Solo 521 de los 17.000 pisos turísticos de Madrid operan legalmente al entrar en vigor el Registro Único de Alquileres
Este martes 1 de julio ha entrado en vigor en España el registro único de alquileres de corta duración, una herramienta con la que el Ministerio de Vivienda espera poner coto a la publicidad de pisos turísticos ilegales en ciudades como Madrid, al ser necesaria su inclusión para poder publicitarse en páginas web turísticas.
De acuerdo con este registro, el primer día de aplicación (después de seis meses de adaptación a la norma) solo disponen de este número 521 viviendas de uso turístico figuran inscritas en el registro oficial, frente a las más de 17.000 que se anuncian en plataformas como Airbnb. El dato lo ha revelado la portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid, Reyes Maroto.
“Esto evidencia que el fenómeno está completamente fuera de control y que el alcalde, en seis años de mandato, ha sido incapaz de frenarlo”, ha denunciado desde el distrito Centro, una de las zonas más afectadas por la expansión sin control de este tipo de alojamientos.
Maroto acusó a Almeida de permitir una “ilegalidad manifiesta” que tiene consecuencias directas en la convivencia vecinal y en el encarecimiento del alquiler: “Barrios enteros están expulsando a sus vecinos porque estas viviendas ilegales deterioran la calidad de vida y disparan los precios”. En ese sentido, afirmó que alquilar un piso en Madrid “se ha convertido en una misión imposible”.
El Ayuntamiento recibió este lunes la dirección postal de 3.500 pisos turísticos ilegales por parte del Ministerio de Consumo, de los que pidió al equipo de Almeida su cierre inmediato al tener el consistorio las competencias de inspección de estas actividades.
Qué es es Registro Único de Alquileres
Con este registro, que entró en vigor el 2 de enero, el Ministerio de Vivienda busca atajar el fraude en los pisos turísticos ilegales. Todo ello en un contexto marcado por la crisis de vivienda que vive España ante la falta de oferta para atender a una demanda creciente, la consecuente escalada de los precios y las dificultades de acceso, especialmente para los jóvenes y los más vulnerables.
Con su puesta en marcha, España se convierte así en el primer país de la Unión Europea que pone en marcha este reglamento europeo. La nueva norma opera desde este 1 de julio -seis meses después de su publicación- sobre alquileres turísticos, de temporada, los alquileres de habitaciones o de otras propiedades, como barcos, que permitan el alojamiento de corta duración y que conlleven una remuneración económica, siempre que se oferten a través de plataformas en línea.
Una vez iniciado julio, los alojamientos que no tengan este código de registro no podrán mantenerse en activo en las plataformas. Las plataformas están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen con este número sus viviendas, a garantizar que las personas arrendadoras puedan incluirlo en los anuncios y que éste sea visible; realizar comprobaciones aleatorias y periódicas e informar cuando sean negativas o a recoger y transmitir mensualmente los datos de actividad por unidad.
La transmisión de los datos por parte de las plataformas en línea de alquiler de corta duración a la ventanilla única digital de arrendamientos -que centraliza los trámites relacionados con el registro y la consulta de datos- es de carácter mensual. En el caso de las plataformas pequeñas y microplataformas, los datos se transmitirán al final de cada trimestre.
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