Lidiar reses de hasta 7 años: el único apartado que queda vigente de la normativa contra la COVID-19 en Castilla-La Mancha
La normalidad avanza en la región, y por tanto, se van acabando paulatinamente todas las restricciones que se tomaban contra el coronavirus. Aunque parecían casi imperceptibles, en la práctica jurídica seguían vigentes, aunque llegasen a generar “controversias” o “incongruencias”. Así lo explicó el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, quien comunicó que se deroga el decreto del 23 de septiembre de 2021, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Con sólo una excepción: la medida excepcional cuarta, en la que se permite lidiar reses de siete años.
“Mientras permanezcan las limitaciones de prevención y contención para la celebración de los festejos taurinos como consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID- 19, la edad de las reses en los festejos taurinos populares, con excepción de las que participen en los concursos con ocasión de suelta de reses y de recortes y de aquellas que vayan a ser lidiadas posteriormente, no será superior a 7 años, si fuesen machos, ni a doce años, si fuesen hembras, entendiéndose que el año de edad de las reses finaliza el último día del mes de su nacimiento”, señala el documento.
Este párrafo modifica lo que señala el decreto 28/203 que regula los festejos taurinos. En su artículo 16, se señala que las reses que quieran participar en los festejos taurinos populares no pueden ser mayores de seis años, si son machos y de doce, si son hembras. El consejero de Sanidad no ha señalado cuánto tiempo estará vigente esta medida que afecta a los festejos taurinos.
Sí se mantienen las medidas de las residencias
Por otro lado, en la región se mantienen las medidas que se contemplan en el Real Decreto 286/2022 de 19 de abril, como el uso de mascarillas en el transporte público o los centros sanitarios y las que se refieren a las residencias de mayores en Castilla-La Mancha, que se rigen por una orden específica de la consejería de Sanidad. Entre las medidas derogadas se encuentran la obligación de zonificar las piscinas o las separaciones impuestas entre puestos de mercadillos. “Hemos decidido que en la situación actual ya no requiere de estas medidas”, señaló Fernández Sanz.
“Gran parte del decreto había perdido vigencia y otra parte generaba controversias, incongruencias entre sí mismos”, recalcó el consejero. Por eso, ahora se permitirán “todos los festejos populares”, y así se contará con mayor seguridad jurídica y se evitarán “interpretaciones”. “Su vigencia ha decaído y su motivo principal es la variación que existe en el contexto actual de la pandemia”, afirmó.
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