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La Audiencia de Valencia insiste en exculpar al presidente de la CHJ pese a la persecución de PP y Vox a Miguel Polo

El presidente de la CHJ, Miguel Polo, a su entrada al juzgado.

Lucas Marco

València —

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha vuelto a avalar la decisión de la jueza instructora de la causa de la dana de no investigar a Miguel Polo, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). El tribunal, por unanimidad de los seis magistrados de la sección, desestima el recurso de apelación del partido Valores (representado por un abogado muy cercano a Francisco Camps) contra el auto de la jueza Nuria Ruiz Tobarra del pasado 30 de septiembre que denegó que Polo declarara como investigado tras su testifical —como testigo— de nueve días antes de la resolución.

Se trata del enésimo revés a la principal tesis del relato de PP y Vox sobre la gestión de la catástrofe: la supuesta imprudencia ante la dana de un organismo estatal como la CHJ que ni siquiera tenía las competencias de protección civil y emergencias, a diferencia de la Generalitat. A pesar de los reiterados avales, tanto de la instructora como de la Audiencia de Valencia, a excluir a Polo de la investigación, las derechas valencianas han arremetido constantemente contra el presidente de la CHJ.

El auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, ahonda en el argumentario anterior de la Audiencia de Valencia y recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual “como regla general, deben rechazarse imputaciones que se basen en juicios normativos de tipicidad inconsistentes”.

Así, el juez competente para adoptar la decisión de incoación de un proceso penal, como sostiene el Tribunal Constitucional, “debe administrar de forma responsable y razonable las reglas de imputación”, agrega la resolución, cuyo ponente ha sido el magistrado Salvador Camarena Grau.

Una decisión de la jueza “razonable”

La Audiencia de Valencia, en la línea del fiscal, considera que la acusación popular que ejerce el partido Valores “no justifica adecuadamente” su petición de que Polo fuera citado como investigado. “La investigación penal no es una investigación general sobre un hecho, deben existir indicios de la comisión de un hecho punible por una persona”, afirma el auto, que cuestiona que Miguel Polo ostentara una “posición de garante”, a tenor de las competencias de la CHJ.

“Ni siquiera bastaría la mera infracción de un deber, sino que debe identificarse que puede atribuirse la mencionada posición de garante. En este caso no se analiza adecuadamente la normativa autonómica sobre la cuestión”, agrega la resolución.

La sección segunda de la Audiencia de Valencia concluye que la decisión de la jueza fue “razonable”.

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