Así son los nuevos y “suavizados” requisitos para acceder a vivienda protegida
El Gobierno de Castilla- La Mancha ha aprobado un decreto que hará posible el acceso a una vivienda de protección pública (VPO) a los colectivos más vulnerables de la región. Así lo ha dado a conocer el portavoz del Gobierno regional, Nacho Hernando, que ha asegurado que esta nueva norma atenúa la paradoja del mercado inmobiliario donde hay “millones de casas vacías y al mismo tiempo hay gente no tiene un hogar”.
El nuevo decreto suaviza los requisitos para acceder a viviendas sometidas a protección pública, bien sean estas de carácter estatal o autonómico, de tal modo que el tope de ingresos de una unidad familiar que puede acceder a estas viviendas queda fijado para VPO de régimen general, en 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), y en VPO en régimen concertado será 7,5 veces.
Asimismo, las personas mayores de 65 años, las víctimas de violencia de género o de terrorismo, familias numerosas o monoparentales con hijos, personas separadas o divorciadas al corriente de pago en pensiones alimenticias y personas dependientes o con discapacidad podrán acceder a una vivienda de protección pública si son titulares de una vivienda libre y cumplen el requisito de renta anterior.
También se facilita que los que ya tienen una vivienda, y por cuestiones económicas sobrevenidas no pueden hacer frente al pago de los plazos que conveniaron con la Administración regional, puedan reconvertir su préstamo en un alquiler social, y a la inversa, facilita que los que pagan un alquiler puedan optar a comprar la vivienda.
La medida recoge igualmente medidas como la posibilidad de que los inmuebles con protección sean incorporados a los patrimonios protegidos de personas con algún tipo de discapacidad, incluidos menores de edad. De esta forma, pueden disponer desde ese momento de una vivienda adecuada a sus necesidades para el resto de su vida.
Finalmente, el decreto contempla la posible cesión temporal de viviendas a entidades sin ánimo de lucro para que puedan desarrollar en ellas sus fines sociales y atender a los colectivos a los que sirven y la prioridad que tendrán en la adjudicación de vivienda las personas que tengan necesidades perentorias y que así lo recoja el correspondiente informe social.