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Condenado un guardia civil por gastar en un salón de juego 9.000 euros incautados en una operación antidroga

Una usuaria en un salón de juegos en una imagen de archivo.

elDiariocv

València —

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La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de cinco meses de prisión a un guardia civil destinado en la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Comandancia Alicante que se gastó en un salón de juegos 9.000 euros de los que se incautó durante una operación antidroga.

La sentencia ha sido dictada después de que las partes alcanzaran un acuerdo en un procedimiento seguido por la Ley del Jurado, por el que el acusado admitió los hechos, se declaró culpable de un delito de malversación de caudales públicos con la circunstancia eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica y aceptó la pena solicitada por ello por el Ministerio Fiscal.

Además de la pena de prisión, el Tribunal ha impuesto al penado una inhabilitación especial de diez meses para empleo o cargo público y la obligación de indemnizar con los 9.000 euros defraudados a la Dirección General de la Guardia Civil, importe que ya había consignado en una cuenta bancaria judicial.

Los hechos ocurrieron el 4 de agosto de 2020, durante una operación antidroga dirigida por un juzgado de Instrucción de Alicante que motivó que el penado y un compañero suyo de la Guardia Civil se desplazaran hasta la ciudad de Molina de Segura, en Murcia, para realizar una inspección ocular en un camión con matrícula portuguesa.

Durante el registro, los agentes se incautaron de 12 bolsas que contenían marihuana y 9.000 euros en billetes de 20 y de 50. El condenado se quedó en custodia esos efectos intervenidos hasta el momento en que tuviera que ponerlos a disposición del juzgado que investigaba los hechos.

Sin embargo, según recoge la sentencia, sobre las 2:00 de la mañana del día 5 de agosto y hasta las 12:00 del mismo día, el guardia se gastó la totalidad del dinero en apuestas a la ruleta de un salón de juegos de Alicante.

La resolución judicial también declara probado que el condenado padece una alteración del control de los impulsos por ludopatía que afectaba parcialmente en el momento de los hechos a su imputabilidad.

La sentencia, que establece asimismo la suspensión de la pena privativa de libertad por tiempo de dos años, no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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