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Indemnización de 3.000 euros para un vecino de Antella por las “molestias acústicas” de un perro

Un perro en una imagen de archivo.

Lucas Marco

16 de abril de 2023 23:58 h

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Un vecino de la localidad valenciana de Antella ha conseguido una indemnización de 3.000 euros por las molestias que le causaba los ladridos de un perro provenientes de una terraza situada frente a su domicilio.

El hombre, que asegura haber sufrido daños físicos y psíquicos, recurrió la desestimación por silencio administrativo del Ayuntamiento de Antella de la reclamación patrimonial que formuló el 10 de diciembre del 2018. Pedía una indemnización de 60.000 euros ante la inactividad del consistorio, e incluso la confiscación del animal. Sin embargo, un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valencia rebajó la indemnización. 3.000 euros y descartó la incautación del molesto can.

El hombre asegura que sufre la situación desde 2010. Los ladridos del animal, asegura, le han impedido desarrollar con normalidad sus labores durante el día y dormir por la noche.

El Ayuntamiento deberá indemnizar al vecino, que aportó un informe de medición acústica realizado por dos ingenieros técnicos en telecomunicaciones, por la “inactividad municipal ante los ruidos sufridos en su domicilio”. Se trata de una “inactividad” por parte del consistorio que ha vulnerado derechos fundamentales del vecino, a tenor de la “duración de las molestias acústicas”.

El hombre recurrió la sentencia al considerar que el Ayuntamiento de Antella debía confiscar al animal “por cuanto la sola indemnización económica no soluciona el problema ocasionado”. Además insistía en aumentar la indemnización por los daños físicos y psíquicos sufridos, que consideraba “acreditados mediante los partes médicos” aportados al procedimiento.

Sin embargo, la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana recuerda que la medida confirmatoria del perro sólo se podría llevar a cabo en el seno de un procedimiento sancionador, tal como contempla loa ley autonómica sobre Protección de Animales de Compañía.

Tampoco acepta aumentar la indemnización a 60.000 euros ya que si bien consta que el vecino sufre un cuadro de ansiedad, tratado con medicación, no se ha justificado que su dolencia sea provocada por las molestias acústicas. Los partes médicos se limitan a reseñar las “manifestaciones subjetivas del paciente”.

“No se encuentra probada, en definitiva, la existencia de un nexo causal entre esos trastornos físicos y psíquicos y las expresadas molestias acústicas”, razona la sentencia.

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