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La empresa de Carlos Fabra procesada por blanqueo de capitales obtiene préstamos por casi medio millón

Carlos Fabra en su declaración ante el juez.

Lucas Marco

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La empresa Carmacas SL, propiedad de Carlos Fabra y de su hija Claudia, ha estado en el ojo del huracán en varias causas judiciales que han afectado al expolítico del PP. En el “caso Fabra II”, el juez instructor acreditó que la firma instrumental sirvió para adquirir una lujosa vivienda en una urbanización de Pozuelo de Alarcón, con una superficie construida de 546 metros cuadrados, mediante un llamativo préstamo que Carlos Fabra hubiera acabado de devolver cuando cumpliera 117 años. La empresa, según sus últimas cuentas anuales depositadas ante el Registro Mercantil, ha solicitado dos préstamos por un valor global de 476.714 euros. 

Las cuentas correspondientes al ejercicio 2020 indican que, tras el cierre de los estados contables, la empresa instrumental ha formalizado dos préstamos: uno por importe de 238.357,17 euros firmado por un miembro del órgano de administración y otro, por la misma cantidad, firmado por un familiar de un miembro del órgano de administración. La administradora única y apoderada de la empresa es Claudia Fabra, que ostenta el 90% de las acciones. Su padre y su hermano Borja poseen el 10% restante.

En el apartado de pasivos financieros, la firma domiciliada en la vivienda de Carlos Fabra de la lujosa urbanización de Les Platgetes de Bellver, en Oropesa, anota unas deudas a largo plazo por 789.094 euros (sin incluir los préstamos de casi medio millón de este año). La sociedad, prácticamente sin ingresos por actividades mercantiles, mantiene su principal inversión inmobiliaria: la vivienda situada en la urbanización La Finca de Pozuelo de Alarcón. Con tres plantas, garaje y piscina, la propiedad está situada en una de las zonas más exclusivas de la capital, protegida con seguridad privada y con vecinos famosos del mundo de la televisión y del fútbol profesional.

Carmacas SL es una de las firmas procesadas por los presuntos delitos de insolvencia punible y frustración de la ejecución y blanqueo de capitales cometidos por persona jurídica. El juez instructor sospechaba que el préstamo para adquirir la vivienda fue una mera simulación pocos meses después de que se iniciara la primera causa penal contra el expolítico del PP. Claudia Fabra intermedió para adquirir la lujosa vivienda por un importe de 691.173 euros. Poco después de ser nombrada apoderada de Carmacas SL, la hija de Fabra y su marido suscribieron un contrato de alquiler con la mercantil por un precio de 2.200 euros mensuales y por un plazo de una década.

El documento estableció la vivienda como domicilio familiar del matrimonio y destinaba las cuotas abonadas desde cuentas de la pareja del contrato de alquiler a pagar el préstamo hipotecario pendiente. Cuando Fabra empezó a tener problemas con la justicia, su hija “simuló comprar a su padre” la totalidad de las participaciones en Carmacas SL, con un llamativo aumento del precio. La sospechosa adquisición disparó el valor de la empresa en un 4.723%. Si en la constitución de la sociedad, cada acción tenía un valor nominal de 30 euros, la compra de la participación de Carlos Fabra le salió a su hija por un precio de 1.449 euros por cada participación. 

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