La jueza de la dana renuncia a llamar a Mazón a declarar después de su personación en la causa
La jueza de la dana ha dejado sin efecto la citación como testigo del expresident Carlos Mazón después de que la Audiencia de Valencia haya avalado la personación en la causa del aforado. La instructora, en un auto dictado este jueves, considera que la nueva condición de Mazón le otorga “una serie de derechos del todo punto incompatibles con la declaración testifical acordada”.
“El testigo está obligado a decir la verdad y con apercibimiento de incurrir en un delito de falso testimonio (...), no podría ejercer entre otros derechos el derecho a no declarar o no contestar a algunas de las preguntas que se le formularan”, afirma la resolución.
El “catálogo de derechos” al que accede Mazón incluye el derecho a guardar silencio, a no prestar declaración si no desea hacerlo, a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se le formulen, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. También incluye el derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan, así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados.
Una diligencia de ordenación del juzgado de Catarroja considera como personado en el procedimiento a Carlos Mazón, después de que la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia estimara el recurso del expresident y avalara que su defensa tenga acceso a la causa.
El auto de la Audiencia de Valencia advierte de que, a medida que avance la instrucción se podría dar una “inculpación futura” del exjefe del Consell y, por tanto, otorga a Mazón una suerte de derecho de defensa preventivo de la persona aforada no investigada, de acuerdo con el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).
“Todo ello supone la necesidad de dejar sin efecto la declaración testifical del Sr. Carlos Mazón Guixot”, indica el auto de la magistrada.
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