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La Generalitat trata de proteger el negocio anual de tres millones de la discoteca l'Umbracle de València

La discoteca L'Umbracle, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —
18 de abril de 2026 02:03 h

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La Generalitat Valenciana ha intervenido para tratar de salvar un negocio privado que ronda los tres millones de euros de beneficio. La empresa pública Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) ha presentado un incidente de ejecución en relación con la reciente sentencia de la Plaza número 8 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de València, que obliga al ayuntamiento que dirige María José Catalá a “adoptar las medidas necesarias, inclusive revocación de autorizaciones o reubicación de eventos o actividades, para imposibilitar definitivamente la violación de los derechos fundamentales” de los vecinos de la zona que sufren el ruido del Festival de les Arts o de la discoteca de l'Umbracle.

El escrito de CACSA, “pese a no ser parte directamente afectada por el fallo”, solicita al juzgado que se pronuncie sobre la “posibilidad de que puedan mantenerse en el recinto aquellas actividades musicales en las que se adopten, por parte de los promotores y la dirección de la Terraza Umbracle, las medidas adicionales necesarias que permitan controlar y garantizar que no se vulnera la ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica”.

La empresa pública de la Generalitat plantea, a su juicio, una “solución” para compatibilizar los eventos musicales que cumplan con las medidas para evitar la contaminación acústica con el respeto de los niveles sonoros previstos legalmente “e impidan la vulneración de los derechos fundamentales de los vecinos”.

CACSA anuncia refuerzos de las medidas contra el ruido “con la exigencia de que cada promotor deberá presentar un plan de actuación en sede judicial, de forma previa al evento, y garantizar que los medios técnicos y tecnológicos con los que llevará a efecto cada actividad y el procedimiento de control de los mismos cumplirán con las condiciones exigidas”. 

La Generalitat, por otro lado, destaca el “reconocimiento” que la propia sentencia hace de la Ciutat de les Arts i les Ciències como un “espacio de interés general en el que se desarrollan actividades con una clara dimensión pública, cultural y de proyección exterior”.

La falta de legitimidad de CACSA, según la sentencia

En la sentencia, además del Ayuntamiento de València, figuraba como codemandada la empresa Ocio y Entretenimiento Costa Este SL, responsable de L'Umbracle. Los vecinos demandantes, que habitan fincas cercanas de la avenida del Profesor López Piñero, reprochaban al consistorio y a la empresa que “cada vez” que en la Ciudad de las Artes y las Ciencias “está en funcionamiento la Terraza de la Discoteca del Umbracle o se efectúan al aire libre festivales musicales y conciertos en directo, se producen transmisiones acústicas por vía aérea que causan inmisiones de ruidos insoportables y no tolerables para el ámbito privado de las viviendas”.

El juez aludía al levantamiento de hasta 11 actas relacionadas con la contaminación acústica “sólo en el Umbracle” por parte de la Policía Local de València y destacaba la falta de legitimidad de CACSA, “al carecer de facultad inspectora o sancionadora” frente al ejercicio de las competencias municipales.

La sentencia recordaba que Ocio y Entretenimiento Costa Este SL es la titular de la autorización concedida por CACSA y cede la explotación de la discoteca a HFS Salamandra SL, que cuenta con el 29% de las participaciones de la primera. La firma codemandada, según sus últimas cuentas anuales depositadas ante el Registro Mercantil, declara unos beneficios de 2,8 millones en 2023, frente a los 3,6 millones del ejercicio anterior.

Controles municipales “escasísimos” y “deficientes e ineficaces”

El juez criticaba los “escasísimos controles municipales” por parte del Ayuntamiento de València que, cuando se han hecho, “han sido deficientes e ineficaces” y han eludido “sistemáticamente, pese a las numerosas quejas”, las mediciones correctas (en destino), “tapando así la contaminación acústica real que pudiera derivarse de tales actividades”.

La sentencia enumeraba la superación de los límites máximos de decibelios permitidos desde hace una década, especialmente en relación con el Festival de les Arts, el Big Sound Festival o la discoteca L'Umbracle.

También rechazaba que el Ayuntamiento de València se escudara en “meras certificaciones o autocontroles unilaterales” (como las auditorías acústicas “supuestamente favorables a la discoteca”) que, en ningún caso, desvirtúan el “superior valor probatorio de auténticas pruebas periciales que tienen en cuenta tanto lo que pueda favorecer como perjudicar a emisor y receptor”.

Además, la sentencia deslizaba, en sintonía con el Ministerio Fiscal, que cuando el Consell “elimina” la obligación de licencia municipal previa no desaparece el “control posterior ni la potestad de inspección o sanción” del consistorio. “El Ayuntamiento ya no otorga una licencia, pero sigue controlando el uso del espacio público, el ruido, la seguridad y el cumplimiento de horarios”, explicaba.

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