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El perito ratifica ante el juez que la ampliación del Puerto de Valencia requiere una nueva DIA: “Es una obra distinta”

Momento de la vista sobre la ampliación del Puerto de Valencia.

Carlos Navarro Castelló

València —

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El conflicto judicial en relación a la legalidad de las obras de la ampliación norte del Puerto de Valencia que arrancaron de forma efectiva en noviembre del pasado año está cerca de resolverse. En concreto, se dirime si la declaración de impacto ambiental (DIA) del año 2007 es válida para el nuevo proyecto que se ejecuta, o si por el contrario, las modificaciones que ha sufrido el proyecto que se ejecuta con respecto al inicial son del suficiente calado como para exigir una nueva evaluación ambiental.

Este jueves 4 de septiembre tuvo lugar una vista clave para el desenlace del proceso, previa al escrito de conclusiones y al fallo judicial que se espera en los próximos meses. En concreto, la sección cuarta de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) acogió una sesión aclaratoria sobre el informe pericial redactado por un técnico independiente designado por el juzgado el cual concluyó que el proyecto de ampliación sí que requiere de una nueva DIA.

Tal y como avanzó elDiario.es, el documento afirma que hay cuestiones que no se han evaluado con los cambios implementados, como el incremento de los volúmenes y áreas de actuación de los dragados necesarios; las demoliciones de los actuales contradiques norte y del muelle de cruceros; el cambio de ubicación de las explanadas y muelle de atraque; además del hecho de que es muy probable que ya se hayan conformado comunidades marinas en el nuevo hábitat de escolleras debido al tiempo transcurrido entre la primera fase del proyecto y la segunda.

Sobre todos estos detalles respondió el ingeniero de caminos E. C. G. a las preguntas que le han planteado el abogado de la Comissió Ciutat-Port, plataforma vecinal y ecologista denunciante, y el abogado del Estado de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), a petición de este último que solicitó “ratificación y aclaraciones por el facultativo sobre dicho informe”.

El perito, sin embargo, se mantuvo firme y defendió las conclusiones del informe afirmando que el proyecto que se ejecuta “es diferente” a la alternativa cuatro que evaluó la DIA de 2007, por lo que hay aspectos que no se han evaluado y por lo tanto procede realizar una nueva declaración de impacto. Sin embargo, hizo mucho hincapié en que hay muchos aspectos que no se han estudiado en el interior de las aguas abrigadas del Puerto. El hecho de que la actuación se realice en aguas abrigadas siempre ha sido esgrimido por la APV como un aspecto legal clave para no realizar una nueva DIA.

El interrogatorio

Antes de iniciarse el turno de preguntas por parte de los abogados de las partes, el juez ha informado de que se ha admitido la incorporación a la causa del informe 'Cartografiado bionómico en el entorno de los Puertos de Valencia y Sagunto' elaborado por la APV y fechado en diciembre de 2023.

Posteriormente, el abogado del Estado tomó la palabra y cuestionó que su documento pericial se haya ceñido a los aspectos para los que se solicitó, en concreto, constatar que el proyecto generará un aumento de emisiones contaminantes, que supondrá un aumento de consumo de recursos naturales o su afección a la Albufera.

Al respecto, el ingeniero explicó que no ha llegado a evaluar el posible aumento de emisiones porque en el análisis del proyecto, ha constatado que la demolición de elementos como el contradique y la terminal de cruceros sí que va a suponer un aumento de las afecciones: “En la elaboración del informe llega a un punto en el que llego a la conclusión de que hay que hacer estudio ambiental nuevo porque hay cosas que no se han valorado”, dijo.

A continuación, el letrado de la APV le preguntó si considera que se trata de un nuevo proyecto o de un modificado, si toma en consideración la diferencia de los costes económicos y si considera que el informe de Cartografía aportado por la APV garantiza el mantenimiento de los hábitats marinos, tal y como exigió la Demarcación de Costas.

Al respecto, el técnico comentó que ha tomado en consideración la variación de los volúmenes de los dragados para extraer el material de relleno, pero no el coste económico. Además, explicó que “desde que se construyó la primera fase [el dique de abrigo] hasta que se aprobó la segunda fase han pasado 14 años, por lo tanto estamos en otro tiempo, otra legislación y es una obra distinta”. Así, puso como ejemplo la construcción de una carrera para justificar por qué piensa que se trata de otra obra: “Si pasamos una carretera por la derecha de una montaña, cambiamos la pendiente y modificamos un poco el movimiento de tierras sería una modificación, pero si la pasamos por otro lado de la montaña, es algo diferente. Además, la parte que ya está construida no sabemos cómo ha evolucionado a nivel de hábitats, me refiero a esa zona interior del dique que ya se ha construido”.

El abogado del Estado hizo énfasis en que efectos jurídicos no es lo mismo una obra nueva que un proyecto nuevo, motivo por el que insistió en preguntar si consideraba que se trata de una obra nueva o de un nuevo proyecto, a lo que el perito comentó que no puede entrar en aspectos jurídicos de lo que se entiende por obra nueva y por proyecto nuevo, pero insistió: “Es una obra distinta por el tiempo transcurrido, porque la normativa ha cambiado, porque desconozco los hábitats dentro de la zona de la fase 1 y porque todo lo que se ha estudiado es en el exterior. Es verdad que la fase dos no tiene sentido sin la fase uno, pero ese es un aspecto jurídico que le tocará pronunciarse al tribunal”.

Sobre el informe cartográfico, volvió a explicar que no puede afirmar que cumpla con los requisitos de Costas porque una vez más desconoce la situación en las aguas interiores del Puerto.

Por su parte, el letrado de la Comissió Ciutat-Port preguntó si considera que el informe cartográfico es concluyente sobre la afección en la vida marina, sobre si en caso de considerarse una modificación del proyecto, sería sustancial bajo su punto de vista y sobre si puede tener efectos adversos.

Al respecto, el perito comentó que el mencionado informe de cartografía tiene carencias y que aporta como conclusiones “datos y planos”, que “habría que hacer estudio del impacto de la fase dos; el tema de la variación de volúmenes y de las demoliciones, en su conjunto puede producir efectos significativos adversos o no”.

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