La DANA, el correo y la Libertad Sindical: cuando todo se tergiversa
El pasado 30 de junio, el Juzgado de lo Social nº 1 de Alicante dictó una sentencia que trasciende ampliamente el conflicto entre un sindicato y una administración. Condena al Ayuntamiento de Alicante por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical al suspender durante un mes el acceso al correo electrónico de la Sección Sindical de CCOO. ¿El motivo? Haber informado a la plantilla municipal de una convocatoria solidaria en apoyo a las víctimas de la DANA. La resolución judicial no deja lugar a dudas: la medida fue arbitraria, desproporcionada, sin cobertura legal ni procedimiento sancionador. En definitiva, inconstitucional.
Pero lo relevante no es solo lo que dice la sentencia, sino lo que enseña. No es un caso aislado, es un síntoma. La decisión de castigar al sindicato por utilizar un medio habitual de comunicación —el correo institucional— revela una tendencia preocupante: la tentación de controlar, silenciar o limitar la acción sindical a través de mecanismos aparentemente “neutrales” o “técnicos”. Pero no hay neutralidad posible cuando lo que se restringe es el derecho a informar, a movilizar y a representar legítimamente a la plantilla.
Además, esta no es la primera sentencia contra el Ayuntamiento de Alicante por vulneración de derechos sindicales. Es la tercera en menos de un año. ¿Casualidad? Difícil de sostener. La sospecha de represalia sindical sobrevuela cuando se observa que los sindicatos sancionados son, precisamente, los que votaron en contra del modelo de Carrera Profesional implantado en el consistorio.
La normativa interna no está por encima de la Constitución. Uno de los elementos más reveladores de la sentencia es que la normativa interna invocada para sancionar a CCOO carecía de tipificación de faltas, procedimiento sancionador y garantías básicas. Se aplicó como si se tratara de una ley, cuando en realidad era una norma ambigua, sin valor jurídico para restringir derechos fundamentales.
Esto debería hacer reflexionar a todas las organizaciones, públicas y privadas, sobre la necesidad de revisar sus protocolos internos de uso de medios, canales de comunicación, y sanciones disciplinarias. La legalidad, la proporcionalidad y el respeto a los derechos deben ser principios rectores, no obstáculos molestos para una gestión autoritaria.
La Administración no puede ser ejemplo de malas prácticas. En un contexto donde se exige al sector privado transparencia, respeto a la legalidad y relaciones laborales justas, la Administración no puede convertirse en el refugio del clientelismo, la arbitrariedad o la represión sindical. No se puede exigir respeto a las normas y, al mismo tiempo, castigar al sindicato que informa a los trabajadores con un simple correo electrónico. Es hora de que las instituciones públicas lideren una transformación democrática de las relaciones laborales, empezando por garantizar espacios reales de participación, el uso libre de los canales institucionales por parte de los sindicatos, y el fin de cualquier intento de castigo o censura encubierta.
Una lección que va más allá de Alicante. La victoria judicial de CCOO no es solo una reparación puntual. Es una llamada de atención general al mundo del trabajo. En pleno siglo XXI, el ejercicio de la acción sindical no puede depender del humor de una jefatura, de una interpretación subjetiva de una norma opaca, ni de una tecnología convertida en excusa para censurar.
La información sindical no puede confinarse a un rincón escondido en la intranet. El derecho a comunicar, organizar y movilizar es la base de una democracia laboral viva. Y si el correo electrónico, los tablones, las apps o los blogs son los medios del presente, su control no puede estar al servicio del silencio, sino de la libertad.
Desde CCOO, esta sentencia nos reafirma en nuestra apuesta por un sindicalismo libre, riguroso y comprometido. Un sindicalismo que no se deja intimidar ni someter, que lucha en los juzgados cuando hace falta, pero que sobre todo defiende día a día los derechos de quienes trabajan.
Que esta sentencia sirva de precedente, de advertencia y de inspiración. Porque frente a quienes buscan debilitar la organización sindical, la mejor respuesta es más sindicalismo: más formación, más movilización, más presencia, más libertad.
Resulta especialmente hiriente que el castigo al sindicato llegara tras la difusión de una convocatoria con una finalidad solidaria: apoyar públicamente a las víctimas de la DANA que golpeó con fuerza la Comunitat Valenciana. No era una protesta política ni una crítica institucional: era un gesto de humanidad y de compromiso social. Que este tipo de comunicación se haya penalizado con una suspensión revela una preocupante falta de sensibilidad por parte del Ayuntamiento, que priorizó la burocracia sancionadora sobre el sentido común, la empatía y los derechos fundamentales. En lugar de sumarse al gesto de apoyo, decidió castigar al mensajero.
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