Pérez Llorca publica su nueva Ley del Suelo: más facilidades a los promotores y macroproyectos en zona protegida
Menos burocracia y por lo tanto más facilidades para los promotores, eso sí, a riesgo de perder seguridad jurídica en materia urbanística y ambiental. Estas son algunas de las claves de la nueva Ley del Suelo de la Comunitat Valenciana (documento completo al final de la información) cuyo anteproyecto publicó este jueves el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) para la presentación de alegaciones.
Tal y como recoge la exposición de motivos, la nueva normativa sustituirá íntegramente al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, aprobado en junio de 2021 por el Gobierno del Botánico: “La derogación del TRLOTUP se acompaña de la subsistencia, con rango reglamentario y en lo que no se opongan a esta ley, de determinados preceptos y anexos hasta la aprobación del desarrollo reglamentario previsto, a fin de asegurar la continuidad y la coherencia del sistema”, dice el documento.
Así, el anteproyecto recoge la figura de los Proyectos de Interés Autonómico (PIA) que ya se aprobó a finales de año en el Decreto de Simplificación Administrativa y que permitirá al Consell, “a iniciativa pública, privada o mixta, podrá declarar proyecto de interés autonómico aquella inversión de carácter terciario, industrial o logístico que, por su impacto supramunicipal y relevancia estratégica, favorezca de forma duradera al desarrollo económico, social y ambiental de la Comunitat Valenciana” y añade: “El proyecto de interés autonómico podrá localizarse en cualquier clase de suelo. Cuando afecte a suelo no urbanizable protegido o integrado en la infraestructura verde, el Consell valorará la compatibilidad territorial y ambiental”.
Estas iniciativas que exigen una inversión mínima de 50 millones de euros o de 75 millones en el caso de instalaciones energéticas podrán resolverse en un plazo aproximado de seis meses si requieren licencia ambiental, o de nueve meses si están sujetas a una Autorización Ambiental Integrada.
La normativa limita también el alcance legal de los planes generales de ordenación urbana de los ayuntamientos. Según el anteproyecto, “una de las principales novedades de esta ley es la profunda reforma del modelo de planeamiento urbanístico municipal”. El modelo vigente, “basado en un plan general rígido, extenso y excesivamente cargado de contenido técnico y jurídico, se ha mostrado incapaz de acompasar los cambios sociales, económicos y ambientales que afectan al territorio. Su complejidad ha contribuido a dilatar su tramitación y dificultar su revisión, comprometiendo así su utilidad como instrumento de gestión”.
En este sentido, “la nueva ley redefine el papel del plan general, que deja de ser el instrumento que fija directamente el estatuto jurídico del suelo y los derechos y deberes de los propietarios”. En lugar de ello, “pasa a configurarse como un instrumento esencialmente estratégico y directivo”. Su contenido se simplifica y se orienta a establecer los elementos estructurales del modelo territorial municipal: “Delimita las clases de suelo, define los objetivos territoriales básicos y fija los criterios que deberán respetar los instrumentos de desarrollo. De este modo, se le dota de mayor flexibilidad, se facilita su aprobación y revisión, y se asegura una mejor adaptación a los cambios”.
El borrador de la legislación otorga gran protagonismo a las declaraciones responsables con el objetivo de agilizar el inicio de las obras, una opción que sin embargo reduce el control administrativo sobre el cumplimiento de las licencias de obras. Según el documento, “obtenida la licencia sobre proyecto básico, el interesado podrá iniciar las obras presentando, en el plazo máximo de seis meses, declaración responsable que acredite que el proyecto de ejecución desarrolla fielmente al básico y no introduce modificaciones sustanciales”.
La declaración responsable incluirá, al menos: “La identidad del promotor y, en su caso, de su representante, así como un medio electrónico de notificación; una descripción sucinta de la actuación con indicación de su ubicación y referencia registral o catastral; la manifestación responsable de que la actuación cumple la normativa urbanística y sectorial aplicable, incluidas las relativas al patrimonio cultural y al medio ambiente, de que se dispone de la documentación acreditativa exigible y de que esta se mantendrá vigente mientras dure la actuación”.
En cuanto a las evaluaciones ambientales en las tramitaciones urbanísticas, en el ámbito de la estrategia territorial de la Comunitat Valenciana se opta como norma general por las simplificadas.
Al respecto, la diputada socialista María José Salvador, ha criticado que “con el anteproyecto de ley del suelo el PP sitúa el urbanismo al servicio de los intereses privados y la especulación del suelo” y ha denunciado que “el presidente Juan Francisco Pérez Llorca lamina la autonomía municipal en materia de urbanismo, limitando el valor del Plan General que se convierte en un mero instrumento estratégico, anteponiendo los intereses privados sobre el propio planeamiento municipal”.
Además, “bajo el pretexto de la agilización, convierten automáticamente normas subsidiarias en plan urbanístico simplificado, sin ninguna tramitación, y abren la puerta a reducir las reservas de suelo para vivienda protegida”, y ha considerado que “este anteproyecto supone una merma de los estándares en materia de protección ambiental en la tramitación urbanística, ya que optan por la evaluación simplificada”.
Para Salvador, “el PP ha venido a hacer negocio con el territorio y con el suelo, y así se ha demostrado con cada decreto y ley que han impulsado, provocando una involución grave en materia de ordenación territorial han necesaria especialmente en estos momentos en los que hay que proteger a las personas y luchar contra el cambio climático”. En definitiva, ha concluido la diputada socialista, “Pérez Llorca legisla atendiendo las demandas de los grupos de interés y se ha alejado de la defensa del interés general que es la responsabilidad de todo gobernante”.
Para el vicepresidente segundo para la Recuperación, Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, la futura Ley del Suelo de la Comunitat Valenciana “”Nace con el objetivo de clarificar la farragosa normativa existente, agilizar y simplificar la gestión del territorio, recuperando la sensatez, la seguridad y la eficacia en la planificación urbanística“. Se trata, ha subrayado, de una norma ”concebida como una herramienta sencilla, segura y útil, a la altura de los retos y oportunidades de la Comunitat Valenciana“.
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