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Tráfico de influencias, abuso de derecho, cohecho: las condenas judiciales que afean los 10 años de Feijóo en la Xunta

Reunión del Gobierno de Feijóo y fragmentos de sentencias contra la Xunta

David Reinero

Tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a funcionarios, soborno, vulneración de los derechos laborales, abuso de derecho, desviación de poder, comportamiento malicioso. Todas esas ilegalidades, varias de ellas delitos, vienen siendo constatadas en numerosas sentencias judiciales emitidas contra la Xunta o cargos del Gobierno gallego desde que hace ahora diez años, el 1 de marzo de 2009, Alberto Núñez Feijóo ganó sus primeras elecciones autonómicas. Él, que durante su larga campaña para derribar al gobierno bipartito de PSdeG y BNG precedente le atribuyó desde prevaricación hasta muertes por incendios forestales, lleva una década minimizando las ilegalidades cometidas bajo su presidencia o justificando que la propia Xunta no las persiga. Su estrategia en este tiempo es la de tratar las sentencias como si fuesen críticas partidistas de la oposición e incluso lamentar que los medios de comunicación publiquen las condenas contra la Xunta pero no las veces en que los tribunales dicen que cumple con su deber y actúa como debe.

La condena más significativa en estos diez años contra cargos del Gobierno gallego fue la del caso Campeón de corrupción alrededor del empresario lucense Jorge Dorribo. Tráfico de influencias y negociaciones prohibidas a funcionarios son los delitos por los que fueron condenados, por ayudar a Dorribo, el entonces diputado autonómico del PP Pablo Cobián, el director del Instituto Galego de Promoción Económica (Igape), Joaquín Varela de Limia, y el subdirector de Información Especializada de ese mismo ente dependiente de la Consellería de Economía, Carlos Silva. En el caso Campeón el propio Feijóo avaló que la Xunta no acusase a los tres cargos políticos pese a sí pedir penas contra los otros nueve empresarios también implicados y frente al criterio de la Fiscalía de actuar contra todos ellos. Tiempo después, el presidente incluso llegó a hacer un reconocimiento público y expreso al director del Igape condenado.

La Xunta tampoco acusó a uno de los dos técnicos de la Consellería de Cultura y de la entidad gestora del Xacobeo condenados por cohecho en una trama de corrupción con arte sacro rehabilitado con fondos públicos, el denominado caso Retablo, con cientos de miles de euros de por medio. El caso se saldó con la aceptación por parte de la Xunta de un acuerdo por el que los dos técnicos autonómicos condenados vieron rebajadas sus penas a multas de sólo 2.000 y 720 euros respectivamente. “Delinquir no sale barato”, valoró Feijóo esas condenas.

Feijóo también avaló que tampoco formule acusación la Xunta, que no está ni personada en la causa, en el caso Cela, pendiente de juicio, en el que están acusados de malversación de fondos públicos autonómicos en la fundación del premio Nobel su viuda, Marina Castaño, así como el exconselleiro popular Dositeo Rodríguez, la hija de éste y el exgerente de la entidad, dependiente de la administración autonómica y por lo tanto considerados a esos efectos los acusados como “funcionarios públicos a efectos penales, por desempeñar funciones en una fundación del sector público”. La renuncia de la Xunta a perseguir delitos personándose en las causas o formulando acusación contra cargos autonómicos se suma a las reticencias del Gobierno gallego a lo largo de la última década a que se cree una Fiscalía Anticorrupción en Galicia.

Más allá de los llamativos delitos de corrupción, es habitual que las administraciones públicas sean condenadas por irregularidades en la gestión de su personal. No es tan habitual que las sentencias atribuyan a esas ilegalidades una intencionalidad. Pero así lo hizo el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) al considerar que el Gobierno gallego había actuado de manera “maliciosa” al fijar servicios mínimos de la huelga feminista del 8 de marzo del pasado año.

El tribunal reprochó a la Xunta que venga vulnerando de manera recurrente el derecho de huelga, con numerosas sentencias que así lo certifican. Sin embargo, la respuesta de Feijóo fue restar importancia a esas sentencias y lamentarse de que sean noticia las condenas a la Xunta pero no las veces en que los tribunales certifican que actúa como está obligada.

Las condenas a la Xunta en la última década por cuestiones laborales llegaron al punto de establecer, en el caso de la muerte en 2010 de dos brigadistas en un incendio forestal, la existencia de “relación de causa a efecto” entre la actuación de la administración autonómica, que había tardado en desplazar a la zona una motobomba, y el fallecimiento de los dos trabajadores. Dos años y medio antes, en la oposición, el propio Feijóo había cargado contra la Xunta de PSdeG y BNG: “Con nosotros no moría gente en los incendios”.

