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'La manada' queda vista para sentencia: “No se puede exigir a las víctimas actitudes peligrosamente heroicas”

Los magistrados Andrés Martínez Arrieta (c), Andrés Palomo (i) y Ana Ferrer durante la vista pública del caso 'la manada' en el Tribunal Supremo

Ana Requena Aguilar

  • La defensa ha optado por dos estrategias: desacreditar el procedimiento judicial -“No hemos tenido un juicio justo”- y poner en cuestión a la denunciante: “No es no, pero para que sea no hay que decir no y hay muchas formas de hacerlo”

A las doce y media de la mañana de este viernes, casi tres años después de que sucedieran los hechos, el caso de 'la manada' ha quedado, definitivamente, visto para sentencia. La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo delibera ya sobre el fallo, que no quiere demorar. Durante la vista, de dos horas de duración, acusaciones y defensas han resumido sus argumentaciones. La Fiscalía ha centrado su alegato en uno de los conceptos claves que decantará la decisión del Alto Tribunal: la intimidación, imprescindible para que sea considerada agresión sexual. “La víctima se encontraba doblegada por el miedo (...). Los hechos se produjeron en un espacio físico opresivo, aislado (...). No se puede exigir a las víctimas actitudes peligrosamente heroicas”. Por su parte, la defensa de los cinco acusados ha optado por dos estrategias: desacreditar el procedimiento judicial -“No hemos tenido un juicio justo”- y poner en cuestión a la denunciante, sobre la que ha vertido todo tipo de dudas. “No es no, pero para que sea no hay que decir no y hay muchas formas de hacerlo”, ha exigido el abogado Agustín Martínez Becerra.

La Audiencia de Navarra y, meses más tarde, el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad, calificó los hechos de abuso sexual con prevalimiento y no como agresión sexual porque consideró que no se produjo violencia o intimidación. Es por eso que la Fiscalía y las acusaciones han centrado sus recursos en demostrar que sí la hubo. El relato de la fiscala Isabel Rodríguez ha descartado que lo que sucedió en aquel cubículo de un portal de Pamplona fuera abuso con prevalimiento: “No consta en los hechos probados que la víctima consintiera o accediera, ni que los acusados solicitaran el consentimiento. Solo que los cinco acusados constriñeron la voluntad de la víctima. No existe consentimiento, la víctima se encuentra doblegada por el miedo”.

Rodríguez ha desgranado la jurisprudencia en la que el Supremo ha ido definiendo tanto violencia como intimidación de forma amplia y más allá de hechos puramente físicos. El lugar donde se encontraba el habitáculo, de difícil acceso desde el portal, sus reducidas dimensiones (2,7 metros de largo por un metro de ancho), la falta de salidas y la superioridad numérica y física coincidiría con la intimidación ambiental que el Supremo ha definido en pronunciamientos anteriores, ha defendido la Fiscalía.

“El Supremo no exige que la víctima haga un alarde de resistencia ni ponga en riesgo su vida. Puede bastar con la creación de una intimidación ambiental como algo que la víctima considera inútil trata de vencer o resistir”, ha dicho Rodríguez. En el ambiente que describen los hechos probados, ha explicado, no eran necesarios actos o palabras para entender que la víctima no consentía y no tenía más remedio que someterse. “En una agresión sexual la voluntad del autor se impone por la fuerza y esa fuerza se impone de varias formas y adquiere diferentes matices. El delito de agresión requiere violencia e intimidación pero en ningún caso que se produzcan lesiones”, ha proseguido.

La fiscala ha asegurado que cualquier persona en la situación de la denunciante comprendería “la inutilidad de la oposición, que podría conllevar para ella males mayores”. “¿Es exigible algo más para doblegar a la víctima? Creemos que no”, ha apuntado. Haciendo mención a una sentencia anterior del Alto Tribunal ha rematado: “No se puede exigir a las víctimas actitudes peligrosamente heroicas”.

La acusación particular del ayuntamiento de Pamplona ha defendido la existencia, no solo de intimidación, sino también de violencia. “La Sentencia dice que la víctima está agarrada, dirigida por dos de los acusados. Nadie puede agarrar o tirar sin aplicar fuerza. Fue poca, pero suficiente para doblegar a la víctima. Si hubiera habido resistencia no cabe duda de que se hubiera aplicado más fuerza”, ha argumentado el abogado Víctor Sarasa.

