El Gobierno vasco registra 248 desahucios en el primer trimestre, pero insiste en que supone el “1,8%” del total de España
En el primer trimestre de 2025 las estadísticas oficiales del Consejo General del Poder Judicial informan de 248 desahucios practicados en Euskadi, 35 por ejecución hipotecaria y 213 derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos, según explican desde el Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno vasco. Lo hacen en respuesta a una pregunta parlamentaria realizada por Xabier Astigarraga, de EH Bildu en relación con el “aumento” de los desahucios y las medidas adoptadas.
Tras los desahucios, el Departamento de Vivienda y Agenda Urbana confirma que se han presentado de enero a marzo de 2025, 41 solicitudes de adjudicación directa de una vivienda, por tratarse de personas de especial vulnerabilidad. “De éstas, se han dictado 35 resoluciones de adjudicación y se han denegado dos de ellas por falta de aportación del compromiso de colaboración en el pago y por cantidades adeudadas a esta administración por contratos de arrendamiento de vivienda anteriores por la parte interesada, de acuerdo con lo establecido en artículo 12.3 y 16.4 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo”, informan.
El protocolo de actuación que siguen desde el Gobierno vasco es el siguiente: cuando el órgano judicial que conoce de un asunto que pueda suponer el lanzamiento (desahucio) de las personas afectadas de la vivienda que ocupan, aprecie durante cualquier momento de la tramitación del procedimiento una vez iniciado éste, que esas personas puedan encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad, les facilitará información relativa a los servicios y prestaciones de servicios sociales y en materia de vivienda sean éstos de la Administración autonómica o local, en los términos previstos en la normativa de aplicación. Además, se comunicará de oficio por el juzgado la existencia de un procedimiento a los servicios sociales del correspondiente ayuntamiento, siempre con respeto a las normas del procedimiento con objeto de que confirmen o no que el hogar afectado se encuentra en situación de vulnerabilidad y se adopten, en el caso de que sean procedentes las medidas oportunas.
Dichas actuaciones podrán derivar de las administraciones autonómicas y locales competentes en materia de vivienda y servicios sociales. Verificada la comunicación y examinada la situación, el órgano municipal competente adoptará la decisión que proceda, que podrá consistir en: formular una propuesta a la Viceconsejería de Vivienda del Gobierno vasco, de acceso a las viviendas de protección pública y asimiladas, si concurren los requisitos; la tramitación de alguna ayuda o prestación social; la derivación a otro servicio social o declinar la misma por considerar que las circunstancias no permiten concluir que 1,1% del total. La decisión adoptada se comunica por los servicios sociales al órgano judicial.
Desde el Departamento informan que en el primer trimestre de 2025 Euskadi ha representado el 1,8% del total de lanzamientos practicados en el Estado, desglosado en el 1,1% del total de ejecuciones hipotecarias practicadas en el Estado y del 2,2 % de los derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos. “Euskadi representa el 4,8% de los hogares del Estado, por lo que los lanzamientos practicados en Euskadi se han logrado mantener muy por debajo de lo que hubiera sido esperable”, apuntan.
“Afortunadamente, y a pesar de no lograr parar en su totalidad el dolor causado a las personas y hogares vulnerables afectados por los lanzamientos (evento no alcanzado en ningún sitio del Estado), si hemos logrado reducirlo muy por debajo del umbral que nos hubiera debido corresponder”, concluye el escrito, firmado por el consejero de Vivienda y Agenda Urbana Denis Itxaso.
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