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Los incentivos fiscales por la compra de vivienda priman a los que más dinero tienen

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Eduardo Azumendi

Euskadi es la única comunidad autónoma en la que se mantienen de forma generalizada las deducciones a la compra de vivienda a partir de 2013, así como al pago del alquiler. Esas deducciones son una de las desgravaciones 'estrella' en la declaración de la renta. Sin embargo, no beneficia a todos por igual. El impacto de este gasto fiscal en Euskadi no resulta neutro socialmente y no responde a un principio de progresividad fiscal. ¿Por qué? Pues porque la deducción por compra de vivienda beneficia en mayor medida a los niveles de renta medios y superiores, mientras que la deducción por alquiler se concentra en las personas y familias con un nivel de ingresos inferior. Asimismo, los contribuyentes que deducen el pago de la renta de alquiler tienen mayores dificultades para poder alcanzar el tope máximo y disfrutar por completo de la deducción por alquiler. Es una de las conclusiones del informe ‘La Política Fiscal vinculada a la vivienda en Euskadi: alcance e impacto del gasto fiscal’, elaborado por el Observatorio Vasco de Vivienda.

En, 2016 todavía se registran 313.937 declaraciones de IRPF en las que se aplica la deducción por compra de vivienda, apenas un 5,6 % menos que en 2011. Adicionalmente se contabilizan 6.272 declaraciones que deducen lo aportado a la cuenta de vivienda. Así, el 78% de las declaraciones con algún tipo de deducción en el IRPF incluye la deducción asociada a la compra de vivienda, mientras que las declaraciones con deducción por el alquiler suponen el 19 % del total de declaraciones relacionadas con la vivienda.

El impacto de los dos tipos de deducción (compra y alquiler) no es neutro socialmente, recalca el Observatorio. La deducción por alquiler se concentra en las personas con menos ingresos, mientras que la deducción por la compra de vivienda se concentra en los contribuyentes de ingresos medios y altos.

El grueso de las declaraciones que aplican la deducción por pago de alquiler se concentra en los contribuyentes con una base imponible en su declaración inferior a los 30.000 euros. De este modo, la mitad (48,1 %) de las declaraciones que aplican la deducción por alquiler en 2016 dispone de una base imponible inferior a 18.000 euros, frente al 20 % que representan en el caso de la compra estas declaraciones con menor ingreso. “Los colectivos con ingresos menores muchas veces no llegan a poder aplicar las deducciones por alquiler o compra en los niveles máximos”, advierte el informe del Observatorio.

Mientras, el 43,9 % de las declaraciones con deducción por inversión presentan una base imposible superior a 30.000 euros, frente al 23,8 % en caso de la deducción por alquiler. Es decir, que las declaraciones que se benefician de la deducción por compra se concentran en mayor medida en contribuyentes de rentas medias y altas.

Por otro lado, las declaraciones con un mayor nivel de ingreso son las que alcanzan una mayor deducción media, superando los 1.200 euros por declaración a partir de los 42.000 euros. En cambio, los contribuyentes con menor nivel de ingreso no alcanzan a deducir el tope máximo que permite la normativa. Esto es especialmente grave en el caso de los contribuyentes que aplican la deducción por alquiler, dado que el importe de las retenciones realizadas a lo largo del año no es suficiente para poder beneficiarse de la totalidad de las deducciones potenciales.

Casi 400 millones en deducciones

En el ejercicio fiscal 2016, el gasto fiscal en Euskadi que producen estos incentivos fiscales vinculados a la vivienda han supuesto un total de 379 millones de euros. Se trata de una cifra muy considerable: el 3,0 % del conjunto de ingresos fiscales de los tres territorios y el 7,8 % de la recaudación por IRPF.

El impacto de este gasto fiscal es considerablemente superior en Euskadi que en el resto del Estado tras las eliminaciones de las deducciones generales por compra y alquiler. En 2016 esta magnitud de 379 millones de euros representa el 0,6 % del PIB vasco, mientras que en España supone el 0,3 %.

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