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Las empresas fracasan en su intento de retrasar la entrada en vigor del Gran Hermano del IVA

EE.UU. está preparado para ayudar a las víctimas del ciberataque global

Marina Estévez Torreblanca

Como estaba previsto, este sábado 1 de julio entra en vigor el llamado Sistema Integrado de Información (SII). Afecta a las empresas que facturaron más de seis millones de euros el ejercicio pasado, junto a otras que también están obligadas a efectuar declaraciones mensuales de IVA, y a las que se apunten voluntariamente.

Todas ellas van a empezar a enviar a la sede electrónica de la Agencia Tributaria sus facturas emitidas y recibidas en unos plazos muy ajustados. En concreto, un máximo de ocho días, cuatro desde enero de 2018. Sustituirán a los clásicos “libros de IVA” por otros que funcionarán de manera telemática en 63.000 empresas, que efectúan el 80% de la facturación en España. Unas 14.000 ya han probado a hacerlo de manera piloto.

De poco ha servido que la patronal CEOE enviara una carta pidiendo a Hacienda que se retrasara la entrada en vigor para las empresas que no hayan logrado ponerse al día. Su argumento es que a algunas no les ha dado tiempo a prepararse para cumplir las condiciones del nuevo sistema.

La patronal aseguraba que la asunción de estas obligaciones formales supondrá un gran esfuerzo de adaptación y unos costes desproporcionados que mermarán la competitividad de las empresas, informa Efe. También defendían que este cambio normativo afecta a nivel organizativo, con necesidad de crear rutinas y formar a sus empleados, algo “imposible de cumplir” en el plazo establecido para muchas compañías.

También apuntaba la CEOE que hay importantes proveedores tecnológicos que no tendrán disponible su software de gestión hasta otoño y actualmente no existen prácticamente productos en el mercado adaptados a la normativa. Respecto a la explicación de que el nuevo sistema facilitará la lucha contra el fraude fiscal, consideraban que impone obligaciones a los empresarios cumplidores, mientras que los defraudadores las eludirán.

No son los únicos que han intentando presionar para retrasar el SII. Hace cuatro meses, algunas de las empresas que estaban participando en las pruebas piloto, y que preferían no ser identificadas, hablaban de los quebraderos de cabeza de esta transición.

Respuesta de la Agencia Tributaria

Pero según la Agencia Tributaria, el SII supone una mejora “sustancial” en la relación de comunicación entre la Administración y el contribuyente, puesto que va a permitir tener una relación “bidireccional, automatizada e instantánea”, publica EP.

Una de las ventajas del sistema sería tener información de calidad en un intervalo de tiempo suficientemente corto como para agilizar el sistema de gestión del IVA. También la obtención de “datos fiscales”, ya que el contribuyente dispondrá en la sede electrónica de la AEAT de un Libro Registro “declarado” y otro “contrastado” con la información de contraste procedente de terceros que pertenezcan al colectivo de este sistema o de la base de datos de la Agencia Tributaria.

Asimismo, los contribuyentes podrán comprobar dicha información antes de la finalización del plazo de presentación de su declaración mensual de IVA y tendrán la posibilidad de corregir los errores cometidos en los envíos sin necesidad de ser requeridos por la AEAT para ello. La entrada en vigor del SII también supondrá la disminución de las peticiones de información por parte de la AEAT, ya que muchos de los requerimientos actuales tienen por objeto solicitar los libros registro, las facturas o datos contenidos en las mismas para comprobar determinadas operaciones.

Una de las particularidades que introduce el nuevo sistema es que este flujo de datos masivos se cruzará con el de las empresas proveedoras o clientes con las que se hayan hecho negocios, de manera que saltará cualquier incoherencia en las cifras proporcionadas. Esto sin duda supone una potente herramienta de lucha contra el fraude. Además de una información certera sobre el IVA, el cruce de datos puede proporcionar datos sobre otros impuestos, como Sociedades, o sobre las deducciones que obtienen las empresas. De hecho, uno de los contenidos que se deberá incluir expresamente es si el IVA es deducible, en su totalidad o parcialmente.

En definitiva, llega el momento de revisar las prácticas quizá no ilegales pero sí incorrectas con las que algunas empresas iban sorteando la presentación de la declaración del IVA cada mes. Ya no va a haber un inspector enfrente que pueda mostrarse comprensivo con que se achaque un gasto a una operación y no a otra para facilitar el proceso, sin que ello implique pagar más o menos impuestos. Ahora la contraparte va a ser una máquina que va a procesar (y a cruzar) la información, y, si no es correcta, dará la voz de alarma.

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