Sin llegar a esa gravedad, en su trato con sus trabajadores la Xunta viene acumulando sentencias por todo tipo de discriminaciones, desde pruebas de acceso a la función pública resueltas de manera “discrecional” hasta despidos en los que los tribunales ven una intencionalidad espuria más allá de irregularidades administrativas. Una “conjura” y “maquinación” de un tribunal para amañar unas oposiciones o el despido de una trabajadora con un “abuso de derecho rayano en la prevaricación”, según las expresiones empleadas por los jueces, son algunos de los ejemplos en ese campo.

El pasado octubre el TSXG llegó a apreciar en la Consellería de Educación una “evidente muestra de un nepotismo que, lejos de perder arraigo en la administración pública, parece reforzarse”. Así lo sentenció al anular una plaza que la consellería había creado “ad hoc” para beneficiar a una cuñada de la secretaria general de Igualdad de la Xunta, Susana López Abella.

En ese y en otros muchos casos de discriminación o favoritismo con funcionarios los tribunales vienen sentenciando que existió desviación de poder. Lo mismo que consideró el TSXG que existió con otras decisiones administrativas del Gobierno gallego adoptadas en reuniones presididas por el propio Feijóo como la de intentar legalizar miles de viviendas ilegales en Barreiros con obras sufragadas con dinero autonómico porque no las habían acometido los promotores privados. También desviación de poder encontró un tribunal aún más alto, el Supremo, en la decisión de paralizar en 2009 autorizaciones de parques eólicos otorgados por el bipartito.

E igual que en el campo laboral la Xunta recibió sentencias que van más allá de constatar irregularidades administrativas, también en el campo social y sanitario el Gobierno gallego ha sido condenado en la última década por actuaciones que para los jueces superan lo que se podría considerar un error médico. Eso podría ser lo que hubo en un primero momento en el caso de una paciente cuya vida el servicio gallego de salud (Sergas) puso en peligro y mandó a Madrid para un aborto terapéutico en el que perdió el útero. “Lentitud, falta de reflejos, ignorancia, inoperancia, ineficacia temeraria y falta de sensibilidad” son algunas de las palabras que empleó el juez en la condena, pero dejando claro que el reproche iba más allá de los facultativos que atendieron a la mujer y señalando que “el Sergas se desentiende de la situación de la recurrente y la deriva a Madrid, para que resuelvan allí la embarazosa situación, para que se zafen allí del problema”. “Representa un fracaso estrepitoso del sistema”, concluía el juez en un caso en el que el propio Feijóo acabó pidiendo “disculpas” en público.

Si en ese caso la Xunta fue condenada por no actuar, también hay sentencias contra ella por excederse en sus actuaciones. Es el caso de una condena al Gobierno gallego por rebajar la dependencia de un hombre que había pedido revisarla al alza. El TSXG criticó que ante la petición del dependiente la Xunta actuase “en manifiesto perjuicio” de él y le rebajase el grado de dependencia en lugar de limitarse a negarle la revisión. El hombre acabó falleciendo antes de que el tribunal le diese la razón frente a la Xunta.

Además de estas y otras muchas condenas, numerosas sentencias emitidas en los últimos años constatan, a pesar de no condenar a la Xunta de manera expresa, diversas irregularidades cometidas por el Gobierno gallego. Fue el caso del archivo de la imputación por prevaricación que pendió sobre el director general de Ordenación Forestal, Tomás Fernández-Couto, por la manera en que encargó a dedo a una empresa el servicio de helicópteros contra incendios sin ningún tipo de contrato de por medio, una más de las diversas irregularidades detectadas en esos servicios por el Consello de Contas, el ente independiente de fiscalización de la Xunta. El juez ratificó que el procedimiento había sido ilegal pero no vio delito de prevaricación, que requiere una intencionalidad, porque no apreció “capricho” en la actuación del alto cargo.

Del mismo modo, numerosas sentencias vienen evidenciando la incapacidad de la Xunta de prestar una atención adecuada a las más de 3.000 personas adultas que tutela a través de la Fundación Pública Gallega para la Tutela de Personas Adultas (Funga), con sólo 23 trabajadores. Tutelados que ejercen la mendicidad e incluso uno que cometió un asesinato, desvío de responsabilidades propias a otras administraciones o entidades sociales, o relaciones laborales conflictivas en su seno son algunos de los fallos en el funcionamiento de la Funga que vienen poniendo en evidencia los tribunales en los últimos años. En muchos de esos casos, reflejan las sentencias, la Xunta ni se personó en los procedimientos judiciales.

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