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El Parlamento andaluz asume el Pacto Antitransfuguismo pese al informe jurídico que alerta de criterios “subjetivos” para expulsar a diputados por “traición”

La presidenta del Parlamento andaluz, Marta Bosquet, al frente de la junta de portavoces de los grupos políticos.

Daniel Cela

10 de febrero de 2021 14:18 h

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El Parlamento de Andalucía es la primera cámara legislativa del país que va a incluir en su reglamento interno el último anexo del Pacto nacional Antitransfuguismo, acordado por una mayoría de partidos políticos en el Congreso. Y lo va a hacer con un demoledor informe de los letrados de la Cámara en el que advierten de que los criterios que aparecen en esa reforma para justificar la expulsión de un diputado de su grupo son “altamente subjetivos”, y dependen de razones “sentimentales y de otros componentes psicológicos” del partido que decide apartar a uno de sus miembros acusándolo de “traición”.

La tramitación urgente de la reforma del reglamento del Parlamento andaluz, que avala a posteriori la expulsión de Teresa Rodríguez y otros ocho diputados de Adelante Andalucía acusados de “tránsfugas”, será tan rápida que ni siquiera ha necesitado un debate previo para su toma en consideración. Todos los grupos, incluido Vox que discrepa abiertamente de esta reforma, han pactado iniciar este miércoles el trámite por la vía rápida de la propuesta de ley que incluye el último Pacto Antitransfuguismo en la normativa parlamentaria: 85 votos a favor (PSOE, PP, Ciudadanos y Adelante Andalucía), 11 abstenciones (Vox) y 11 en contra (los 9 diputados expulsados de Adelante y las dos independientes de Adelante).

La Mesa de la Cámara también ha recibido el informe (no vinculante) de los letrados sobre el borrador de la reforma, que advierte de la “inseguridad jurídica” en el que incurre la norma, y alerta de una posible vulneración de la Constitución en cuanto a los derechos de representación política de los diputados que sean expulsados de su grupo bajo la acusación de tránsfuga. La reforma plantea tres situaciones en las que un diputado puede causar baja y pasar a la bancada de no adscritos, caso de Rodríguez y sus compañeros: “la baja voluntaria, la baja por expulsión y el supuesto de transfuguismo”.

El informe, al que ha tenido acceso este periódico, advierte de un “solapamiento” de estas tres figuras que puede provocar “inseguridad jurídica”, “dificultando notablemente el ejercicio de la Mesa del Parlamento a la hora de calificar y verificar los requisitos” que esgrime un grupo para expulsar a uno de sus diputados. “Esta inseguridad jurídica se ve acentuada además (...) porque el supuesto de hecho que determina la baja del grupo” -esto es, la acusación de transfuguismo- “no depende de un elemento objetivo, sino que se conecta con la traición, concepto difícilmente aprensible y con un componente altamente subjetivo, cuya existencia dependerá de los sentimientos o de otros componentes psicológicos de quien la aprecie”, sostienen el letrado mayor de la Cámara en su informe.

Este párrafo alude directamente a la cláusula más controvertida del Pacto Antitransfuguismo, que el Parlamento andaluz quiere incorporar a su reglamento, a saber: la “separación del criterio político del diputado que concurrió por la candidatura de la que trae causa el grupo parlamentario”. El informe de los letrados insiste sobre este punto: “Llama la atención que no se establezcan unos elementos objetivos u objetivables en base a los cuales se pueda apreciar la causa de expulsión de un grupo parlamentario”.

Teresa Rodríguez presentó un recurso de reconsideración en la Cámara para tratar de frenar la tramitación urgente de la reforma, argumentando que se trataba de una “reforma encubierta de la Constitución” que vulnera su derecho fundamental de representación política, y cargando expresamente contra esta definición de tránsfuga. Este punto, dice el recurso interpuesto por la gaditana, “vulnera el artículo 71 de la Constitución, en el que se determina la inviolabilidad de los diputados por las opiniones vertidas en el ejercicio de sus funciones en relación con el artículo 67.2, dando carta de naturaleza a la posibilidad de que una organización privada como es un partido político, si considera a un diputado no sumiso a la corriente política dominante, con un simple escrito altere el ius in officium de los electos no dóciles”.

