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La Audiencia de Barcelona deja a un paso del juicio a los directores de TV3 y Catalunya Ràdio por el anuncio del 1-O

Gordillo (i), Sanchis (c) y Llorach (d), en el Parlament

Oriol Solé Altimira

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La Audiencia de Barcelona ha dejado más cerca del juicio a algunos de los 30 altos cargos y empresarios procesados por los preparativos del referéndum, entre ellos a los directores de TV3 y Catalunya Ràdio, Vicent Sanchis y Saül Gordillo. En sendos autos, a los que ha tenido acceso eldiario.es, los magistrados de la sección 2a de la Audiencia de Barcelona confirman el procesamiento de los jefes de la televisión y la radio pública catalana por un delito de desobediencia en relación con la emisión del anuncio institucional del 1-O.

Los togados rechazan el recurso de Sanchis y le sitúan dentro de “un plan común dirigido a la preparación, publicitación y celebración del referéndum”. La participación de Sanchis en el plan soberanista, agregan los magistrados, fue “dar publicidad” al anuncio de la Generalitat sobre la votación en contra de lo que le había ordenado el Tribunal Constitucional.

Sanchis recibió el 12 de septiembre de 2017 la orden del Constitucional de impedir cualquier actividad para preparar o celebrar el referéndum. Una semana antes TV3 había empezado a emitir el anuncio de las vías del 1-O, que la mayor parte de medios privados se negaron a publicar. Pese a la orden del Constitucional, la televisión pública continuó emitiendo la publicidad hasta el 29 de septiembre y Sanchis “no hizo el menor atisbo” para paralizar su emisión, concluyen los togados.

“Es precisamente la continuación de la emisión después de la notificación [del Constitucional] lo que indiciariamente tiñe de contumacia la conducta” de Sanchis, continúan los magistrados, que ven “evidencias” de todo ello en los correos y whatsapps que recibió Sanchis y en los que la presidenta de la empresa de los medios públicos catalanes, Núria Llorach, presionó al director de Catalunya Ràdio, Saül Gordillo, para emitir el anuncio.

Pese a reconocer los e-mails y whatsapps con los que Llorach presionó a Gordillo, los magistrados creen que son argumentos que el director de Catalunya Ràdio puede usar en el juicio para lograr la absolución, pero que no son válidos en la fase del procesamiento. Pero hasta que no haya sentencia, remarcan los togados, “se parte de un pacto de coautoría” entre los miembros del Govern y de varios directivos y funcionarios de la administración catalana “en todo aquello dirigido a auspiciar, preparar, organizar, publicitar y llevar a cabo el referéndum”.

Debido al estado de alarma y a la reducción del número de funcionarios, la sección 2a de la Audiencia de Barcelona no ha notificado todavía su decisión a todos los 30 procesados por la jueza. En los cinco autos consultados por este diario, los magistrados confirman el procesamiento dictado por la instructora respecto a los delitos más graves, como la malversación de fondos públicos en el caso del director general de Patrimonio de la Generalitat, Francesc Sutrias.

Sin embargo, los togados revocan el procesamiento del informático Josep M. por el delito de desobediencia al considerar que, más allá de saber que el 1-O estaba fuera de la legalidad, no fue notificado personalmente ni conoció al 100% la decisión del Constitucional de suspender la votación.

Los magistrados estiman el recurso del informático, defendido por la letrada Mònica Caellas, y concluyen que “no existe indicio objetivo” de que el procesado fuera conocedor “certero” de la providencia del Constitucional que suspendió el referéndum, por lo que su actuación supuestamente vinculada al diseño de las webs del 1-O “no puede quedar encuadrado” en el delito de desobediencia. Al ser el único delito por el que fue procesado, Josep M. queda fuera de la causa y no tendrá que ir a juicio tras la decisión de la Audiencia.

Por otro lado, los jueces han confirmado la fianza de 5,8 millones de euros que la instructora impuso a los 17 procesados por malversación de fondos públicos en el referéndum, y que éstos pedían revocar. Argumentaron las defensas que parte de los supuestos gastos destinados al 1-O de la causa de Barcelona son los mismos que el proceso abierto por el Tribunal de Cuentas y que se puede hacer pagar en dos procedimientos un mismo gasto. En cualquier caso, añadieron, se deberían individualizar los gastos correspondientes a los 17 procesados en vez de fijar una fianza solidaria entre todos ellos.

Los magistrados descartan los argumentos de las defensas y zanjan que “no es preciso un especial esfuerzo intelectual para concluir” que los 17 procesados “tenían conciencia de que iban a ser malversados” fondos públicos para llevar a cabo la votación, más allá de la cuantía concreta atribuible a cada procesado.

Respecto a que los mismos gastos supuestamente relacionados con el procés se investiguen en el Tribunal Supremo, el Tribunal de Cuentas y el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, los magistrados reconocen que se encuentran ante un “supuesto ciertamente especial, en cuanto poco usual”. No obstante, mantienen la fianza de 5,8 millones al considerar que deben ser las defensas las que ahora se dirijan a la jueza instructora para determinar “la incidencia” en la causa de Barcelona de tener unos mismos gastos repartidos en varios procedimientos, en vez de hacerlo en un recurso de apelación a su procesamiento efectuado cuando todavía no se había dictado la sentencia del procés.

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