Nuevo caso de enchufismo en el Hospital La Fe: denuncian la adjudicación 'a dedo' de una plaza de reproducción asistida
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Hace unas semanas se presentaban escritos ante el Ministerio y la Conselleria de Sanidad para denunciar la convocatoria de una plaza 'a medida' para personal no sanitario en el Hospital La Fe de València. Ahora, otra trabajadora de este centro hospitalario, María Torres, ha denunciado otro caso de “enchufismo”. En este caso se trata de la convocatoria de una plaza de biólogo/embriólogo clínico, que al no tener la especialidad reconocida, la plaza se otorga por concurso de méritos.
En 2025, el Hospital Universitari i Politècnic La Fe convocó una plaza de características específicas (la número 43.497) para un titulado superior en Biología o Embriología Clínica. Torres explica que el proceso consistía en la valoración de los méritos profesionales de los aspirantes por medio de un baremo dividido en distintos apartados de valoración, entre los que se encontraban los servicios prestados en instituciones sanitarias públicas (A.1) o la experiencia acreditada en las funciones específicas de la plaza ofertada (B.4).
Tal y como indica María, presentó su candidatura y aportó toda la documentación de experiencia profesional, “tanto en centros públicos como privados, incluyendo certificados de servicios prestados y funciones desarrolladas”. Cuando se publicó el listado provisional de puntuaciones, se le reconocieron “de forma correcta” los servicios prestados en sanidad pública en el apartado A.1, “pero no se valoró ninguna experiencia en el apartado B.4”.
Según denuncia, se produjo un “cambio de criterio” durante el proceso: “La comisión de valoración justificó esta decisión afirmando que el apartado B.4 solo valoraba la experiencia en centros públicos o que esta debía acreditarse mediante certificados por jefes de servicio. Sin embargo, este requisito no figuraba en las bases la convocatoria y los aspirantes no fueron informados previamente de que fuera necesario presentar ese tipo de certificados”. Además, relata, no se concedió ningún plazo de subsanación para aportar esa documentación una vez aplicado ese criterio“.
Nuevo requisito de acreditación
Esto supone, sostiene la denunciante, que se introdujo un nuevo requisito de acreditación “después de finalizado el plazo de presentación de solicitudes, sin dar opción a los candidatos a adaptarse a esa exigencia”. “Es todo muy turbio, con un cambio de las reglas a posteriori, sin que se nos permita aportar la documentación que inicialmente no se pedía para favorecer a un candidato en concreto”, sostiene María, quien denuncia las irregularidades que sentencia se produjeron en la convocatoria y no se resigna a aceptar esta situación: “A una persona le valoran doblemente uno de los requisitos y a otros no nos puntúan un apartado que no sabíamos que teníamos que presentar, quitándome, en mi caso, 20 puntos en la baremación”.
Ante esta situación, Torres presentó alegaciones frente al listado provisional en las que sostenía que el criterio aplicado “no estaba previsto en las bases”, que la experiencia profesional aportada “sí acreditaba funciones específicas de la plaza” y que, en cualquier caso, debía concederse trámite de subsanación si la comisión consideraba insuficiente la documentación. Sin embargo, lamenta que las alegaciones fueron desestimadas “sin conceder dicho trámite” y, además, la adjudicación de la plaza se produjo “antes de resolver las alegaciones”.
Otro aspecto del procedimiento sobre el que llama la atención es que la plaza fue adjudicada al candidato B.D.L., “hijo de un anestesista del Hospital, que fue nombrado y tomó posesión del puesto el 11 de noviembre de 2025”. “Esto ocurrió antes de que se resolvieran las alegaciones presentadas por los candidatos frente al listado provisional, y sin que se publicara previamente un listado definitivo con pie de recurso”, insiste.
Ante esta situación, María ha interpuesto un recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico de la Conselleria de Sanidad por medio del cual solicita, entre otras cuestiones, que se revise la no valoración del apartado B.4, que se permita subsanar la documentación exigida posteriormente y que se facilite el acceso a los méritos aportados por el candidato finalmente adjudicatario, “para verificar la correcta aplicación del baremo”. “He trabajado en Hospital de Albacete y en el General con méritos, y los procesos siempre han sido transparentes”, apunta Torres.
Respuesta a las alegaciones
La comisión de valoración contestó a las alegaciones de María Torres asegurando que “no se introduce un 'criterio restrictivo' en el acta” al considerar que la acreditación de la experiencia por el jefe de servicio es un “criterio objetivo para verificar la experiencia en estas plazas declaradas de características específicas, evitando que se incorporen profesionales que puedan requerir un amplio periodo para alcanzar los conocimientos y la práctica necesaria”. Así, sentencian que la acreditación de la experiencia por el jefe de servicio correspondiente debió ser presentada “en tiempo y forma, cosa que no sucedió”, por lo que la documentación adjuntada por Torres “en este momento no puede ser valorada por esta comisión”.
La Conselleria de Sanidad, preguntada por elDiario.es sobre este asunto, ha declinado realizar ninguna valoración al respecto al alegar que no entra en casos particulares.
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