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Qué es y cómo funciona la 'lista viernes': una iniciativa contra la publicidad electoral invasiva

Las imágenes de los perfiles de PP, PSOE, Podemos, Ciudadanos y Vox en facebook

Miguel Giménez

Valencia —

A medidados de los noventa nacía en España la 'Lista Robinson', una iniciativa que gestiona la Asociación Española de Economía Digital (Adigital) que tiene por objeto la exclusión publicitaria de quienes en ella se registran. Actualmente cuenta con más de 600.000 usuarios -los consumidores pueden acceder a este servicio de forma gratuita-, que se registran y eligen sobre qué canales no desean recibir publicidad.

Inspirado en esta iniciativa, un grupo de abogados y juristas expertos en privacidad y derecho digital de toda España integrados en el grupo Secuoya han puesto en marcha la 'Lista Viernes' para combatir el spam o publicidad invasiva electoral. “Si el nombre de la lista Robinson toma como referencia al protagonista de la novela de Daniel Dafoe, en este caso se ha elegido el nombre del compañero de Robinson Crusoe”, explica Francisco Adán, uno de los abogados integrados en el grupo Secuoya: “Sirve para manifestar tu oposición al envío de propaganda electoral a los emails y teléfonos que se faciliten”.

La ‘Lista Viernes’, que se ha puesto en marcha esta semana, es un proyecto gestionado a través de una fundación sin ánimo de lucro. “Obviamente, inscribirte en la lista no obliga a los partidos políticos a nada de momento, pero aspiramos a que se apunte tanta gente que se vean obligados a hacerlo”, sostiene Adán.

Reforma de la ley y recurso de inconstitucionalidad

La idea surge a raíz de la aprobación, el pasado mes de diciembre, de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales, que incorpora un artículo 58 bis en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional por el Defensor del Pueblo a instancias de una serie de abogados (entre ellos, dos de los componentes del grupo Secuoya). Según denuncian, esta reforma vulnera la normativa europea y el Reglamento General de Protección de Datos y viola derechos fundamentales relativos a la privacidad, la protección de datos personales, el derecho a la libertad ideológica, a la libertad de expresión e información y a la participación política.

Concretamente, el texto dice que la recopilación de datos relativos a las opiniones políticas de personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales “se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas”. Sin embargo, no queda claro qué se consideran esas garantías adecuadas.

Así mismo, explica que los partidos, coaliciones y agrupaciones electorales “podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral”. Esto, como explica Adán, abre la puerta a la utilización de las publicaciones de los ciudadanos en redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram...) para la realización de perfiles ideológicos de los electores.

Estas bases de datos, en teoría, deberían ser eliminadas una vez pasados los períodos electorales. “Pero, ¿se cumplirá o los partidos mantendrán los perfiles ideológicos que han realizado?”, se pregunta el abogado.

En cuanto al envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes “no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial” y se explicita: “Se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito de ejercicio del derecho de oposición”, pero advierten los juristas que ese derecho se tiene que ejercer “a posteri, después de que hayan recabado la información sobre mí”

“El problema es cómo se tratan esos datos, esa radiografía ideológica que hacen los partidos políticos de todos nosotros”, sostiene Adán, quien critica la “ambigua” redacción del artículo 58 bis “que puede abarcarlo todo” e insiste en que contraviene la normativa europea. Por el momento, y mientras se resuelve el recurso de inconstitucionalidad (admitido a trámite el pasado 12 de marzo), desde Secuoya confían en conseguir la suficiente fuerza como para que los partidos políticos acaben haciendo caso a las peticiones de los ciudadanos.

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