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La Audiencia Nacional resolverá sobre el alcance del fin de la 'doctrina Parot'

Aitor Guenaga

Bilbao —

Todo el poder a la Audiencia Nacional. A partir de ahora, seran los tribunales sentenciadores los que irán decidiendo “caso por caso” el alcance de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Estrasburgo tumbó ayer la doctrina Parot, aquella que ha permitido alargar de manera irregular desde febrero de 2006 la estancia en prisión de los etarras con condenas más altas por multiples crímenes y de peligros delincuentes. La decisión choca con la doctrina de los tribunales Supremo y Constitucional español que no apreció en la doctrina Parot una aplicación retroactiva de la norma en perjuicio del recluso.

La Sala de lo Penal Audiencia Nacional valorará hoy en reunión extraordinaria a primera hora de la mañana el caso de Inés de Río, después de que su abogada ya haya solicitado su excarcelación al calor de la sentencia de Estrasburgo. Se espera una resolución de libertad prácticamente inmediata en el caso de la exmiembro del 'comando Madrid', condenada a más de 3.000 años por 24 asesinatos. El viernes, además, la misma sala tiene previsto mantener otra reunión, en este caso ordinaria en la que, entre otros asuntos, se examinarán dos casos de la doctrina Parot. Se trata de los casos de los etarras Josefa Mercedes Ernaga y Juan Manuel Piriz López. Ernaga fue miembro del 'comando Barcelona' y fue condenada por la matanza de Hipercor, mientras que Piriz cumple condena por asesinato. La Audiencia Nacional acumula una treintena larga de casos a los que se les puede aplicar la sentencia contraria a la 'doctrina Parot', mientras que el Tribunal Constitucional tiene cerca de una veintena de casos referidos a etarras, 17 pendientes de sentencia y el resto de admisión a trámite. El propio tribunal europeo tiene en cartera también la revisión de otros 30 casos.

Por su parte, el Tribunal Supremo tiene seis recursos pendientes, según fuentes del alto tribunal. Precisamente, el viernes pasado el Supremo hizo públicas dos sentencia relacionadas con esta doctrina en las que, aludiendo a los argumentos del Constitucional de 2012, en uno de los casos se confirmó la doctrina, mientras que en el otro, el de Josu Ziganda, en libertad desde el pasado mes de mayo, se da el visto bueno a su excarcelación pese a la oposición de la Fiscalía. En el cas de Juan María Gabirondo, que no saldrá de prisión hasta 2016, se confirmó la doctrina Parot, ya que no tenía una resolución judicial “firme e intangible” de la que derivara un criterio de cómputo de redenciones de pena por trabajo distinto del aplicado.

El presidente de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el luxemburgués Dean Spielmann, en la lectura del fallo a las 11.30 de ayer, ratificó la sentencia de la sala inferior europea adoptada por unanimidad. En aquella resolución dictada en primera instancia, adoptada por la Sala Tercera de la Corte europea el 10 de julio de 2012, ya se apuntaba que España había violado los artículos 7 (no hay pena sin ley) y 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La denominada 'doctrina Parot' obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo, 30 años en España. El citado tribunal expresó su rechazo a esta doctrina al considerar que “vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a los condenados bajo el antiguo código penal de 1973”, como es el caso de Inés del Río. Estrasburgo pidió por ello “la puesta en libertad” de Del Río “en la mayor brevedad posible” y exigió en su sentencia que España la indemnice con 30.000 euros por los daños morales causados y 1.500 por gastos y costas.

La Gran Sala resolvió que la 'doctrina Parot' vulnera la convención europea de Derechos Humanos en ambos artículos (15 magistrados que vulnera el artículo 7 y por unanimidad de la sala el artículo 5) y condena a España a poner a la etarra en libertad en el plazo “más breve posible”, además de indemnizarla con 30.000 euros y a pagar las costas. 16 de los 17 magistrados han determinado tambien que la decisión sobre la excarcelación de Del Río corresponde a los tribunales españoles y que debe producirse a la mayor brevedad. Mientras en algunas calles del País Vasco, la izquierda abertzale celebró la resolución, las víctimas y sus asociaciones -que no han descartado movilizaciones en las calles- fueron ayer un mar de lágrimas, indignación y rabia.

La sentencia difundida ayer ha resuelto de modo definitivo el caso planteado por Inés del Río, miembro del 'comando Madrid' de ETA a mediados de los años 80, detenida en 1987 y condenada a 3.828 años de cárcel por 24 asesinatos. A Del Río se le practicaron redenciones de penas sobre el máximo legal de 30 años de cumplimiento, al aplicársele el Código Penal de 1973, vigente cuando la terrorista cometió los delitos, entre ellos el coche bomba que colocó el comando en la Plaza de la República Dominicana en julio de 1986 en el que fueron asesinados 12 guardias civiles. Antes de la doctrina Parot -que toma el nombre por el recurso planteado por el etarra Henri Parot ante el Tribunal Supremo- el computo de liquidación de condena fijó que Del Río tenía que haber salido de prisión en 2008. Pero la aplicación a Inés del Río de la doctrina Parot retrasaba su excarcelación hasta 2017, ya que los beneficios penitenciarios se le aplicaban no sobre los 30 años de cumplimiento máximo, sino sucesivamente sobre cada una de sus condenas. Es lo que en el mundo abertzale -y muchos juristas contrarios a esa interpretación de la ley-, denominan una “cadena perpetua real”, dado que cumpliría inexorablemente 30 años de cárcel.

Afectará a 61 etarras en una primera fase

El fallo afecta por de pronto a Inés de Río, cuyo caso analizará este martes el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por Fernando Grande-Marlaska. Además, en una primera fase (dos o tres meses), según Instituciones Penitenciarias, se podrían beneficiar del fin de la 'doctrina Parot' un total de 61 presos de ETA, 6 miembros de los GRAPO, uno del Exército Guerrilleiro do Pobo Galego Ceibe. Interior fija para una segunda fase la resolución de más de 70 casos más, según una primera estimación que “seguro que va a ir variando”, añaden fuentes cercanas al ministro. En la primera fase podría acogerse también a la nueva situación Ismael Miquel, condenado por la guerra sucia de los GAL. Miquel fue condenado por la Audiencia Nacional a 45 años de cárcel por el asesinato del ciudadano francés Robert Caplanne, al que su grupo confundió con un miembro de ETA.

Las letradas Amaia Izko y Ainhoa Baglietto, que actuaron ayer como portavoces del equipo de abogados de Inés del Río, revelaron en una rueda de prensa que han pedido la puesta en libertad de su defendida, así como de Antton Troitiño, cuyo caso se verá hoy en un tribuna londinense. Posteriormente, reclamarán la puesta en libertad de otras 55 personas que, “tras haber cumplido íntegramente sus condenas, están en prisión de forma injusta”, alegaron ayer. La diferencia hasta los 61 etarras que contabiliza Interior está, probablemente, en los etarras que han sido expulsados de ETA por arrepentirse y acogerse a la denominada 'Vía Nanclarés'. “Cada minuto que continúan en prisión es un minuto no sólo ya de vulneración, sino de absoluto desprecio de los derechos fundamentales”, criticaron ayer ambas letradas.

Lee la nota de prensa del Tribunal (en español).

Lee íntegra la sentencia (en inglés).

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