Sarasa ha insistido en que la violencia continuó más tarde y puede verse en los vídeos que los acusados grabaron de los hechos. “En esas imágenes la víctima es agarrada hasta siete veces del pelo de diferentes maneras. En una ocasión se ve cómo un brazo le rodea el cuello”, ha descrito el abogado, que se ha referido también a los sonidos que se escuchan, que la sentencia describe como “gemidos de dolor”. “La víctima está contra la pared, expresando gritos que reflejan dolor. Todos estos hechos son suficientes para considerar que existió fuerza y violencia sobre la víctima”, ha concluido.

Demostrar el 'no'

Al otro lado de la sala, frente a la Fiscalía y a las acusaciones particulares y populares, la defensa de los cinco acusados, el abogado Agustín Martínez Becerra ahondaba en la línea argumental que ya utilizó durante el juicio en la Audiencia de Pamplona. Becerra basa su defensa en dos pilares: el procedimiento judicial no ha sido justo y ha vulnerado derechos de sus defendidos, y la duda y el descrédito de la mujer que denunció.

Desde el inicio de su intervención Becerra ha asegurado que los cinco integrantes de 'la manada' no han tenido un juicio “con todas las garantías”. “La sociedad dictó sentencia el 8 de julio de 2016 y fue condenatoria. A partir de ahí todo se ha ido acrecentando (...) El discurso jurídico no puede ser vicario de la voluble y evanescente opinión pública. Hemos tenido que pelear sistemáticamente contra lo que entendíamos que eran vulneración de derechos”, se ha quejado.

Becerra ha traído a colación uno de los episodios más polémicos del caso, el informe de un detective que, por encargo de una de las defensas de los acusados, espió a la víctima durante las semanas posteriores a la denuncia. Ese informe contenía, entre otras cosas, publicaciones que la mujer había hecho en redes sociales y que las defensas utilizaron para desacreditarla. Becerra ha defendido este viernes su actuación: “Simplemente pensábamos que podía tener trascendencia a la hora de valorar el shock postraumático”.

Mientras que la fiscala ha dejado fuera de su relato de forma explícita lo que sucedió antes de llegar al portal -la forma en que víctima y acusados se conocieron, caminaron y llegaron al portal porque no lo considera relevante para decidir si se trató de una agresión sexual-, Becerra ha hecho énfasis en esos minutos previos para reforzar su posición: que la mujer había pactado tener relaciones sexuales con los cinco hombres y su denuncia solo respondió a un móvil espúreo. “¿Si no los conocía de nada y se iba al coche, qué hacía esperándoles fuera de un hotel? La respuesta racional es que está esperando a que haya habitación para acceder a ella”. El abogado ha cuestionado incluso el camino que tomó la víctima con los cinco hombres: “Si te sientes acosada, molesta, ¿por qué vas por la calle menos transitada, con menos luz, más inhóspita?”.

Becerra ha continuado con su cuestionamiento de la víctima al argumentar que el 'no' en una relación sexual debe ser explícito y tajante: “El 'no es no' se ha convertido en un eslogan, pero para que sea no hay que decir no y hay muchas formas de decir no. Simplemente tenía que hacer un gesto, una mínima oposición”. Durante su intervención, el abogado ha lanzado decenas de preguntas sobre la forma en la que la denunciate actuó. “¿Por qué estaba allí?, ¿qué esperaba?, ¿no le sorprendió que la entraran en un portal?, ¿por qué no decidió marcharse?”.

Sobre las doce y media de la mañana, el juicio quedaba visto por sentencia y los cinco magistradas y magistradas se retiraban a deliberar. La magistrada Susana Polo, que forma parte de la asociación progresista Juezas y Jueces para la Democracia, será la encargada de redactar el fallo. Otros cuatro jueces forman la sala que tomará la decisión: el presidente Andrés Martínez Arrieta junto a Ana Ferrer, Vicente Magro y Francisco Monterde. No se descarta que el fallo se conozca este mismo viernes.

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