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Trabajo tumba el ERTE de EMT València pese a estar pactado entre la empresa y los sindicatos

Un autobús de la línea 5

Carlos Navarro Castelló / Sergi Pitarch

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El Expdiente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que acordó la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València con los sindicatos no ha llegado a buen puerto.

Según ha averiguado eldiario.es, la dirección general de Trabajo, dependiente de la Conselleria de Economía, no ha dado el visto bueno al ERTE al considerar que no concurren las condiciones exigidas para que se considere “de fuerza mayor”, tal y como alegó la EMT.

La clave es que al ser una empresa pública y proceder más de la mitad de sus ingresos, en concreto un 58%, de aportaciones directas del Ayuntamiento, no puede acogerse las condiciones especiales recogidas en el decreto del estado de alarma.

Así, instan a que vuelvan a presentarlo alegando “causas productivas”, una modalidad que supondrá un mayor coste para las arcas de la empresa municipal al implicar que la Seguridad Social se hace cargo de un menor porcentaje de los salarios, por lo que la EMT necesitará más recursos para compensar la diferencia hasta llegar al 100% de las nóminas, tal y como había pactado con los sindicatos.

Como informó este diario, existen discrepancias entre las direcciones de trabajo de las diferentes comunidades autónomas a la hora de dar validez a los ERTE en empresas públicas. Así, por ejemplo, mientras en Sevilla se aprobó el ERTE de la empresa municipal de autobuses, en Valladolid no prosperó.

La EMT acordó con los sindicatos un expediente temporal que afectaría a 433 trabajadores de una plantilla que ronda los 1.500 empleados.

Según las previsiones de la empresa, el descenso en más de un 90% de viajeros sufrido desde el inicio de la crisis a mediados de marzo que obligó a la entidad a reducir un 45% el servicio, supondrá solo en el mes de abril una merma de ingresos de tres millones de euros, lo que justifica el ERTE con el que la EMT prevé ahorrar en torno a un millón de euros hasta el 10 de mayo.

Está prevista una reunión este jueves por la tarde entre la dirección de la empresa y los representantes sindicales.

Desde la dirección de Trabajo han argumentado que su decisión se basa en dos informes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social en consulta de fecha 13 de abril de 2020 y por la Abogacía General del Estado del Ministerio de Justicia del 19 de marzo de 2020.

En ambos el criterio se basa en la Disposición Adicional Decimoséptima del Estatuto de los Trabajadores que interpreta las causas de suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada que marca el artículo 47 del mismo Estatuto.

Por tanto, un ERTE por causas de fuerza mayor no sería aplicable en las sociedades mercantiles calificadas como “administración pública” a efectos de contabilidad, según sea la naturaleza pública o privada de su fuente de financiación mayoritaria para determinar si pueden o no acudir a las medidas establecidas en el artículo 47 el vigente Estatuto de los Trabajadores.

En este sentido, la autoridad laboral autonómica entiende que la empresa EMT, ente perteneciente al sector público local del Ajuntament de València, no se financia mayoritariamente con ingresos obtenidos como contrapartida de operaciones realizadas en el mercado sino mediante transferencias económicas de su propietario y, por ello, no resulta posible para la misma acudir a los procedimientos de suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada recogidos en Estatuto de los Trabajadores, en relación, en este caso, con el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por lo que se informa desfavorablemente a la medida solicitada por la empresa.

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