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El TSJ-CV tiene por preparado el recurso de casación de la Agencia Valenciana Antifraude contra la petición de expedientes de investigación en curso

Sede de la Agencia Valenciana Antifraude.

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La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha emitido un auto en el que acuerda tener por preparado el recurso de casación interpuesto por la Agencia Valenciana Antifraude frente a la sentencia que obliga a la AVAF a entregar expedientes que estén en esos momentos bajo investigación a los grupos parlamentarios que así lo soliciten. El auto emplaza a las partes para que comparezcan en el plazo de 30 días.

La AVAF, según afirma en un comunicado, siempre ha defendido que la entrega de los expedientes de investigación que están abiertos y en curso va en contra, conforme establece su Ley reguladora, del deber de confidencialidad y, muy especialmente, porque pone en peligro el desarrollo y éxito de su propia labor investigadora poniendo al descubierto hechos y actuaciones que están siendo en ese momento investigados y recabando elementos de prueba con base en su carácter de autoridad pública y sus potestades en la lucha contra la corrupción, que afecta también a los partidos políticos los cuales entran dentro de su ámbito de intervención. 

Así mismo, si la Agencia tuviera que hacer entrega de los expedientes de investigación sin que hubiera finalizado todavía la investigación, se estaría desvelando en muchos casos, directa o indirectamente, la identidad de las personas denunciantes y colaboradoras en la investigación, así como de aquellas otras que pudieran estar siendo investigadas, con la repercusiones y represalias que esto podría suponer de afectación a sus derechos constitucionales que deben quedar garantizados. La Agencia sostiene que sus expedientes de investigación solo se pueden entregar a la autoridad judicial.

La entrega de dichos expedientes a un grupo político va en contra además de la posición mantenida por el propio Ministerio Fiscal previa al dictamen de la citada sentencia, de la Directiva 2019/1937 de protección de los whistleblowers, y de las Declaraciones que ha venido aprobando la Red Europea de Autoridades de Integridad y Protección de Alertadores (NEIWA), compuesta por autoridades públicas especializadas que representan a 21 Estados europeos y que tienen como objetivo la promoción y salvaguarda de la integridad en sus respectivos Estados.

La Agencia, según el comunicado, nunca se ha mostrado en contra de dar cuenta de las actuaciones de investigación cuando estas han finalizado. Muestra de ello es la publicación de sus resoluciones finales en su página web. Tampoco se ha opuesto en ningún momento a trasladar cualquier otra documentación o expediente que tenga relación con el funcionamiento administrativo propio de la entidad, tal y como se está haciendo con la entrega de todos los gastos de caja fija, informes, o contratos, que han sido recientemente solicitados por un grupo parlamentario. 

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