Absuelven al policía que vinculó inmigración y delincuencia: prevalece la libertad de expresión ante datos falsos
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al exinspector de Policía que vinculó a inmigración con delincuencia en un acto organizado de Vox. Ricardo Ferris, juzgado el pasado 25 de junio, alegó que le grabaron sin su consentimiento. La sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, admite que Ferris “se extralimitó en algunos momentos de su charla” aunque se posiciona de manera restrictiva en las limitaciones a la libertad de expresión. El policía fue cesado por el Ministerio del Interior tras su intervención en el polémico acto. La Fiscalía solicitaba tres años de prisión para el exinspector jefe. Sin embargo, el tribunal considera que la imposición de pena de prisión en este caso “supondría una reacción desproporcionada, convirtiendo el Derecho penal en un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión”.
“La intervención del Derecho Penal”, abunda la sentencia, “debe ser previsible para el ciudadano medio, por lo que debe limitarse a los casos más palmarios e indiscutibles de incitación a la xenofobia”.
La Audiencia de Valencia enmarca el discurso de Ricardo Ferris en la exposición de una “tesis o idea” que puede “molestar e incluso resultar ofensiva” aunque “sin una evidente promoción del odio”. Su hipotética condena podría “llevar a reprimir la expresión de las ideas y a censurar el debate público”.
La “posible mendacidad”
“Debe prevalecer la libertad de expresión consagrada en nuestra Constitución, lo que impide la condena por los delitos que fundamentan la acusación”, concluye la sentencia.
El tribunal detecta que “ciertas afirmaciones no se corresponden con las estadísticas oficiales” y valora la “posible mendacidad” de las tesis de Ferris sobre la relación entre inmigración y delincuencia. “Pero no desde el punto de vista de la libertad de información, sino desde los límites a la libertad de expresión”, apostilla.
“Aunque en la charla del acusado se incluyan hechos (más o menos genéricos), referidos a la cantidad de extranjeros que son detenidos o que cometen ciertos delitos, el contenido y la línea general del discurso se dirige a valorar la gravedad de la delincuencia y su relación con la inmigración, y a emitir juicios de valor sobre lo que debería hacerse”, precisa el tribunal.
Los magistrados afirman que el inspector “exagera” en su intervención “la proporción de delincuentes extranjeros” con “afirmaciones tan categóricas” que “no tienen justificación”, pese a tener conocimiento de las estadísticas policiales por su condición profesional.
Sin embargo, matizan a continuación que su discurso “no contiene una incitación directa a la violencia, en la medida en que no propone expresamente acciones concretas contra los extranjeros”.
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