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Absueltos los dos funcionarios que consultaron el expediente de Rocío Carrasco

Los dos funcionarios ante la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia.

EFE

València —

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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a los funcionarios valencianos que habían sido acusados de revelación de secretos por consultar el expediente de violencia machista de Rocío Carrasco y Antonio David Flores tras la emisión de un programa de televisión protagonizado por la hija de la cantante.

Los magistrados consideran que el Código Penal exige la denuncia de la persona agraviada para poder proceder por los citados delitos, algo que no se dio en este proceso, donde únicamente acusaba el fiscal.

Los datos ya se habían difundido

Asimismo, exponen que se considera datos reservados aquellos que son secretos o no públicos, es decir, que el sujeto pasivo desea que no se conozcan, pero “a tenor de la prueba documental aportada y del conocimiento público y notorio” que de esos datos se tiene “son los que han hecho llegar a los medios, con notable profusión, sus identidades, domicilios, filiaciones, así como la condición de denunciante por malos tratos de ella y de autor de él.

Esos datos, a juicio del tribunal, han quedado “fuera de la tutela penal desde el momento en que sus titulares los han hecho públicos sin ningún recato”, amén de haber renunciando a personarse en la causa tras el ofrecimiento realizado por el tribunal.

El motivo de la consulta era profesional

Por otra parte, se advierte que para condenar el delito de revelación de secretos es necesario que quien acceda a los mismos no esté autorizado, y en este caso relativo a funcionarios de la oficina Viogen “no consta ningún precepto previo fehaciente de la extensión y límites de la actividad funcionarial”.

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