el Defensor.

“La perfecta imagen del anonimato”

Según añade en ese aspecto, “la normativa penitenciaria prioriza la organización de consultas en las prisiones de aquellas patologías más recurrentes para evitar las gravosas consecuencias de los traslados y conducciones”. El Defensor advierte que, en determinados hospitales, la iniciativa de acudir a los centros penitenciarios es una práctica muy extendida y consolidada, pero en otros centros la presencia de especialistas es muy restringida a concretas disciplinas (psiquiatría, preferentemente).

Asimismo denuncia la “desconexión informática entre los sistemas penitenciario y sanitario” para homologar la protección de la salud en las prisiones. “La idea de que el enfermo sin historia clínica es la perfecta imagen del anonimato en el sistema ha permanecido en todas y cada una de nuestras reuniones”, lamenta el estudio pese a que el sistema penitenciario prevé la creación de una historia clínica por cada persona interna que le acompaña junto a su expediente a lo largo de su trayectoria penitenciaria. El sistema penitenciario no está integrado en el 'Diraya', el soporte informático de la gestión del SAS, ya que no es de su competencia, solamente “algún ensayo limitado e insatisfactorio”.

Entre otras cuestiones, el informe sugiere a la Consejería de Salud para que, en tanto en cuanto persista la dualidad del sistema sanitario penitenciario de nivel primario y el sistema sanitario autonómico a nivel de especialidades, impulse ante la Administración del Estado la adopción de convenios específicos de cooperación y colaboración imprescindibles para ordenar y desplegar la debida asistencia sanitaria integral que los internos tienen reconocida.

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