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Canet d'en Berenguer frena la expansión de los pisos turísticos para preservar el tejido residencial

Playa de Canet d'en Berenguer.

Toni Cuquerella

València —

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El Ayuntamiento de Canet d’en Berenguer ha decidido poner freno al crecimiento de los pisos turísticos y replantear su modelo de alojamiento con un objetivo claro: proteger el tejido residencial, la vida vecinal y el equilibrio urbano del municipio, sin renunciar al turismo como principal motor económico. La nueva regulación busca ordenar el sector, evitar la presión sobre el parque de vivienda y garantizar un desarrollo sostenible y compatible con los vecinos.

Este cambio de rumbo se concreta en el borrador de la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), publicado este jueves 18 de diciembre en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). El documento regula el alojamiento turístico, los cambios de uso a vivienda o vivienda turística y las condiciones de adecuación de nuevas edificaciones o de transformación de locales de planta baja, incorporando además criterios frente al riesgo de inundaciones.

Un crecimiento contenido que obliga a replantear el modelo

Las viviendas de uso turístico representan el 3,15% del total del parque residencial de Canet d’en Berenguer, una cifra inferior a la de otros destinos turísticos de la Comunitat Valenciana como Xàbia, Peníscola, Dénia o Altea. No obstante, debido a la extensión del término municipal, Canet figura entre las poblaciones con mayor número absoluto de este tipo de alojamientos, concentrados principalmente en la zona de la playa.

Según explicó el alcalde, Pere Antoni, el municipio atraviesa un momento en el que “ha sido necesario parar y replantearnos qué modelo turístico queremos”. El objetivo, subrayó, es consolidar el turismo como principal polo económico, pero sin crecer a cualquier precio, apostando por la sostenibilidad y situando a los vecinos en el centro de las decisiones. En este contexto, el Ayuntamiento suspendió temporalmente a principios de 2025 las licencias y cambios de uso para alojamiento turístico, hasta disponer de una normativa municipal propia.

Protección del pueblo y del casco antiguo

La nueva regulación distingue tres áreas diferenciadas, agrupables en dos grandes ámbitos: el pueblo y la playa junto al sector de la Abadía, cada una con necesidades específicas a nivel territorial, patrimonial y turístico.

En el núcleo urbano y casco antiguo, el borrador del PGOU limita de forma clara la implantación de viviendas turísticas para preservar el tejido residencial y proteger a la población más vulnerable. El objetivo es mantener la vida vecinal, las tipologías arquitectónicas tradicionales y los usos sociales y culturales. En esta zona solo se permitirá el uso residencial, mientras que los apartamentos turísticos quedarán sometidos a condiciones muy estrictas. En el ámbito histórico y zonas colindantes, únicamente se autorizarán establecimientos hoteleros o bloques de apartamentos turísticos, siempre con gestión única y sin posibilidad de división horizontal.

La playa y la apuesta por un turismo de mayor calidad

En la zona de la playa, el borrador establece que las nuevas edificaciones en suelo urbano deberán cumplir tres principios: que el uso principal sea terciario hotelero, que se ajusten a las tipologías reguladas en el Decreto 10/2021 de establecimientos hoteleros, y que cuenten con una única referencia catastral y una única gestión. Esta regulación pretende incrementar y diversificar la oferta hotelera, facilitando la creación de nuevas infraestructuras y atrayendo un turismo de mayor calidad.

Actualmente, Canet cuenta con tres hoteles, con un total de 403 plazas, todos ubicados en la playa, y no dispone de bloques de apartamentos turísticos. A esta oferta se suman 648 viviendas de uso turístico, de las cuales 534 se localizan en la playa, 99 en el sector Abadía y 15 en el pueblo.

Los edificios ya existentes podrán seguir destinándose a viviendas y apartamentos turísticos conforme a la normativa autonómica. En el caso de nuevas construcciones en parcelas de uso residencial, también se permitirá este uso. A partir de la entrada en vigor de la modificación del PGOU, las personas que quieran inscribir una vivienda como de uso turístico deberán contar con la aprobación expresa de la comunidad de propietarios, conforme a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.

En el sector de la Abadía, donde se ubica el emblemático edificio Gran Canet, la normativa reconoce el carácter mayoritariamente estacional de las segundas residencias. Por ello, se considera compatible su cesión con fines turísticos durante el resto del año por periodos iguales o inferiores a diez días, bajo la tipología de viviendas de uso turístico regulada en el Decreto 10/2021, siempre cumpliendo los requisitos legales, como la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

Urbanismo y prevención del riesgo de inundaciones

La modificación del PGOU incorpora también criterios frente al riesgo de inundaciones, remitiéndose al Plan de Acción Territorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana (Patricova). Los proyectos de transformación de locales comerciales en planta baja destinados al alojamiento de personas deberán diseñarse teniendo en cuenta el riesgo existente, tanto para usos permanentes como temporales.

Con esta regulación, Canet d’en Berenguer da un paso decisivo para frenar la expansión desordenada de los pisos turísticos, reforzar la protección del uso residencial y avanzar hacia un modelo turístico más ordenado, sostenible y compatible con la vida cotidiana del municipio.

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