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El Poder Judicial en funciones rechaza amparar al juez De Prada tras la acusación de 'lawfare' de un senador del PP

El magistrado José Ricardo de Prada en una fotografía de archivo. EFE/Fernando Villar

Elena Herrera

11 de enero de 2024 14:22 h

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en funciones ha inadmitido a trámite la petición de amparo formulada por el magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada ante las acusaciones de 'lawfare' propinadas por el senador del PP José Antonio Monago en el Pleno de la Cámara Alta. “Señor Bolaños, el mayor caso de 'lawfare' que se ha conocido en la historia política de España, bueno, lo mecieron ustedes. Porque un juez, el juez De Prada, introdujo en una sentencia un párrafo a propósito de la sentencia sobre la 'Gürtel', que provocó la caída del Gobierno del señor Rajoy”, dijo el senador en el Pleno de la Cámara Alta del pasado 12 de diciembre. Después se disculpó y pidió retirarlas del Diario de Sesiones. 

La Comisión Permanente rechaza la petición al considerar que esas manifestaciones “no tienen capacidad alguna de perturbar el ejercicio de la función jurisdiccional” del magistrado ni de impedirle “la libre capacidad de resolución conforme a derecho”, dado que se refieren a una actuación jurisdiccional específica acontecida en el pasado. De Prada formó parte del tribunal que juzgó la Gürtel y se le considera responsable de los pasajes que dieron por acreditada la caja B del partido y que provocaron la moción de censura contra Mariano Rajoy.

El acuerdo añade, además, que la rectificación realizada por el senador “implica que incluso la hipotética perturbación futura que las declaraciones del 12 de diciembre de 2023 pudieran haberle acarreado al magistrado peticionario de amparo queda vacía de contenido, poniendo de manifiesto dicha rectificación el respeto necesario a las decisiones judiciales”.

En su escrito, De Prada defendía que lo dicho por Monago, “además de contener datos falsos, descalifica de forma extraordinariamente grave” su “actuación jurisdiccional” sin “ningún otro fundamento que el puro interés político”. A su juicio, ello “inquieta y perturba gravemente la independencia judicial”, la suya y la de “cualquier miembro de la jurisdicción”, al emitir un “mensaje demoledor de advertencia de descrédito y consecuencias negativas para cualquier juez o magistrado que se vea en la tesitura de tener que dictar una resolución jurisdiccional de acuerdo a derecho, pero que directa o indirectamente pudiera afectar a los intereses políticos de su partido”.

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