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Dos funcionarios declaran que accedieron a datos de Rocío Carrasco en busca de orientación para atender a otras víctimas

Los dos acusados ante la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia.

Lucas Marco

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Dos funcionarios de la Oficina de Atención a las Víctimas del Delito en Sueca (Valencia) se han sentado este jueves en el banquillo de los acusados ante la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia por haber entrado en una base de datos del sistema Viogen para consultar datos sobre el expediente de Rocío Carrasco, el día después de la emisión de la serie documental de Telecinco sobre la televisiva hija de Rocío Jurado.

La serie documental Rocío, contar la verdad para seguir viva, en el que su protagonista relataba la violencia de género a la que fue sometida por su exmarido Antonio David Flores, causó un aumento del 42% de las llamadas al teléfono 016 para víctimas de violencia machista y propició que conceptos como violencia 'luz de gas' o revictimización aparecieran en 'prime time'. De rebote también se detectó que el expediente reservado de la denuncia por violencia machista había sido consultado por funcionarios que no tenían nada que ver con el caso.

La Fiscalía solicita para los dos acusados una pena de tres años y seis meses de prisión, además de inhabilitación absoluta durante seis años, por los presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos. Sin embargo, los dos acusados (un psicólogo y una trabajadora social) han argumentado que si entraron con su usuario y contraseña en la base de datos, lejos de querer fisgonear, era para atender la avalancha de consultas telefónicas que llegaron a su oficina tras la emisión del documental. Ambos han relatado que al no haber visto la serie televisiva, necesitaban acceder al expediente para su “orientación personal” de cara a atender las consultas.

El fiscal, sin embargo, desconfía de esta versión —la ha tildado de “poco creíble”— y considera que los dos funcionarios accedieron a la información de Rocío Carrasco “de forma totalmente ajena a sus funciones”, según indica el escrito de acusación del Ministerio Público. La documentación que consultaron, remarca el fiscal, contenía datos personales y reservados “que no eran conocidos públicamente”.

Así, los encausados pudieron consultar los teléfonos particulares de Rocío Carrasco y de Antonio David Flores, sus direcciones, datos sobre la unidad policial asignada al caso o valoraciones del riesgo. Sin embargo, la defensa de los dos funcionarios, que ejerce el mismo letrado, ha remarcado que los acusados estaban autorizados a entrar en esa base de datos y ha argumentado que la información consultada “no se puede considerar datos sensibles”. “Son datos que han ido paseando por todos los programas de máxima audiencia”, ha dicho el abogado de la defensa. “Ningún perjuicio se les ha podido causar”, señala.

El fiscal, por el contrario, les ha reprochado que el acceso a los datos de ambos personajes televisivos no estaba justificado. “No se puede entrar a todos los datos que queramos”, ha dicho el representante del Ministerio Fiscal en referencia a los trabajadores de la función pública.

Los acusados han negado que entraran a consultar el expediente fuera del ejercicio de sus funciones. Ante la “avalancha de llamadas” recibidas tras la emisión del documental, que aseguran no haber visto, tuvieron la necesidad de informarse de cuál era la situación de la denuncia de Rocío Carrasco.

El psicólogo ha declarado que “no conseguía entender” la consulta telefónica. “Acudí a [la base de datos] Viogen para ver si [Rocío Carrasco] figuraba como víctima, en particular si existía alguna orden de protección y si tenía asignada vigilancia”, ha dicho. A preguntas del fiscal, también ha reconocido que durante toda su carrera profesional nunca antes había accedido a un expediente que no correspondiera a una víctima en cuyo caso estuviera trabajando.

El juez: “No entiendo qué tiene que ver”

En un momento de la declaración de uno de los acusados, el magistrado que presidía la vista ha repetido hasta tres veces que no entendía a qué santo esa consulta en el expediente reservado podía servir para atender las llamadas. “No entiendo yo, usted como psicólogo, qué tiene que ver”, le ha dicho. 

La otra funcionaria acusada, trabajadora social interina, ha declarado en la misma línea: “Entré para contextualizar la situación, para ver qué estaba pasando”. “Nunca podría predecir que realizar esa consulta desencadenara estas consecuencias”, ha lamentado.

A pesar de la versión planteada por la defensa, la declaración de un testigo ha echado un cable a los acusados. Se trata de un jefe de servicio encargado de la instrucción del expediente disciplinario (en el ámbito administrativo) de ambos funcionarios. Los acusados, ha explicado el testigo, se libraron de sanciones disciplinarias porque no se encontró constancia de un “uso externo” de la información consultada ni ninguna “prohibición expresa” en los manuales de la administración que regulan el acceso a las bases de datos de violencia de género.

“La simple consulta no es una infracción si no hay mala fe o no se demuestra”, ha agregado el testigo (cuya declaración el magistrado ha enmarcado prácticamente en una pericial). Los dos acusados no son los únicos funcionarios que consultaron los mismos datos. Otros seis trabajadores públicos han sido investigados en el marco de expedientes disciplinarios de la Generalitat Valenciana por haber accedido a la misma información.

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