Esta misma idea aparece recogida en el informe de los letrados: “La restricción del ius in officium [condición de diputado como tal] parece que opera en base al criterio estrictamente subjetivo del representante legal del sujeto político que presentó la candidatura, o de un órgano indeterminado del mismo”. La Mesa de la Cámara ha rechazado este miércoles el recurso de Rodríguez “tanto por el fondo como por la forma”, según informó la presidenta Marta Bosquet durante la sesión plenaria.

Los partidos versus los grupos parlamentarios

El informe jurídico también censura que el Parlamento andaluz, en su reforma, adopte una “concepción unitaria del transfuguismo” y no atienda a los “distintos supuestos que puedan darse en la práctica”. En este aspecto los letrados hablan abiertamente de inconstitucionalidad: “Esta concepción unitaria podría resultar contraria a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Constitución” [el derecho de representación política de sus señorías]. En este aspecto, el informe propone que, “por razones de seguridad jurídica”, se elimine el concepto subjetivo de “separación del criterio político” -que justificaría la expulsión por transfuguismo- y se opte por la “separación del criterio fijado por los órganos competentes”.

Por último, los responsables jurídicos del Parlamento andaluz arrojan dudas sobre que sea el “representante legal” del partido que concurre a las elecciones quien tenga la última palabra para acusar a uno de sus diputados de tránsfuga y expulsarle del grupo. “No parece suficiente para acreditar la concurrencia del supuesto que determina la baja del diputado si no se acompaña del acuerdo que acredite la expulsión o la existencia del transfuguismo (...), conforme a los estatutos del partido político”, advierte. “En nuestro ordenamiento jurídico no existe una identificación entre representante legal y competencia decisoria”, añade, citando la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Los letrados consideran que las formaciones políticas no pueden intervenir en la organización interna de una Cámara legislativa ni en la constitución o el funcionamiento interno del grupo parlamentario que forme dicho partido al iniciarse la legislatura.

El problema original en la expulsión de los nueve diputados de Adelante Andalucía es que la coalición electoral (Podemos-IU) apenas tenía unos meses desde su creación y carecía de un reglamento o un código ético interna, en parte, porque las discrepancias de sus miembros integrantes lo hicieron inviable.

La reforma no se ha aprobado por lectura única porque Vox no firmó aquel pacto en Madrid y, por tanto, tampoco ha dado el beneplácito a la reforma andaluza aduciendo “dudas jurídicas”. Pero los de Santiago Abascal no han puesto impedimento a que el Pleno de la Cámara acepte la toma en consideración de la reforma del reglamento sin un debate previo en el que cada grupo defienda su postura. El único damnificado de esta decisión es el círculo de diputados no adscritos de Teresa Rodríguez, expulsados de Adelanta Andalucía bajo la acusación de “tránsfugas”, una operación a la que la citada reforma dará carta de naturaleza a posteriori.

El reglamento del Parlamento andaluz asumirá las cláusulas del Pacto Antitransfuguismo, sin debate inicial y sin atender al informe del gabinete jurídico de la Cámara, que fue encargado por la presidenta Marta Bosquet tras la presión de los damnificados. El informe, de 16 páginas, concluye recomendando “que se lleve a cabo una revisión detenida del texto de la reforma, con la finalidad de mejorar su estructura, la utilización de determinados conceptos jurídicos y evitar desajustes”. La Mesa ha optado por seguir adelante con la tramitación y atender las conclusiones del informe una vez el texto sea debatido en la comisión del reglamento de la Cámara.

Es común que el Pleno del Parlamento acepte la toma en consideración de una proposición de ley sin debate inicial si hay consenso de todos los grupos aunque, en esos casos, lo habitual es que la iniciativa se apruebe directamente por lectura única. Esa era la intención de los partidos que pactaron la reforma exprés del reglamento, suscriptores todos del Pacto Antitransfuguismo, pero el desmarque de Vox lo impidió. El matiz aquí es que una parte considerable de miembros de la Cámara -los diez diputados no adscritos: nueve expulsados de Adelante y una de Vox- están abiertamente en contra de la reforma propuesta, porque legitima y empodera la decisión de sus grupos de expulsarles.

En el caso de Teresa Rodríguez y los otros ocho parlamentarios defenestrados de Adelante Andalucía, tanto la decisión del Parlamento de tramitar por la vía de urgencia la reforma del reglamento como la propia expulsión de su grupo están recurridas -la primera por la vía administrativa y la segunda con un recurso de inconstitucionalidad ante el TC-.

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