La jueza de la DANA reitera la “negligencia grosera” de Pradas y censura que no asuma su papel en el Cecopi
La jueza de la DANA insiste en una nueva tanda de autos dictada este viernes en la “negligencia grosera” cometida el pasado 29 de octubre por parte de los dos imputados en la causa: la exconsellera Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. “Los investigados ni siquiera han asumido a día de hoy quién debía ostentar la dirección de la emergencia, aunque sus propios actos en el Cecopi [Centro de Coordinación Operativa Integrado] lo desmintieran, desplazaran la responsabilidad a los técnicos y, en general, a cualquier persona o Administración que no les afecte”, afirma en una de las resoluciones.
La magistrada destaca sus principales tesis y asegura que Pradas y Argüeso “se muestran ajenos a la normativa estatutaria, legal y reglamentaria que los convertía en garantes ante una situación de emergencia como la que tuvo lugar el 29 de octubre de 2024”, día de la DANA a consecuencia de la cual fallecieron 228 personas.
La instructora recuerda que “se retrasó el aviso a la población de una forma difícilmente soportable y explicable para los familiares de los fallecidos”. También reitera que el aviso remitido a los móviles era “evidentemente erróneo”. Además, los investigados, según reprocha la magistrada, “se cruzaban o enviaban mensajes o comunicaciones, sin resultado material alguno para proteger a la población”.
Sin embargo, el auto descarta que la conducta de la exconsellera y del ex alto cargo del Gobierno de Carlos Mazón sea incardinable en el supuesto solo eventual que convertiría en doloso los presuntos homicidios imprudentes que se les imputan indiciariamente, tal como sugería la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià para solicitar diligencias sobre los datos de los móviles corporativos de la Generalitat que usaban Pradas y Argüeso. Una información que, según el ordenamiento jurídico, la instructora solo podría obtener en caso de delito doloso.
Pide información sobre los técnicos del Es-Alert
Por otro lado, la jueza ha descartado pedir datos sobre el sistema 'CoordCom', la columna vertebral tecnológica de la respuesta a las emergencias, tal como solicitaba la acusación popular que ejerce Ciudadanos. La petición de la representación jurídica del partido naranja era “indeterminada y genérica”, afirma la instructora.
La resolución sí que acepta que se pida a la Conselleria de Emergencias, dirigida por Juan Carlos Valderrama, a todos los técnicos que estaban acreditados para redactar y validar los mensajes del Es-Alert, qué formación habían recibido y quiénes se encontraban trabajando el 29 de octubre.
El técnico del Centro de Coordinación de Emergencias que validó el aviso automático a los móviles el día de la DANA declaró ante la jueza el pasado 15 de mayo que 23 trabajadores cuentan con permiso de autor del Es-Alert y 14 de validador.
Un mensaje “fiable” sobre la “seriedad” de la emergencia
“Lo decisivo”, argumenta la jueza en el auto, “no era el medio utilizado” sino que el mensaje llegara “de forma correcta, fiable o a través de una autoridad de suficiente relevancia institucional que permitiera que la población tuviera conocimiento de la seriedad de la emergencia, del riesgo que afrontaba y de que debían de atenderse las instrucciones que se daban”. Se trata, apostilla, de “una aseveración de sentido común”.
La instructora ya había indicado en autos anteriores que su investigación no se centra únicamente en el Es-Alert; también en el hecho de que la Generalitat podía haber alertado a la población con otros recursos aún más sencillos.
“Canales generalistas, radios, prensa, en general medios de comunicación, hubieran podido ser transmisores de un mensaje que realmente salvaguardara a la población y que, de hecho, nunca llegó”, afirma el auto.
El primer representante de la Generalitat que pidió a la población que se refugiara en altura fue el president Carlos Mazón a las 21.30, cuando ya se habían producido fallecimientos y cientos de personas permanecían atrapadas por las inundaciones. Unos trasnochados consejos que la jueza tildó de “completamente inútiles”.
Deniega pruebas sobre Forata
Por otro lado, la jueza ha denegado (de nuevo) la solicitud por parte de una de las acusaciones particulares de un informe anual de la presa de Forata, al considerarlo “redundante” respecto a los que ya constan en el sumario.
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja recuerda que la Guardia Civil está elaborando un informe sobre la cronología de los hechos del 29 de octubre y que ya se solicitaron datos sobre la presa a la Confederación Hidrográfica del Júcar.
Una vez más, la jueza recuerda a la misma acusación particular que la presa de Forata se sitúa en una “cuenca completamente distinta” de aquella en la que falleció la pareja de la mujer cuya representación jurídica pedía las diligencias. “Dicha prueba en nada servirá para esclarecer las causas y circunstancias de su fallecimiento”, afirma el auto.
Además, un cuarto auto ha admitido la personación en el procedimiento, como acusación popular, de la Asociación Valenciana de Agricultores.
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