La Generalitat recurrirá el cierre de la tercera fase de la depuradora de Pinedo por los efectos medioambientales
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ordena al Ayuntamiento de Valencia el cierre de la fase 3 del sistema de depuración de Pinedo. Esta fase de la EDAR (estación depuradora de aguas residuales) fue construida por la Generalitat Valenciana a través de la Empresa Pública de Saneamiento de Aguas Residuales. La EPSAR licitó las obras y abonó los costes de construcción con cargo al canon de saneamiento recaudado, con un coste total de 45.692.561,05 euros, la obra principal y de 5.384.793,70 euros, las obras complementarias.
La Generalitat estudia recurrir la ejecución de la sentencia por las graves consecuencias medioambientales que supondría el cierre de esta fase de la EDAR. Significaría dejar fuera de servicio las instalaciones correspondientes al tratamiento biológico de la línea 2 de tratamiento de Pinedo así como el tratamiento terciario de las aguas, con diferentes consecuencias.
Dado que el sistema de depuración de Pinedo trató en el ejercicio 2016 un caudal medio de 303.758 m3/día, solamente podría recibir tratamiento biológico en Pinedo 1 un caudal máximo de 124.900 m3/día. Por lo tanto, 178.858 m3/día recibirían únicamente un tratamiento primario en Pinedo 2.
Esta agua tratada en Pinedo 2 (178.858 m3/día) incumpliría los límites de vertido establecidos en la Directiva del Consejo 91/271/CEE, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
No se podría reutilizar ningún caudal del sistema Pinedo para riego, dado que el envío de aguas hacia la Acequia del Oro o la Acequia de Favara requiere eliminación de nutrientes (nitrógeno y fósforo) por debajo de los límites establecidos en la Directiva del Consejo 91/271/CEE. Esto es así porque el agua se envía a una zona catalogada como sensible (Parque Natural de la Albufera), y el tratamiento biológico de Pinedo 1 no está diseñado para eliminación de nutrientes.
Al no poder reutilizarse el agua regenerada en agricultura (en 2016 se enviaron 20 hm3), se verían comprometidos los cultivos de arroz de la zona norte de la Albufera que se riegan con estas aguas, generado un importante perjuicio hídrico para la Cuenca Hidrográfica del Júcar.
La totalidad de las aguas depuradas en el sistema Pinedo se deberían verter al mar a través del emisario submarino existente. La mezcla del agua vertida, procedente de Pinedo 1 con tratamiento secundario y de Pinedo 2 con tratamiento primario, no cumpliría con los límites de vertido establecidos en la Directiva del Consejo 91/271/CEE, ni con los límites de vertido establecidos en la Autorización de Vertido al mar.
Los lodos producidos en Pinedo 2 no se podrían tratar, dado que la digestión anaerobia de Pinedo 1 no tendría suficiente capacidad para tratar la totalidad de lodos generados en Pinedo 1 y Pinedo 2.
Respaldo municipal
El Ayuntamiento respalda el recurso de casación que la Generalitat Valenciana va a interponer contra la sentencia del TSJCV. “Lógicamente, el Ayuntamiento acata todas las sentencias y da cumplimiento a las mismas cuando sean firmes, pero en este caso entendemos la posición de la Generalitat, que va a presentar un recurso que está plenamente justificado”, ha manifestado el concejal del Ciclo Integral del Agua, Vicent Sarrià.